Gobierno de La Rioja

Núm. 19
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Jueves 8 de febrero de 2007
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE
II.A.2

Resolución de 29 de enero de 2007, de la Dirección General de Educación, de iniciación del procedimiento de evaluación de los directores nombrados al amparo de la orden 2/2004, de 25 de mayo, cuyo mandato concluye el 30 de junio de 2007

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en su disposición transitoria sexta, apartado primero, que la duración del mandato de director y demás miembros del equipo directivo de los centros públicos nombrados con anterioridad a la entrada en vigor de dicha Ley Orgánica, será la establecida en la normativa vigente en el momento de su nombramiento.

La Orden 2/2004, de 25 de mayo, del consejero de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regula el procedimiento de selección y nombramiento de los directores de los centros docentes públicos no universitarios en el ámbito de gestión de la Administración educativa del Gobierno de La Rioja, dispone en su artículo 10 que el mandato de los directores será de tres años y que podrá renovarse por dos períodos de igual duración, previa evaluación positiva del trabajo desarrollado al final de cada uno de ellos.

En aplicación de la orden anterior, mediante resolución de 25 de mayo de 2004, de esta Dirección General de Educación, se convocó el concurso de méritos para seleccionar directores de centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el curso 2004/2005. Fruto de dicha convocatoria fueron seleccionados una serie de directores, cuyo nombramiento inicial por tres años finaliza el 30 de junio de 2007. A fin de acordar la renovación prevista en el artículo 10.1 de la Orden 2/2004, de 25 de mayo, procede evaluar el ejercicio del cargo de director de centros públicos de dichos directores.

En cuanto al procedimiento de evaluación, la Orden 55/2000, de 8 de febrero de 2001, de la Consejería de Educación, Cultura, Juventud y Deportes, regula el procedimiento de valoración del ejercicio del cargo de director de los centros docentes públicos. Inicialmente previsto a los efectos de reconocer la consolidación parcial del complemento específico de director, regulada mediante Decreto 53/2000, de 17 de noviembre, este procedimiento ha sido aplicado también a efectos de la adquisición de la categoría de director prevista en la derogada Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación y procede su aplicación a la renovación del mandato prevista en la Orden 2/2004, de 25 de mayo, así como al reconocimiento de la función directiva prevista en el artículo 139 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

De conformidad con todo lo expuesto y en virtud de la competencia que le atribuye el artículo 4.5.3 k) del Decreto 37/2003, de 15 de julio, esta Dirección General

Resuelve: Iniciar procedimiento de evaluación de los directores de centros docentes públicos cuyo mandato, de conformidad con la Orden 2/2004, de 25 de mayo, concluye el 30 de junio de 2007. Dicho procedimiento se regirá por las siguientes bases:

Primera.- Objeto.

La Dirección General de Educación realizará de oficio la evaluación del ejercicio del cargo de director durante el período comprendido entre el 1 de julio de 2004 y el 30 de junio de 2007, por parte de los directores que se relacionan en el documento anexo a esta resolución, todos ellos nombrados según el procedimiento establecido en la Orden 2/2004, de 25 de mayo y cuyo mandato finaliza el día 30 de junio de 2007.

Segunda.- Procedimiento y criterios de evaluación.

El procedimiento de evaluación será el establecido en la Orden 55/2000, de 8 de febrero de 2001, de la Consejería de Educación, Cultura, Juventud y Deportes, por la que se regula el procedimiento de valoración del ejercicio del cargo de director en los centros docentes públicos (B.O.R. del 22.2.01) con los criterios que la misma establece y que son los previstos en el artículo 4 del Decreto 53/2000, de 17 de noviembre.

Tercera.- Calendario

3.1. Antes del 19 de marzo de 2007, los inspectores de los centros cuyos directores son objeto de evaluación, el Servicio de Planificación y Alumnos y el Servicio de Recursos Humanos de la Subdirección General de Planificación, Personal y Centros Docentes, así como el Servicio de Innovación Educativa y Formación del Profesorado de la Subdirección General de Ordenación e Innovación Educativa, remitirán al presidente de la comisión de valoración los informes a los que hace referencia el artículo 2 de la Orden 55/2000, de 8 de febrero de 200.

3.2. El 26 de marzo de 2007, se reunirá la comisión de evaluación, previa convocatoria de su presidente, al objeto de analizar los informes mencionados en el apartado anterior.

