Resolución 1347/2004, de 30 de abril, del Director General de Educación, por la que se convoca concurso para la selección de centros públicos y concertados de educación primaria y secundaria que deseen participar en el Proyecto Ecoauditorías Escolares
Vistos:
El informe del Servicio de Innovación Educativa y Formación del Profesorado de 28 de abril de 2004 sobre la convocatoria para la selección de Centros Docentes de Educación Primaria y Secundaria que deseen participar en el proyecto de innovación educativa "Ecoauditorías Escolares", integrado dentro del programa de Educación Ambiental "Centros Educativos Sostenibles" que desarrollan las Consejerías de Turismo, Medio Ambiente Política Territorial y de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de La Rioja.
El Decreto 37/2003, de 15 de julio, que atribuye a la Dirección General de Educación, en su artículo 4.5.3, v), el fomento y la difusión de los programas y acciones educativas de la Consejería, así como la coordinación de las eventuales actividades de otros organismos e instituciones que incidan en los centros docentes de La Rioja y en el artículo 4.5.3, m) la programación, desarrollo, evaluación e innovación en materia curricular. Este mismo Decreto delega en la Dirección General de Medio Natural, en su artículo 4.8.4, a) la elaboración de programas de política recreativa y educativa de conservación de la naturaleza y de protección del Medio Ambiente.
La Ley 9/2003, de 19 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2004.
El Consejero de Educación, Cultura y Deporte, en uso de las atribuciones legalmente conferidas,
Resuelve
Aprobar las bases y los anexos I y II que figuran a continuación, que van a regir la convocatoria para la selección de Centros Públicos y de Centros Concertados de Educación Primaria y Secundaria Obligatoria que deseen participar en el Proyecto Ecoauditorías Escolares durante los dos próximos cursos académicos.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el propio Consejero en el plazo de un mes, o en su caso, directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde la publicación de la resolución en el BOR, según los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero.
Logroño, a 30 de abril de 2004.- El Consejero de Educación, Cultura y Deporte, Luis Alegre Galilea.
Bases
Base primera.- Objeto de la presente convocatoria.
Esta convocatoria tiene por objeto seleccionar un máximo de cuatro centros públicos y dos centros concertados que deseen participar en el Proyecto Ecoauditorías Escolares, durante los cursos 2004-2005 y 2005-2006.
Base segunda.- Finalidad del proyecto.
La Educación Ambiental es una herramienta imprescindible para alcanzar el "desarrollo sostenible", tratando de conjugar el desarrollo económico del planeta con la conservación del Medio Natural. Por todo ello se hace necesario fomentar la realización de actividades de Educación Ambiental en centros escolares, proporcionando a los alumnos conocimientos, habilidades y actitudes para que puedan participar activamente en la mejora y la protección del Medio Ambiente. En este sentido, las Consejerías de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial y Educación, Cultura y Deporte, a través de sus correspondientes Direcciones Generales de Medio Natural y Educación, están desarrollando el programa de EducaciónAmbiental "Centros Educativos Sostenibles" que pretende que toda la comunidad educativa conozca y se sensibilice sobre los temas medioambientales y su problemática.
Una de las líneas de este programa es el Proyecto Ecoauditorías Escolares, que convocamos mediante la presente resolución. Este proyecto supone una gran oportunidad didáctica para trabajar la Educación Ambiental en los centros escolares, consiguiendo unos resultados muy satisfactorios en lo que respecta a mejorar los hábitos de los alumnos en relación con un consumo responsable de los recursos y con la protección de nuestro entorno.
Base tercera.- Financiación.
Para los gastos de funcionamiento que genere la puesta en marcha del Proyecto, cada uno de los centros públicos seleccionados recibirá de la Dirección General de Educación 600 euros con cargo a la partida presupuestaria 2004.G.G.08.04.4221.229. Asimismo, la Dirección General de Medio Natural dotará a todos los centros seleccionados de material educativo y bibliográfico relacionado con la Educación Ambiental por valor de 600 euros con cargo a la partida presupuestaria 07.03.5321.226.12.
Base cuarta.- Destinatarios.
Podrán participar en esta convocatoria los centros docentes públicos y concertados de la Comunidad Autónoma de La Rioja que impartan enseñanzas de Educación Primaria y/o Educación Secundaria Obligatoria.
En el caso de que el número de centros seleccionados, tanto públicos como concertados, no alcanzase las cifras previstas para cada uno de ellos, podrán seleccionarse centros del otro tipo, hasta alcanzar el número total de seis centros.
Base quinta.- El Comité Ambiental.
1.-Los profesores participantes en el Proyecto Ecoauditorías Escolares en cada uno de los centros seleccionados constituirán el "Comité Ambiental". Este colectivo será el encargado de coordinar todas las actividades que se desarrollen en el proyecto y, en un intento de implicar a toda la comunidad, podrán invitar a sus sesiones a distintos sectores de la comunidad educativa (equipo directivo, representantes de alumnos, personal no docente, representantes de padres y del ayuntamiento, etc.). Con esto se pretende que toda la comunidad educativa pueda colaborar y participar en las decisiones que se tomen, evitando ser meros receptores de la información.
2.- El Comité Ambiental estará coordinado por uno de sus miembros, que habrá de tener destino definitivo en el Centro y que será designado por el Director, oídos los profesores implicados en él mismo. La función de ese docente será la coordinación del Comité Ambiental y de las actividades del proyecto, así como la transmisión de las informaciones concernientes al mismo al Servicio de Innovación Educativa y Formación del Profesorado para su seguimiento y evaluación.
