Resolución de 30 de enero de 2009 de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que establece el procedimiento extraordinario para el reconocimiento de los grados I, II y III de la carrera profesional del personal del Centro Asistencial Albelda de Iregua que ostente la condición de funcionario de carrera o estatutario fijo integrado en el Servicio Riojano de Salud
El artículo 64 del Acuerdo para el personal del Servicio Riojano de Salud establece el sistema de carrera profesional para el personal funcionario de carrera y estatutario fijo que preste sus servicios en los Centros e Instituciones del Servicio Riojano de Salud.
Dado que se ha integrado todo el personal del Centro Asistencial Albelda de Iregua, antes denominado Centro Asistencial Reina Sofía de Lardero, en el Servicio Riojano de Salud, con plenos efectos desde el 1 de enero de 2009, se convoca para este personal un procedimiento excepcional de carrera profesional.
En desarrollo de dichas competencias, esta Dirección General, resuelve:
Primero.- Objeto.
Establecer el procedimiento extraordinario para el reconocimiento de los grados I, II y III de carrera profesional del personal que ostente la condición de funcionario de carrera o estatutario fijo integrado en el Servicio Riojano de Salud proveniente del Centro Asistencial Albelda de Iregua, antes denominado Centro Asistencial Reina Sofía de Lardero.
Segundo.- Ámbito de aplicación.
Podrán encuadrarse, sin evaluación previa, en los citados grados, el personal funcionario de carrera y estatutario fijo integrado en el Servicio Riojano de Salud proveniente del Centro Asistencial Albelda de Iregua, antes denominado Centro Asistencial Reina Sofía de Lardero que ostente las categorías recogidas en los artículos 6 y 7 de la Ley de Ordenación de Profesiones Sanitarias.
Tercero.- Requisitos.
a) Ostentar la condición de personal funcionario de carrera o personal estatutario fijo del Servicio Riojano de Salud en el momento de presentación de la solicitud.
b) Estar en situación de servicio activo o servicios especiales en el momento de presentación de la solicitud.
c) Haber completado los siguientes años de servicios en el Cuerpo o Categoría equivalente, a la fecha de fin de plazo de presentación de solicitudes:
- Grado I: 5 años
- Grado II. 11 años.
- Grado III: 17 años.
Cuarto.- Plazo de presentación de solicitudes.
Cada participante deberá cumplimentar una solicitud para cada uno de los grados ajustándose necesariamente a los modelos que figuran como anexos de esta resolución, adjuntando a la misma la documentación acreditativa de los servicios prestados, en la categoría en la que solicita el grado.
El plazo de presentación de solicitudes será de 1 mes a contar desde la publicación de esta resolución
Dicha solicitud se deberá presentar a través de cualquiera de los procedimientos del artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y deberá dirigirse a la Dirección General de Recursos Humanos.
Quinto.- Efectos retroactivos del pago.
Las fechas para los efectos iniciales del reconocimiento de los grados son el 1 de enero de 2009.
Logroño, 30 de enero de 2009.- El Director General de Recursos Humanos, Francisco Javier Aparicio Soria.