Gobierno de La Rioja

Núm. 72
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Martes 31 de mayo de 2005
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE
II.A.3

Orden 17/2005, de 31 de mayo, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se resuelve, con carácter definitivo, el concurso de traslados y procesos previos del Cuerpo de Maestros para cubrir puestos vacantes en centros públicos de Educación Infantil, Primaria, Educación Especial, Educación Secundaria Obligatoria y Educación de Adultos, convocado por Orden 58/2004, de 13 de octubre (BOR del 19)

De conformidad con lo dispuesto en la base trigésimo cuarta de las Normas Comunes a los procesos convocados por la Orden 58/2004, de 13 de octubre, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se convoca el concurso de traslados y procesos previos del Cuerpo de Maestros para cubrir puestos vacantes en centros públicos de Educación Infantil, Primaria, Educación Especial, Educación Secundaria Obligatoria y Educación de Adultos (B.O.R. de 19 de octubre);

La Consejería de Educación, Cultura y Deporte, en uso de las atribuciones que tiene conferidas,

Resuelve

Primero.- Resolver con carácter definitivo los procesos convocados por Orden 58/2004, de 13 de octubre.

Segundo.- Publicar los listados de los resultados del citado concurso de traslados y procesos previos en el tablón de anuncios de la Subdirección General de Planificación, Personal y Centros Docentes (Oficina de información) sito en la C/. Marqués de Murrieta, 76 -Ala Oeste, de Logroño y en la página web de educación www.educarioja.org, en la misma fecha en que tenga lugar la aparición de esta Orden en el B.O.R.

Tercero.- Declarar desestimadas las reclamaciones no contempladas en la adjudicación definitiva del concurso de traslados.

Cuarto.- Los destinos adjudicados por esta Orden son irrenunciables.

La toma de posesión del nuevo destino tendrá lugar el día 1 de septiembre de 2005 y el cese en el de procedencia el último día de agosto.

Quinto.- Quedan sin efecto los destinos erróneamente adjudicados a Maestros que no cumplan los requisitos exigidos para la participación en las convocatorias o no tengan los méritos suficientes para obtener el puesto, sin que el hecho de aparecer en la lista de adjudicaciones, e incluso el que se lleve a efecto la toma de posesión, prejuzgue el cumplimiento de las exigencias de las convocatorias.

Sexto.- En los casos en que en las presentes convocatorias se hubiesen provisto vacantes que resulten inexistentes, a los Maestros afectados se les considerará como procedentes de puesto suprimido, siéndoles de aplicación cuantos preceptos de los Reales Decretos 2112/1998, de 2 de octubre, y 895/1989, de 14 de julio, aludan a los Maestros que se encuentran en tal situación. Tales Maestros obtendrán destino provisional en esta Comunidad Autónoma.

Séptimo.- Los participantes que hayan presentado documentación para la baremación de los méritos alegados, podrán optar entre retirarla personalmente o por persona debidamente autorizada, o bien, optar por que permanezca en la Subdirección General de Planificación, Personal y Centros Docentes para la participación en el concurso de traslados que se convoque en el curso 2005/2006, cuando así se contemple en el mismo. En el caso de no ser retirada en el plazo señalado y de no ser utilizada en el mencionado concurso de traslados se entenderá que el aspirante renuncia a su recuperación decayendo, por tanto, en su derecho a ella.

La recuperación de la documentación presentada para este o anteriores concursos de traslados podrá realizarse en el plazo de un mes a partir del día 1 de octubre de 2005, siempre que esta documentación no interfiera en la resolución de recurso en vía administrativa. Transcurrido este plazo no podrá retirarse la documentación, entendiéndose que se opta por la segunda opción indicada en el párrafo anterior.

Octavo.- Contra la presente Orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición, ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes, o bieninterponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, a contar, en ambos casos, desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común y los artículos 8 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Logroño, a 31 de mayo de 2005.- El Consejero de Educación, Cultura y Deporte, Luis Ángel Alegre Galilea.

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