Gobierno de La Rioja

Núm. 146
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Miércoles 12 de noviembre de 2008
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE
III.A.17

Resolución nº 4172, de 28 de octubre de 2008, del Consejero de Educación Cultura y Deporte, por la que se modifica el concierto educativo del centro de Formación Profesional "La Planilla" de Calahorra

Hechos:

Resolución nº 1816 de fecha 6 de mayo de 2008, del Consejero de Educación, Cultura y Deporte por la que se modifican y prorrogan los conciertos educativos para el curso 2008/2009.

Resolución nº 2832, de 2 de julio de 2008, del Consejero de Educación, Cultura y Deporte, por la que se autoriza al centro docente privado "La Planilla" de Calahorra, la implantación del Ciclo Formativo de Grado Superior de Educación Infantil, en régimen presencial y horario diurno.

Solicitud de modificación de concierto educativo presentada por el centro de Formación Profesional "La Planilla" de Calahorra con fecha 11 de septiembre de 2008, para la concertación del Ciclo de Grado Superior de Educación Infantil .

Informe del Director General de Universidades y Formación Permanente, de fecha 7 de octubre de 2008.

Informe propuesta de Resolución relativo a la modificación del concierto educativo en el centro docente privado de Formación Profesional "La Planilla" de Calahorra, del Servicio de Enseñanzas Concertadas y Subvenciones Educativas, de fecha 20 de octubre de 2008.

Informe de fiscalización favorable de la Intervención Delegada de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, de fecha 28 de octubre de 2008.

Existencia de crédito en la partida presupuestaria 2008.GG.08.04.4221.482.00

A tales hechos son de aplicación los siguientes

Fundamentos de derecho:

- Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación.

- Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

- Real Decreto 806/2006, de 30 de junio, por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, establecida por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

- Real Decreto 1537/2003, de 5 de diciembre, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas de régimen general.

- Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, por el que se establecen normas sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias.

- Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos, modificada por la Disposición Adicional Primera.2 por el Real Decreto 139/1989, de 10 de febrero.

- Orden 59/2004, de 28 de diciembre, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se dictan reglas para la aplicación del régimen de conciertos educativos a partir del curso académico 2005/2006 en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

- Real Decreto 696/1995, de 28 de abril, de ordenación de la educación de alumnos con necesidades educativas especiales.

- Real Decreto 299/1996, de 28 de febrero, de ordenación de las acciones dirigidas a la compensación de desigualdades en educación.

- Orden de 18 de septiembre de 1990 por la que se establecen las proporciones de profesionales/alumnos en la atención educativa de los alumnos con necesidades educativas especiales.

- Orden de 22 de julio de 1999 por la que se regulan las situaciones de compensación educativa en centros docentes sostenidos con fondos públicos.

- Resolución de 25 de enero de 2008, de la Dirección General de Educación, por la que se determina la relación media alumnos/profesor por unidad escolar en los centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el curso escolar 2008/2009.

- Resolución de 25 de enero de 2008, de la Dirección General de Educación, por la que se determina la ratio profesor/unidad escolar para los centros docentes privados concertados de la Comunidad Autónoma de la Rioja.

- Resolución de 3 de febrero de 2005, de la Dirección General de Educación, por la que se hacen públicos los documentos administrativos en los que se formalizarán los conciertos educativos a partir del curso escolar 2005/2006 en la Comunidad Autónoma de la Rioja.

- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999.

- Decreto 37/2003, de 15 de julio, de atribuciones de funciones administrativas en desarrollo de la Ley 3/2003 de organización del sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

- Decreto 43/2006, de 30 de junio, por el que se modifica el Decreto 37/2003, de 15 de julio, de atribución de funciones administrativas en desarrollo de la Ley 30/2003 de 3 de marzo, de organización del sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

- Decreto 1/2008, de 1 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

- Ley 5/2007, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2008.

- Resolución de 8 de febrero de 2008, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de delegación de competencias y asignación de funciones.

- Ley 4/2005 de 1 de junio, de Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

- Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

- Resolución nº 3149, de 3 de septiembre de 2007, de la Dirección General de Educación, por la que se dictan instrucciones para el desarrollo de los Programas de Diversificación Curricular en los cursos tercero y cuarto de Educación Secundaria Obligatoria (B.O.R. del 13).

El Consejero de Educación, Cultura y Deporte, en uso de las atribuciones legalmente conferidas,

Resuelve:

1. Modificar el concierto educativo suscrito con el centro de Formación Profesional "La Planilla" de Calahorra (La Rioja) por incremento de una unidad del 1º curso del Ciclo Formativo de Grado Superior de Educación Infantil, quedando establecido de la siguiente forma:

Centro de Formación Profesional "La Planilla" de Calahorra":

* 1 Unidad de ciclo grado medio: Comercio

* 1 Unidad de ciclo grado medio: Estética Personal Decorativa

* 2 Unidades de ciclo grado medio: Peluquería

* 1 Programa de Cualificación Profesional Inicial: Auxiliar de Peluquería (Nivel I)

* 1 Unidad de Ciclo Formativo de Grado Superior: Educación Infantil (1º curso)

2. Autorizar y disponer el crédito correspondiente a la modificación realizada para el curso 2008/2009 del centro de Formación Profesional "La Planilla" de Calahorra. El gasto total de 75.074,60 euros, se imputará a la partida 2008.GG.08.04.4221.482.00 por un importe de 24.110,54 euros, y a la equivalente en el ejercicio 2009 por importe de 50.964,06 euros.

3. Autorizar la expedición de los documentos AD necesarios.

4. La Dirección General de Personal y Centros Docentes fijará la fecha, lugar y hora en que deben personarse para firmar los documentos de formalización de las modificaciones de los conciertos a que se refiere el punto siguiente. Entre la notificación y la firma de la diligencia deberá mediar un plazo mínimo de cuarenta y ocho horas.

5. Las modificaciones aprobadas por esta Resolución, se formalizarán mediante diligencia firmada, por una parte por el Director General de Personal y Centros Docentes y por otra parte, los titulares de los correspondientes centros o persona con representación legal debidamente acreditada.

6. Si el titular del centro concertado, sin causa justificada, no suscribiere el documento de formalización de la modificación en la fecha establecida, la Administración procederá a realizarlo de oficio, sin perjuicio de la posible aplicación al Centro de lo dispuesto en los artículo 61 y 62 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación y el 52 del Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos.

7. La presente Resolución surtirá efectos desde el 15 de septiembre de 2008.

Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso potestativo de reposición ante este mismo órgano en el plazo de un mes desde el día siguiente a su notificación; o directamente Recurso Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su notificación, ante el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, (artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999 y artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

En Logroño, a 28 de octubre de 2008.- El Consejero de Educación, Cultura y Deporte, Luis A. Alegre Galilea.

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