Resolución de 16 de febrero de 2016, de la Dirección General de Educación, por la que se convocan, para el año 2016, las pruebas para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria para personas mayores de dieciocho años en el ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de La Rioja
Vistos
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en su artículo 66.1 que la educación permanente tiene como objetivo ofrecer a todos los mayores de dieciocho años la posibilidad de adquirir, actualizar, completar y ampliar sus capacidades y conocimientos para su desarrollo personal y profesional y en su artículo 68.2 determina que corresponde a las Administraciones educativas, en el ámbito de sus competencias, organizar periódicamente pruebas para que las personas mayores de dieciocho años puedan obtener directamente el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
El Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato, deroga el Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas correspondientes a la Educación Secundaria Obligatoria, a excepción de la disposición adicional primera que se mantendrá en vigor en todo aquello que resulte aplicable de acuerdo con la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, en su redacción dada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre. En el apartado 6 de esta disposición adicional primera, viene a reiterar lo establecido en la Ley Orgánica 2/2006, y dispone que estas pruebas se organizarán en los tres ámbitos de conocimientos siguientes: ámbito de comunicación, ámbito social y ámbito científico-tecnológico.
El Decreto 19/2015, de 12 de junio, por el que se establece el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria y se regulan determinados aspectos sobre su organización así como la evaluación, promoción y titulación del alumnado de la Comunidad Autónoma de La Rioja dispone, en el apartado 3 de la Disposición adicional cuarta, que la Consejería competente en materia de educación organizará anualmente pruebas para que las personas mayores de dieciocho años puedan obtener directamente el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria siempre que hayan alcanzado las competencias y los objetivos de la etapa.
La Orden 12/2009 de 15 de abril de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regulan las pruebas para la obtención del título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria para personas mayores de dieciocho años en el ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de La Rioja (BOR de 20 de abril de 2009), establece que mediante Resolución se convocarán anualmente las pruebas que fijarán los plazos de inscripción, las fechas de realización, el horario de las sesiones y cuantas cuestiones se consideren oportunas para la ejecución y desarrollo de las mismas.
El Decreto 26/2015, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Formación y Empleo y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, otorga a la Dirección General de Educación la planificación, ordenación, promoción y ejecución de las funciones y competencias en materia de Formación Permanente.
En virtud de lo anterior, el Director General de Educación, en uso de las atribuciones legalmente conferidas,
Resuelve:
Primero.- Objeto y ámbito de aplicación.
1. Convocar las pruebas para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria para personas mayores de dieciocho años en el ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
2. Para la aplicación de la presente Resolución se estará a lo dispuesto en la Orden 12/2009, de 15 de abril, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regulan las pruebas para la obtención del título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria para personas mayores de dieciocho años en el ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Segundo.- Requisitos de los participantes.
Podrán participar en estas pruebas las personas mayores de dieciocho años o que cumplan esa edad dentro del año natural en el que se realicen las pruebas, siempre que no estén cursando enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria o Educación Secundaria para Personas Adultas.
Tercero.-Inscripciones.
1. El plazo de inscripción para participar en la convocatoria de junio será del 7 al 18 de marzo de 2016, ambos inclusive. Para la convocatoria de septiembre el plazo de inscripción será del 1 al 8 de julio de 2016, ambos inclusive.
2. Las solicitudes se presentarán, de acuerdo con el Anexo I que se adjunta a la presente resolución, junto a la documentación exigida en el artículo 4 de la Orden 12/2009, de 15 de abril, en la secretaría de los centros establecidos a continuación, en horario de mañana y de atención al público de cada centro:
a. CEPA Plus Ultra de Logroño.
b. IES Gonzalo de Berceo de Alfaro.
c. IES Virgen de Vico de Arnedo.
d. IES Marco Fabio Quintiliano de Calahorra.
e. IES Ciudad de Haro de Haro.
f. IES Rey Don García de Nájera.
g. IES Valle del Oja de Santo Domingo de la Calzada.
También se podrán presentar por cualquiera de los medios previstos en el artículo 6 del Decreto 58/2004, de 29 de octubre, por el que se regula el Registro en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de la Rioja y sus Organismos Públicos.
Cuarto.- Fechas de realización.
Las pruebas del año 2016 tendrán lugar el día 3 de junio y el día 2 de septiembre, ajustándose a lo dispuesto en la presente resolución.
Quinto.- Centro designado, lugar de realización y tribunales.
