Resolución de 5 de septiembre de 2006, de la Dirección General de Educación, por la que se convocan las elecciones a Consejos Escolares de los Centros Docentes Concertados ubicados en la Comunidad Autónoma de La Rioja
Por Orden 55/2003, de 30 de octubre, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que regula la elección, renovación parcial y constitución de los consejos escolares de los centros docentes concertados, ubicados en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Para el adecuado desarrollo del proceso electoral, es conveniente dictar instrucciones que precisen determinados aspectos de las normas que lo regulan.
En su virtud, y en uso de la atribución concedida por la disposición final primera de la citada Orden 55/2003 de 30 de octubre arriba indicada, esta Dirección General de Educación resuelve:
Primero.- Convocatoria.
Las elecciones de los miembros de los consejos escolares que se constituyan por primera vez, así como las elecciones correspondientes a las renovaciones parciales de los consejos escolares de los centros docentes concertados ubicados en la Comunidad Autónoma de La Rioja se celebrarán entre los días 14 y 20 de noviembre de 2006, ambos inclusive, debiendo estar constituido el Consejo Escolar antes del día 4 de diciembre del presente año.
Segundo.- Recogida de datos sobre resultados de los distintos procesos electorales.
1.- Se aprueba el formulario que se adjunta como Anexo a la presente Resolución correspondiente a la recogida de datos de los resultados de los distintos procesos electorales.
2.- El Director del centro remitirá, antes del 12 de diciembre de 2006, informe con los datos sobre los resultados de referencia a la Subdirección General de Planificación, Personal y Centros Docentes.
Tercero.- Entrada en vigor.
La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso de alzada ante el excelentísimo Sr. Consejero de Educación, Cultura y Deporte en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución; todo ello de conformidad con lo previsto en el Art. 52.1 de la Ley 4/2005 de 1 de junio, de Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja en relación con los artículos 114 y ss de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Logroño, a 5 de septiembre de 2006.- El Director General de Educación, Juan Antonio Gómez Trinidad.