Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza fiscal número 4 reguladora de la tasa por prestación del servicio de recogida de basuras y residuos sólidos urbanos
El Pleno de la Corporación en sesión celebrada el día 4 de junio de 2020, adoptó acuerdo de Modificación de la Ordenanza Fiscal número 4 reguladora de la Tasa por prestación del servicio de recogida de basuras y residuos sólidos urbanos.
Durante el plazo de treinta días de exposición pública, efectuada mediante anuncio fijado en el tablón de edictos del Ayuntamiento y publicación del mismo en el boletín Oficial de La Rioja número 70 de fecha 10 de junio de 2020, no se han presentado reclamaciones contra el referido acuerdo de aprobación provisional, quedando elevado a definitivo, de conformidad con el artículo 17,3 del Real Decreto Legislativo. 2/2004 de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Contra dicho acuerdo Ordenanza podrán los interesados interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de La Rioja. No obstante los interesados podrán interponer, con carácter previo y potestativo recurso de reposición ante el Pleno de la Corporación en el plazo de un mes.
Texto integro de las modificaciones que se introducen en la Ordenanza Fiscal:
Articulo 7.
Las cuotas a aplicar serán las siguientes y exclusivamente para este ejercicio 2020 :
Epígrafe 1.
Por vivienda en el casco urbano: 38.25 euros
Por merendero en el casco urbano: 38.25 euros
Por establecimiento industrial o comercial radicado en el casco urbano : 61.50 euros
Epígrafe 2
Por cada vivienda, establecimiento industrial o comercial fuera del casco Urbano:
Por vivienda en diseminado :77.25 euros
Por caseta de campo : 39.00 euros
Por establecimiento comercial: 85.50 euros
Epígrafe 3
Las actividades comerciales, industriales o de servicios que precisen un contenedor de uso exclusivo para basura asimilable a doméstica tributaran por cada contenedor y año : 1.313.25 euros.
Albelda de Iregua a 10 de agosto de 2020.- La Alcaldesa-Presidenta, Rosana Zorzano Cámara.