Resolución nº 2363, de 21 de diciembre de 2009, del Consejero de Administraciones Públicas y Política Local, por la que se convoca la concesión de las subvenciones reguladas en la Orden 1/2009, de 8 de enero, de la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a los centros educativos concertados de La Rioja, seleccionados en las Convocatorias anuales de proyectos de calidad educativa basados en el modelo EFQM de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes para la asistencia en la aplicación del modelo de calidad europeo, EFQM
Vistos:
-La Orden 1/2009, de 8 de enero, de la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a los centros educativos concertados de La Rioja, seleccionados en las Convocatorias anuales de proyectos de calidad educativa basados en el modelo EFQM de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes para la asistencia en la aplicación del modelo de calidad europeo, EFQM.
-El informe propuesta del Servicio de Organización, Calidad y Evaluación.
El Consejero de Administraciones Públicas y Política Local, como órgano competente
Resuelve
Primero: Autorizar para el ejercicio 2010 el gasto de 30.800 euros, que se imputarán a la partida presupuestaria 04.01.1211.481.00 de acuerdo con el artículo 3 de la Orden 1/2009, de 8 de enero. El importe máximo por hora de consultoría IVA incluido será de 70 euros (setenta euros).
Segundo: Convocar la concesión de las subvenciones reguladas en la Orden 1/2009, de 8 de enero, de la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a los centros educativos concertados de La Rioja, a favor de los beneficiarios comprendidos en el artículo 2 de dicha Orden 1/2009, de 8 de enero, para el año 2010.
Tercero: Las solicitudes se presentarán a través del registro telemático al que podrán acceder a través de la dirección de Internet: . Para la presentación de las solicitudes, los representantes de los distintos centros concertados podrán utilizar los sistemas de firma electrónica avanzada, incluyendo los basados en certificado electrónico reconocido, admitido por la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja. El plazo para la presentación de solicitudes será de quince días hábiles, a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de La Rioja.
Cuarto: El órgano competente para la instrucción es el Servicio de Organización, Calidad y Evaluación, dependiente de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local.
La concesión de la subvención se realizará por Resolución motivada del Consejero de Administraciones Públicas y Política Local, de acuerdo con lo previsto en la Orden 1/2009, de 8 de enero, de la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local
La Resolución se dictará y notificará en el plazo máximo de tres meses a contar desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado la resolución de convocatoria.
Quinto: La presente Resolución producirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.
En Logroño, a 21 de diciembre de 2009.- el Consejero, Conrado Escobar Las Heras.