Resolución de 20 de mayo de 2005, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte por la que se convocan subvenciones a Corporaciones Locales y Entidades Públicas y Privadas sin fines de lucro para la realización de actividades en el marco de la Educación de Personas Adultas
Vistos:
- La Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre ("BOE" del 24) de Calidad de la Educación.
- La Ley 38/2003, de17 de noviembre, General de Subvenciones.
- La Orden 19/2004 de 31 de mayo(BOR 5 de junio), de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a corporaciones locales y entidades públicas y privadas sin fines de lucro para la realización de actividades en el marco de la educación de personas adultas.
El Consejero de Educación, Cultura y Deporte, en uso de las competencias que tiene atribuidas,
Resuelve:
Primera.- Objeto de la Convocatoria.
Se convocan subvenciones a corporaciones locales y entidades públicas y privadas sin fines de lucro para las actividades realizadas, en el marco de la educación de personas adultas, entre el 1 de octubre de 2004 y el 30 de septiembre de 2005.
Segunda.- Dotación económica de las subvenciones.
Los módulos de subvención se establecen indivisibles en 4.360,00 euros cada uno, pudiéndose conceder más de un módulo a cada corporación o entidad solicitante, si las actividades proyectadas lo requiriesen a juicio de la Comisión de Valoración, quien determinará el número de módulos a conceder, no superando la cifra de 15 para corporaciones locales y de 6 para entidades sin fines de lucro.
Tercera.- Modelos de solicitudes y documentación
A la solicitud se acompañará la documentación que se detalla en los Anexos II, III y IV de la presente Orden, según sea la naturaleza de la entidad solicitante.
Cuarta.- Lugar y Plazo para la presentación de solicitudes
Una vez cumplimentadas, las solicitudes, junto a la documentación necesaria, podrán presentarse:
a) En el Registro de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, Dirección General de Educación, C/ marqués de Murrieta, 76. 26071. Logroño.
b) En el Registro General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, c/ Capitán Cortés, nº 1, bajo, 26071 Logroño.
c) Por cualquiera de los medios señalados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en la redacción dada a la misma por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Cuando la solicitud se remita mediante correo certificado, deberá presentarse en la correspondiente oficina en sobre abierto para que puedan estampar el sello de la fecha en el impreso de solicitud.
El plazo de presentación de solicitudes con la documentación que debe acompañarse, será de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de La Rioja.
Quinta.- Criterios de selección.
Para la selección de los proyectos de actuación se valorarán los criterios que a continuación se relacionan con la siguiente baremación:
a) La colaboración establecida durante los últimos años, siempre que tras la evaluación de la misma se observen resultados positivos: 25 puntos.
B) El hecho de que la acción que se propone sea complementaria a los recursos públicos del Plan de Educación de Personas Adultas de La Rioja, compensando éstos en aquellas zonas donde más se necesite: 25 puntos.
C) La actuación dirigida a aquellos núcleos de población especialmente desfavorecidos por causas diversas (situación geográfica, condiciones socio-económicas, ausencia de otros recursos educativos, etc.) Según las prioridades determinadas en el Artículo 2 de la Orden 19/2004 de 31 de mayo(BOR 5 de junio).: 25 puntos.
D) El favorecimiento de la coordinación entre distintas Instituciones, favoreciendo la planificación de proyectos integrados y la rentabilidad de los recursos: 15 puntos.
E) El diseño de estrategias que aseguren el desarrollo curricular y metodológico propuesto para las personas adultas en el Título III de la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre ("BOE" del martes 24) de Calidad de la Educación: 10 puntos.
Sexta.- Concesión de las subvenciones.
El Servicio de Formación Profesional y Formación Permanente, que actuará como órgano instructor, en el plazo de 3 meses a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, a la vista del informe y de la valoración efectuada por la Comisión de Valoración, redactará la resolución provisional, debidamente motivada y lo notificará a los interesados por correo postal, concediéndoles un plazo de 10 dí as hábiles para presentar alegaciones.
Séptima.- Plazo de justificación de las ayudas aprobadas.
Las Corporaciones Locales y Entidades beneficiarias deberán justificar ante la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, a través de la Dirección General de Educación, antes del día 2 de noviembre de 2005, la correcta utilización de la subvención recibida, mediante la presentación de la documentación reseñada en la Orden de bases reguladoras.
Logroño, a 20 de mayo de 2005.- El Consejero de Educación, Cultura y Deporte, Luis Ángel Alegre Galilea.
Anexo I
Solicitante
D./Dña...,con D.N.I., nº... y domicilio en... calle... nº... teléfono..., en calidad de (cargo del solicitante)..., representando a la entidad..., domiciliada en... calle... nº..., teléfono...