1. Se designa como centro realizador de las pruebas para ambas convocatorias, al Centro de Educación de Personas Adultas 'Plus Ultra' de Logroño, que trasladará los datos que figuren en las solicitudes de inscripción a la plataforma de gestión RACIMA.
2. Por necesidades de espacio, las pruebas se realizarán en aulas del Instituto de Educación Secundaria Hermanos D'Elhuyar de Logroño.
3. La Resolución por la que se determinen los tribunales que se constituyan, se publicará con anterioridad al 16 de mayo para la convocatoria de junio y al 22 de agosto para la convocatoria de septiembre, en el tablón de anuncios de la Dirección General de Educación y en el tablón de anuncios de los centros de inscripción establecidos en el artículo 3.2, así como en el tablón de anuncios virtual de la sede electrónica de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Sexto.- Normas de realización.
1. Las pruebas serán únicas para todos los aspirantes en cada convocatoria y se realizarán en una sola jornada, en sesiones de mañana y tarde, en la misma fecha para todos los Tribunales.
2. Las pruebas constarán de tres partes, correspondientes a los tres ámbitos en que se organizan las enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria para personas adultas, distribuyéndose de la siguiente forma
Primera sesión:
Ámbito Científico-Tecnológico.
1. Comprenderá ejercicios relacionados con los aspectos básicos de las materias Ciencias de la Naturaleza; Matemáticas; Tecnología y los aspectos relacionados con la salud y el medio natural de la materia de Educación física.
2. Para la realización del ejercicio del Ámbito Científico-Tecnológico se permite el uso de calculadora y material de dibujo.
3. Se convoca a los aspirantes del ejercicio del Ámbito Científico-Tecnológico a las 9:30 h en el IES Hermanos D'Elhuyar de Logroño. Finalizado el llamamiento se dará comienzo al ejercicio que tendrá una duración de dos horas.
Ámbito Social.
1. Comprenderá ejercicios relacionados con los aspectos básicos de las materias Ciencias Sociales, Geografía e Historia; Educación para la Ciudadanía y los aspectos de percepción correspondientes a las materias de Educación Plástica y Visual y Música.
2. Se convoca a los aspirantes del ejercicio del Ámbito Social a las 12:00 h en el IES Hermanos D'Elhuyar de Logroño. Finalizado el llamamiento se dará comienzo al ejercicio que tendrá una duración de una hora y media.
Segunda sesión:
Ámbito de Comunicación.
1. Comprenderá ejercicios relacionados con los aspectos básicos de las materias Lengua Castellana y Literatura y Lengua Extranjera, cuyo idioma elegirá el aspirante en el momento de la inscripción.
2. En la valoración de los ejercicios que realicen los aspirantes se tendrá en cuenta la forma de estructurar los datos, la coherencia de la exposición, el vocabulario empleado, la presentación y el dominio de la ortografía.
3. En el ejercicio de Lengua Extranjera podrá elegirse entre los idiomas francés o inglés. Para la realización de este ejercicio se permite el uso de diccionarios de lenguas extranjeras.
4. Se convoca a los aspirantes del ejercicio del Ámbito de Comunicación a las 16:00 h en el IES Hermanos D'Elhuyar de Logroño. Finalizado el llamamiento se dará comienzo al ejercicio que tendrá una duración de tres horas. La parte del ejercicio correspondiente a Lengua Castellana y Literatura estará diseñado para poderlo realizar en dos horas y la correspondiente a Lengua Extranjera en una hora.
Séptimo.- Coordinación del proceso.
Desde la Dirección General de Educación, a través del Servicio de Formación Profesional y Participación Educativa, se arbitrarán las medidas necesarias para coordinar el proceso de difusión, desarrollo y resolución de la convocatoria de las pruebas conducentes a la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
La presente Resolución se hará pública, además de en el Boletín Oficial de La Rioja, en el tablón de anuncios de los Centros de inscripción establecidos en el artículo 3.2 y en el tablón de anuncios virtual de la sede electrónica de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Octavo.- Expedición del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
Los aspirantes que hayan superado en el ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de La Rioja la parte de la prueba que restase para obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria para personas mayores de dieciocho años, podrán proceder a solicitar la expedición del título en el Centro de Educación de Personas Adultas 'Plus Ultra' de Logroño.
Noveno.- Producción de efectos.
La presente Resolución producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.
En Logroño, a 16 de febrero de 2016.- El Director General de Educación, Alberto Galiana García.
Anexos