Gobierno de La Rioja

Núm. 118
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Lunes 27 de septiembre de 2010
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE
III.A.11

Resolución de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa, por la que se establece el catálogo de programas y actividades autorizadas para la catalogación de Centros de Educación Infantil, de Educación Primaria y de Educación Especial, Institutos de Educación Secundaria y Centros de Régimen Especial dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, aplicable durante el curso 2010/2011

Vistos:

1. El Informe del Servicio de Innovación Educativa y Formación del Profesorado, de 6 de septiembre de 2010.

Fundamentos de derecho

1. La Ley Orgánica 3/1982, de 9 de julio, de Estatuto de Autonomía de La Rioja, modificada por la Ley Orgánica 3/1994, de 24 de marzo, y por la Ley Orgánica 2/1999, de 7 de enero.

2. El Decreto 1/2008, de 1 de febrero de 2008, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte y sus funciones, en el desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo de 2003 de organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de la Rioja.

3. La Resolución de 8 de febrero de 2008, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de delegación de competencias y asignación de funciones.

4. La Orden 38/2007, de 8 de octubre, de la Consejería de educación, Cultura y Deporte, por la que se establecen las instrucciones relativas a la catalogación de Centros de Educación Infantil, de Educación Primaria y de Educación Especial, Institutos de Educación Secundaria y Centros de Régimen Especial dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte.

El Director General de Ordenación e Innovación Educativa, en uso de las atribuciones legalmente conferidas, resuelve:

Primero- Establecer para el curso 2010/2011, el catalogo de Proyectos o Programas nacionales e internacionales de mejora de la calidad educativa promovidos y/o autorizados por la Consejería competente en materia de Educación, así como la puntuación que corresponde a cada programa o actividad.

Se adjunta como anexo I a esta Resolución, el catálogo de programas y su ponderación para el curso 2010/2011.

Segundo.- La presente resolución no pone fin a la vía administrativa, contra la misma cabe interponer Recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de la misma, ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación, Cultura y Deporte, de acuerdo con los artículos 107.1, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común.

En Logroño, a 14 de septiembre de 2010.- El Director General de Ordenación e Innovación Educativa, Rafael Federío Gavara.

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