3.- La incorporación de nuevos docentes al Comité Ambiental inicialmente constituido o las bajas al mismo deberán comunicarse antes del 15 de octubre de cada uno de los dos años de duración del proyecto al Servicio de Innovación Educativa y Formación del Profesorado por el Coordinador del Proyecto.
Base sexta.- Desarrollo del Proyecto.
La participación en el Proyecto Ecoauditorías Escolares supone para el centro el desarrollo de las siguientes actividades:
a) En el primer año:
- La realización por parte de los alumnos de Actividades de Sensibilización, encaminadas a motivarlos en relación con la protección del entorno, y de Actividades Complementarias, a través de las que se profundizará en distintos aspectos de la problemática medioambiental.
- La evaluación de la gestión ambiental del Centro (la Ecoauditoría).
- La elaboración por parte de los profesores participantes de un Plan de Acción en el que se propongan medidas para reducir el impacto medioambiental de su Centro y para mejorar los hábitos de toda la comunidad educativa.
b) En el segundo año:
- La puesta en marcha del Plan de Acción elaborado el curso anterior.
- Una nueva Ecoauditoría, en un intento de detectar las mejoras conseguidas en el centro yen las actitudes de sus alumnos.
- La redacción de una Memoria en la que se establezcan las conclusiones obtenidas y la valoración del Proyecto.
Base séptima.- Solicitudes y documentación.
Las solicitudes de participación, según modelo del anexo I, podrán recogerse en la Dirección General de Educación, Servicio de Innovación Educativa y Formación del Profesorado, en el Servicio de Atención al Ciudadano (C/Capitán Cortés, nº 1, Logroño) o en la página web http://www.educarioja.com
La solicitud deberá ir acompañada de:
Los datos del centro según el modelo que figura en el Anexo II.
La Certificación del Secretario del centro en la que conste el acuerdo favorable del Consejo Escolar y del Claustro para la participación en el Proyecto Ecoauditorías Escolares.
Base octava.- Lugar y plazo de presentación.
1.- Las solicitudes de participación irán dirigidas al Consejero de Educación, Cultura y Deporte y podrán presentarse en el Registro de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, Gran Vía Juan Carlos I, nº 18, 7º, de Logroño o en el Registro General de La Rioja en C/Capitán Cortés, nº 1, Logroño.
También podrá utilizarse para la presentación de solicitudes de participación cualquiera de las dependencias indicadas en el Artículo 38.4 de la Ley 30/1992. En el caso de que los solicitantes optaran por presentar su solicitud en una oficina de correos, lo harán en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el funcionario de correos antes de ser certificada.
2.- El plazo de presentación será de veinte días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de La Rioja.
De conformidad con lo previsto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, si la solicitud presentada no se encontrase debidamente cumplimentada en todos sus apartados o no se acompañase la documentación exigida, se requerirá al interesado para que en un plazo de diez días hábiles subsane la falta o acompañe la documentación preceptiva, con indicación de que, si así no lo hiciera, se tendrá por desistida su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos del artículo 42 de la mencionada Ley.
Base novena.- Comisión de Selección.
La selección de las solicitudes presentadas será realizada por una comisión integrada por los siguientes miembros:
Presidente: El Jefe de Servicio de Innovación Educativa y Formación del Profesorado o persona en quien delegue.
Vicepresidente: El Jefe de Servicio de Montes o persona en quien delegue.
Vocales:
. El Coordinador General de Innovación Educativa.
. El Jefe de Área de Educación Ambiental.
Secretario: Un Coordinador del Servicio de Innovación Educativa y Formación del Profesorado que actuará con voz y voto.
Base décima.- Criterios de selección.
La Comisión de Valoración seleccionará las solicitudes presentadas teniendo en cuenta los siguientes criterios:
1º- La participación del Centro en actividades y proyectos relacionados con el Medio Ambiente (hasta 5 puntos).
2º- La participación del Centro en otros proyectos de Innovación Educativa (hasta 5 puntos).
Base undécima.- Notificación de la Resolución.
Vista la propuesta de la Comisión de Selección, el Director General de Educación dictará Resolución por la que se seleccionan los centros educativos que desarrollarán el Proyecto Ecoauditorías Escolares durante los cursos 2004-2005 y 2005-2006 y la comunicará al Director General de Medio Natural.
Base duodécima.- Certificación.
Durante los dos primeros años académicos de desarrollo del Proyecto Ecoauditorías Escolares, los miembros docentes del Comité Ambiental recibirán certificación por su participación en el mismo, que tendrá la consideración de Grupo de Trabajo. La certificación se hará en base al Plan de Acción y a la Memoria presentada por los centros participantes.
Base decimotercera.- Acreditación.
Los centros que finalicen el Proyecto bianual Ecoauditorías Escolares con una valoración positiva, recibirán un reconocimiento oficial de su labor educativa en el campo de la Educación Ambiental.
Base decimocuarta.- Obligaciones de los beneficiarios.
La participación en el Proyecto implica por parte de los centros los siguientes compromisos:
1- Asistencia del profesorado implicado (Comité Ambiental) a una sesión de preparación del Proyecto de 3 horas de duración.
2- Constitución del Comité Ambiental a que hace referencia la base tercera de esta convocatoria.
3- Presentación del Plan de Acción al final del primer año, según la base novena de esta convocatoria.
4- Presentación de la Memoria al final del segundo año, según la base novena de esta convocatoria,
5- Facilitar el acceso a la información requerida en las actuaciones de seguimiento del Proyecto que realicen la Subdirección General de Ordenación e Innovación Educativa y la Dirección General de Medio Natural.