Resolución 66/2024, de 14 de junio, de la Consejería de Educación y Empleo, por la que se convocan las ayudas al comedor escolar, para alumnos no transportados, en los centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en el curso 2024/2025 (extracto)
BDNS: 768647
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/768647).
Primero. Personas beneficiarias.
Se podrán beneficiar de las subvenciones convocadas mediante la presente convocatoria el alumnado, que no tengan la consideración de transportados, escolarizados en Segundo Ciclo de Educación Infantil y Educación Primaria, en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja, para el curso 2024/2025.
Segundo. Objeto.
Colaborar en la financiación de los gastos derivados del servicio de comedor escolar, para los alumnos no transportados.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden 8/2012, de 9 de julio, de la Consejería de Educación, Cultura y Turismo, por la que se regula el procedimiento de concesión de ayudas de comedor escolar.
Cuarto. Cuantía.
Cuantía total de las subvenciones. 2.900.000,00 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Del 19 de junio al 2 de julio de 2024, ambos inclusive.
Sexto. Otros datos de interés.
- Solicitudes: se presentarán en el modelo normalizado, Anexo Solicitud, adjunto a la resolución. Podrán presentarse de forma telemática a través de la sede electrónica del Gobierno de La Rioja (www.larioja.org) en el apartado de Oficina Electrónica, o bien de forma presencial, preferentemente, en la Secretaría del centro docente.
- Documentación: la prevista en el apartado séptimo de la convocatoria.
- Forma de pago: conforme a lo establecido en el artículo 12 de la Orden.
- Justificación: La justificación de las ayudas se llevará a cabo conforme a lo dispuesto en el artículo 12.3 de la Orden 8/2012, de 9 de julio.
Logroño a 14 de junio de 2024.- El Consejero de Educación y Empleo, Alberto Galiana García.