Gobierno de La Rioja

Núm. 31
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Lunes 6 de marzo de 2006
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE
II.A.4

Resolución de 3 de marzo de 2006, del Subdirector General de Planificación, Personal y Centros Docentes, por la que se hace pública la resolución con carácter provisional, del concurso de traslados de funcionarios docentes de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño en la Comunidad Autónoma de La Rioja, convocado por Orden 33/2005, de 20 de octubre. (BOR del 25)

De conformidad con lo dispuesto en la base decimoséptima de la Orden 33/2005, de 20 de octubre, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se convoca el concurso de traslados de funcionarios docentes de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño en la Comunidad Autónoma de La Rioja (B.O.R. de 25 de octubre);

Esta Subdirección General de Planificación, Personal y Centros Docentes, en uso de las atribuciones que tiene conferidas, resuelve

Primero: Publicar en el tablón de anuncios de la Subdirección General de Planificación, Personal y Centros Docentes (Oficina de información) sito en la C/. Marqués de Murrieta, 76 -

Ala Oeste, de Logroño y en la página web de educación www.educarioja.org, la resolución provisional de los procesos convocados por Orden 33/2005, de 20 de octubre, el mismo día de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de La Rioja.

Segundo: Conceder un plazo de diez días naturales a contar desde el siguiente a la exposición de la resolución provisional de los citados procesos, para presentar reclamaciones contra la misma, así como para presentar renuncia a su total participación en el concurso, entendiendo que la misma afecta a todas las peticiones consignadas en su instancia de participación. A estos efectos se hace constar que el hecho de no haber obtenido destino en la resolución provisional no presupone que no se pueda obtener destino en la resolución definitiva.

Las reclamaciones o renuncias se presentarán por los procedimientos a que alude la base duodécima.

Logroño a 3 de marzo de 2006.- El Subdirector General de Planificación, Personal y Centros Docentes, Pedro César Caceo Barrio.

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