3.3. La comisión, tras analizar la documentación, emitirá propuesta de valoración positiva o negativa del ejercicio del cargo de director correspondiente al período y la pondrá de manifiesto al interesado antes del 4 de abril de 2007, otorgándole un plazo de 10 días para que éste alegue lo que a su derecho convenga.

3.4. Finalizado el trámite de audiencia la comisión elevará al Director General de Educación relación de los directores con su correspondiente valoración y, en su caso, las alegaciones manifestadas por los interesados. A la vista de la propuesta de la comisión y, en su caso, de las alegaciones, el Director General de Educación dictará resolución sobre la valoración en el ejercicio del cargo de director. La resolución se notificará a los interesados antes del 1 de mayo de 2007.

Cuarta.- Efectos de la valoración.

La valoración efectuada del ejercicio del cargo de director constará en el expediente personal de los interesados y tendrá los siguientes efectos:

4.1 Evaluación positiva

Los directores que hayan obtenido una evaluación positiva de su mandato, lo verán renovado automáticamente por un nuevo período, desde el 1 de julio de 2007 hasta el 30 de junio de 2010, salvo que, en el plazo de 10 días a contar desde el siguiente a la recepción de la notificación a la que hace referencia la base 3.4 anterior, presenten renuncia motivada y ésta sea aceptada por la Administración educativa. En este supuesto la administración procederá a designar con carácter excepcional nuevo director con efectos de 1 de julio de 2007. El puesto de director así cubierto será objeto de provisión en la siguiente convocatoria de concurso.

Los directores que hayan obtenido la evaluación positiva podrán hacerla valer a efectos de la consolidación parcial del complemento específico singular correspondiente al puesto de director, en virtud de lo establecido en el artículo 139, apartados 3.y 4 de la LOE y en el artículo 3 del Decreto 53/2000, de 17 de noviembre, por el que se regula la consolidación parcial del complemento específico de los directores de los centros docentes públicos de La Rioja.

4.2. Evaluación negativa

Los directores que hayan obtenido una evaluación negativa de su mandato no podrán renovarlo y cesarán en su cargo con efectos del 30 de junio de 2007. De conformidad con el artículo 12 apartado d) de la Orden 2/2004, de 25 de mayo, estos directores no podrán participar en ningún concurso de selección de directores convocado por la Administración educativa de La Rioja durante un período de 2 años.

Logroño, 29 de enero de 2007.- El Director General de Educación, Juan Antonio Gómez Trinidad.

Anexo.- Directores cuyo mandato es objeto de evaluación



Director Centro
Arnedo Franco, Fernando CP Vuelo Madrid Manila
Arteaga Ruiz, Jesús María CP San Pío X
Beiste Llorente, Mª Luisa EOI Calahorra
Cabezón Ochagavía, Isaías CP Duquesa de la Victoria
Calvo Cuezva, José Manuel CP Eladio del Campo
Delgado Galdámez, Alejandro IES Gonzalo de Berceo
Delgado Ruiz-Olalde, Pedro CP Eduardo González Gallarza
Frías Calvo, Ramón IES Vigen de Vico
Frías Jiménez, Miguel Ángel CEPA Arnedo
Gallego Bernedo, Ignacio IES Duques de Nájera
Galilea Martínez Victoriano CEPA Plus Ultra
García Arribas, Adolfo CP San Francisco
García Gómez, Carmelo IES Esteban Manuel Villegas
García Sáez, Joaquín CP Las Gaunas
González Guillén, Roberto CP Alberto Martín Gamero
Hernáez Pajares, Félix Javier CP Madre de Dios
Jiménez López, Juan Luis CP Doctor Castroviejo
Jiménez Martínez, Jesús CP San Prudencio
Lerena Uruñuela, Florencio CP Navarrete El Mudo
Martín Chillón, Daniel CP Sáenz de Tejada
Mendaza Lázaro, Antonio CP Bretón de los Herreros
Moreno Jiménez, Pedro Bernabé CP Juan Yagüe
Negredo González, Ana Isabel CP Cervantes
Pérez García, Juan Carlos CP Siete Infantes de Lara
Rubio Cabetas, Juan Carlos IES Camino de Santiago
Ruiz Sotés, Amadeo CP Sancho III el Mayor
San Miguel Moreno, Tomás IES Celso Díaz
Sáiz Morata, Luis IES Hermanos D'Elhuyar
Salvador Ballada, Mª Pilar IES Escultor Daniel
Sigüenza Fernández, José Luis CP Eduardo González Gallarza
Usón Villalba, Juan Carlos IES Marco Fabio Quintiliano
Vallejo Vallés, Juan Carlos CEE Marqués de Vallejo

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