Gobierno de La Rioja

Núm. 37
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Viernes 26 de marzo de 2010
CONSEJERÍA DE SALUD
III.A.7

Resolución de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Salud, de 17 de marzo de 2010, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Gobierno aprobado en su reunión de 19 de febrero de 2010, por el que se suspende la aplicación de determinados aspectos del Convenio colectivo de trabajo de aplicación en la Fundación Rioja Salud para los años 2008, 2009, 2010 y 2011 y del Convenio colectivo de trabajo de la Fundación Hospital Calahorra para los años 2008, 2009, 2010 y 2011, relativos a la carrera profesional y desarrollo profesional

En uso de las atribuciones conferidas, se dispone la publicación del Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno en su reunión celebrada el día 19 de febrero de 2010, cuyo texto se transcribe a continuación:

"Acuerdo por el que se suspende la aplicación de determinados aspectos del Convenio colectivo de trabajo de aplicación en la Fundación Rioja Salud para los años 2008, 2009, 2010 y 2011 y del Convenio colectivo de trabajo de la Fundación Hospital Calahorra para los años 2008, 2009,2010 y 2011, relativos a la carrera profesional y desarrollo profesional.

El Consejo de Gobierno acuerda:

Primero.- Suspender la aplicación del punto 1 del artículo 86 de los Convenios colectivos de trabajo de aplicación para los años 2008, 2009, 2010 y 2011 en la Fundación Rioja Salud y en la Fundación Hospital de Calahorra en lo relativo al establecimiento de la fecha de 1 de enero de 2008 para los efectos iniciales del reconocimiento del Grado IV de la carrera.

Segundo.- Suspender la aplicación del punto 1 del artículo 97 del Convenio colectivo de trabajo de aplicación para los años 2008, 2009, 2010 y 2011 en la Fundación Rioja Salud y en la Fundación Hospital de Calahorra, en lo relativo al establecimiento de la fecha de 1 de enero de 2009 para los efectos iniciales del reconocimiento del Grado IV de desarrollo profesional.

Tercero.- Hasta tanto no finalice la suspensión establecida en este Acuerdo no se podrá efectuar el reconocimiento del Grado IV de carrera y del Grado IV de desarrollo profesional.

Cuarto.- La suspensión finalizará en la fecha en que determine el Consejo de Gobierno mediante Acuerdo.

Quinto.- El citado Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja."

Logroño, 17 de marzo de 2010.- El Secretario General Técnico, José María Corcuera Briones.

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