Gobierno de La Rioja

Núm. 54
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Martes 22 de abril de 2008
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE
III.A.16

Resolución de Convocatoria de Secciones Bilingües en La Rioja para el Curso 2008/2009

Antecedentes de Hecho:

1. Las convocatorias la Subdirección General de Ordenación e Innovación Educativa y el posterior desarrollo de los Proyectos de Innovación Lingüística correspondientes a los cursos 2004/2005, 2005/2006, 2007/2007 y 2007/2008 en los que actualmente participan 165 profesores de materias no lingüísticas de Educación Primaria y Secundaria de La Rioja.

2. Informe del Servicio de Innovación Educativa y Formación del Profesorado justificando la convocatoria de Secciones Bilingües en la Comunidad Autónoma de La Rioja

Fundamentos de Derecho:

1. La Orden 7/2008, de14 de abril por la que se regula la convocatoria y el procedimiento de selección de centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja, que quieran implantar secciones bilingües.

2. El Decreto 1/2008, de 1 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

El Director General de Ordenación e Innovación Educativa, en uso de las competencias que tiene atribuidas por Decreto 1/2008, resuelve:

Primero. Objeto de la convocatoria

1. En todo lo relativo a esta convocatoria se estará a lo dispuesto en la Orden 7/2008, de 14 de abril por la que se regula la convocatoria y el procedimiento de selección de centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja, que quieran implantar secciones bilingües (BOR de 19 de abril).

2. Seleccionar a ocho centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja que deseen implantar secciones bilingües a partir del curso 2008/2009.

3. Los criterios de distribución a los que se refiere el Artículo 1, de la punto 2 de la Orden 7/2008, de 14 de abril son los siguientes:

- Cuatro centros se seleccionarán entre los que impartan Educación Primaria y los otros cuatro centros serán de Educación Secundaria (Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y/o Formación Profesional).

- Dos centros estarán ubicados en el ámbito de actuación del Centro de Profesores y de Recursos de Nájera, dos centros en el de los Centros de Profesores y de Recursos de Calahorra y Cervera y los cuatro centros restantes en el del Centro de Profesores y de Recursos de Logroño.

Segundo. Requisitos

De acuerdo con el artículo 3, apartado c) de la Orden 7/2008, de 14 de abril, el número mínimo de docentes funcionarios de carrera con destino definitivo en el centro o con contrato indefinido en el caso de los centros concertados, que han de solicitar su participación en la Sección Bilingüe será el siguiente:

1. Educación Primaria: Por cada Sección Bilingüe será necesario contar como mínimo con:

a. Un maestro especialista en lengua inglesa que imparta esta área en todos los cursos de la Sección Bilingüe y

b. Maestros comprometidos a impartir sus clases con la metodología AICLE, cuyo número y perfil se deberá corresponder con uno de los grupos siguientes:

- Cuatro maestros generalistas, de los cuales dos impartan Conocimiento del Medio y los otros dos Matemáticas

- Dos maestros generalistas que impartan Conocimiento del Medio o Matemáticas y un maestro especialista en Educación Física o Música

- Dos maestros especialistas, de los cuales uno impartirá Educación Física y el otro Música.

2. Educación Secundaria: Por cada Sección Bilingüe será necesario contar como mínimo con:

a. Dos profesores de la lengua extranjera de la Sección Bilingüe que impartan esta área en todoslos cursos de la Sección Bilingüe y

b. Un docente comprometido a utilizar la metodología AICLE por cada especialidad o departamento pedagógico responsable de impartir las diferentes materias no lingüísticas que formen parte de la Sección Bilingüe.

3. EL Coordinador de la Sección Bilingüe deberá ser obligatoriamente funcionario de carrera con destino definitivo en el centro o tener contrato indefinido en el caso de los centros concertados.

Tercero. Solicitudes y documentación

1. Las solicitudes se realizarán conforme a lo establecido en el artículo 9 de la Orden 7/2008, de 14 de abril e irán dirigidas al Director General de Ordenación e Innovación Educativa.

2. El modelo de solicitud podrá recogerse en la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa, Servicio de Innovación Educativa y Formación del Profesorado, Marqués de Murrieta, 76, de Logroño; en el Servicio de Atención al Ciudadano sito en la calle Capitán Cortés nº 1, Logroño, o en la web http://www.educarioja.org.

3. A la solicitud deberá adjuntarse la documentación que establece el artículo 9 de la mencionada Orden .../2008, de ...de abril.

Cuarto. Lugar y plazo de presentación

1. Las solicitudes se presentarán tal y como se indica en el artículo 9 de la mencionada Orden 14/2008, de 14 de abril y en los lugares expresados en el punto Tercero, punto 2 de la presente Resolución de Convocatoria.

2. El plazo de presentación será de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de La Rioja.

Disposición final única. Entrada en vigor

La presente resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Exmo. Sr. Consejero de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja; todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos 107.1, 114.1 y 115.1 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en relación con el artículo 52.1 de la ley 4/2005, de 1 de junio de Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

En Logroño, a 15 de abril de 2008.- El Director General de Ordenación e Innovación Educativa, Rafael Federío Gavara.


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