Gobierno de La Rioja

Núm. 31
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Viernes 6 de marzo de 2009
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO RURAL
I.B.1

Corrección de errores de la Orden 8/2009, de 12 de febrero, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, por la que se aprueba el reglamento técnico específico del cultivo de judía verde, en el ámbito de la marca de garantía Producción Integrada de La Rioja

Advertidos errores en la Orden 8/2009, de 12 de febrero, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, por la que se aprueba el reglamento técnico específico del cultivo de judía verde, en el ámbito de la marca de garantía Producción Integrada de La Rioja (BOR número 26 de 25 de febrero de 2009), y de conformidad con los artículos 105.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 51 de la Ley 4/2005 de Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja, se procede a subsanarlo mediante la oportuna rectificación.

En la página 2397, en el artículo 2,

donde dice: "Plazos para la inscripción y actualización de productores de zanahoria en el Registro de Producción Integrada";

debe decir: "Plazos para la inscripción y actualización de productores de judía verde en el Registro de Producción Integrada".

En la página 2398, en la Sección II.2. Siembra, Prácticas Recomendadas b) Dosificación de semilla,

donde dice: "1. Mayo: 3,75 Kilogramo/hectárea"

debe decir: "1. Mayo: 3,75 dosis/hectárea"

y en el punto 2,

donde dice "junio y junio 3,5 Kilogramo/hectárea"

debe decir: "junio-julio: 3,5 dosis/hectárea".

En Logroño a 3 de marzo de 2009.- La Secretaria General Técnica, Elisa Torrecilla Flórez.

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