Expone:
Que de acuerdo con la Orden la Orden 19/2004 de 31 de mayo (BOR 5 de junio), de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de La Rioja, por la que se convocan ayudas a Corporaciones Locales y entidades públicas y privadas, sin fines de lucro, que vayan a realizar actividades en el marco de la educación de personas adultas, conociendo y aceptando en su totalidad las bases de la convocatoria y el Decreto 12/1992, de 2 de abril, (BOR del 14)sobre normas reguladoras del procedimiento de concesión y gestión de subvenciones y ayudas de la Comunidad Autónoma de La Rioja,
Solicita:
Una ayuda por importe de ... euros para el desarrollo de las actividades de formación de personas adultas.
..., a ... de ... de 2005
Fdo.: ...
(El representante legal)
Excmo. Sr. Consejero de Educación, Cultura y Deporte
Anexo II - A
(Corporaciones Locales)
D./Dña... en su calidad de... del Ayuntamiento de...,
Expone:
Que de acuerdo con lo dispuesto en la Orden la Orden 19/2004 de 31 de mayo(BOR 5 de junio), de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de La Rioja, por la que se regula el régimen de subvenciones a corporaciones locales y entidades públicas y privadas, sin fines de lucro, para la realización de actividades de educación de personas adultas, acompaña a la solicitud la siguiente documentación:
- Anexo III sobre justificación de la actividad para la que se solicita ayuda.
- Anexo IV sobre memoria económica del proyecto de actuación.
- Declaración, en su caso, de no haber solicitado o percibido cualquier otra subvención ofinanciación para la misma actividad.
En el caso de que se haya solicitado o percibido una subvención, para la misma actividad, a cualquier otra Administración Pública, se hará constar expresando Administración concedente e importe de la ayuda solicitada o percibida.
- Certificación del Acuerdo adoptado por el Presidente de la Corporación Local, previa autorización del órgano competente, en su caso, aprobando el proyecto de la actividad y facultando para pedir la subvención y el compromiso de atender el gasto que ocasione la actividad que no sea cubierto por la subvención que se concede.
Anexo II- B
Asociaciones y entidades sin fines de lucro
D./Dña... en su calidad de... representante de...,
Expone:
Que de acuerdo con lo dispuesto en la Orden la Orden 19/2004 de 31 de mayo(BOR 5 de junio), de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de La Rioja, por la que se regula el régimen de subvenciones a corporaciones locales y entidades públicas y privadas, sin fines de lucro, para la realización de actividades de educación de personas adultas, acompaña a la solicitud la siguiente documentación:
- Anexo III sobre justificación de la actividad para la que se solicita ayuda.
- Anexo IV sobre memoria económica del proyecto de actuación.
- Declaración, en su caso, de no haber solicitado o percibido cualquier otra subvención o financiación para la misma actividad.
En el caso de que se haya solicitado o percibido una subvención, para la misma actividad, a cualquier otra Administración Pública, se hará constar expresando Administración concedente e importe de la ayuda solicitada o percibida.
Anexo III
Proyecto de Actuación
Corporación Local o entidad pública o privada, sin fines de lucro, solicitante:...
Localidad: ...
1. Objetivos.
2. Razones que justifican la acción y colectivos relacionados por orden de prioridad a los que va dirigida la formación.
3. Número de beneficiarios por oferta formativa.
4. Las formaciones a impartir podrán abarcar únicamente las siguientes: Enseñanzas preparatorias para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria a través de la prueba libre. Enseñanzas Iniciales: Nivel I o de Alfabetización y Nivel II o de consolidación de conocimientos y técnicas instrumentales. Alfabetización en Lengua Castellana o cursos de español para inmigrantes. Cursos y/o actividades que contribuyan a la inserción o actualización profesional.
5. Metodología y medios didácticos empleados.
6. Número de personas encargadas de la formación, detallando los tiempos semanales dedicados a las diferentes acciones formativas y colectivos (adjuntar cuadro horario semanal y fotocopia del contrato).
7. Identificación del ámbito territorial de la actuación.
8. En caso de existir, indicar las colaboraciones con otras instituciones en la realización y proyección de la actividad.
9. Listado general de todos los alumnos/as inscritos en la actuación y listados parciales correspondientes a cada uno de los grupos de alumnos/as constituídos en las enseñanzas relacionadas en el nº 4, ordenados alfabéticamente.
Anexo IV
Memoria económica del proyecto de actuación
Corporación Local o entidad pública o privada, sin fines de lucro, solicitante:...
Localidad:...
2.- Datos económicos generales:
2.1.- Gastos corrientes: Personal y Servicios (desglose).
2.2.- Aportación total por parte de la Institución solicitante.
2.3.- Otras aportaciones previstas.