Gobierno de La Rioja

Núm. 133
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Viernes 29 de octubre de 2010
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE
III.A.18

Resolución de 22 de octubre de 2010, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se convoca la IX Edición de los Premios Jóvenes Investigadores 2011

Vistos

1.- El informe propuesta de resolución de convocatoria con fecha 14 de octubre de 2010.

2.- El informe de fiscalización favorable de Intervención Delegada de fecha 19 de octubre de 2010.

Fundamentos de derecho

1.- La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

2.- La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

3.- Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

4.- El Decreto 1/2008, de 1 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte y sus funciones, en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

5.- La Orden 7/2009, de 16 de enero, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regula el procedimiento de concesión de los Premios para Jóvenes Investigadores de niveles no universitarios de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

En virtud de los hechos y fundamentos de derecho expuestos, el Excmo. Sr. Consejero de Educación, Cultura y Deporte

Resuelve:

Primero.- Objeto de la convocatoria

Convocar los Premios Jóvenes Investigadores para el curso 2010-2011.

Para la aplicación de la presente Resolución se estará a lo dispuesto en la Orden 7/2009, de 16 de enero (BOR de 26 de enero de 2009), de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regula el procedimiento de concesión de los citados premios.

Segundo.- Régimen

Estas ayudas se tramitarán en régimen de concurrencia competitiva.

Tercero.- Autorización de gasto

Autorizar un gasto de 10.400 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 2010.08.07.4211.482.08 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2011 para la concesión de los IX Premios Jóvenes Investigadores 2011.

Cuarto.- Documentación contable

Se autoriza la expedición de la documentación contable necesaria.

Quinto.- Categorías

Las categorías son las establecidas en el artículo 3 de la Orden 7/2009, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte:

a) Educación Secundaria Obligatoria

b) Bachillerato

c) Formación Profesional de Grado Medio

d) Formación Profesional de Grado Superior

Sexto.- Importe de los premios

Se establecen los siguientes premios para cada una de las cuatro categorías:

Un Primer premio "Jóvenes Investigadores" dotado con 1.600 euros.

Un Segundo premio "Casa de las Ciencias" dotado con 1.000 euros.

Menciones honoríficas, si la calidad de los trabajos presentados así lo requiriese.

Séptimo.- Requisitos

1.- Los solicitantes han de cumplir los requisitos que establece el artículo 6 de la mencionada Orden 7/2009, de 16 de enero.

2.- Los trabajos que se presenten deberán realizarse durante el curso escolar 2010-2011.

Octavo.- Solicitudes y documentación

1.- Tal como establece la citada Orden 7/2009, de 16 de enero, en su artículo 7, las solicitudes de participación, según el modelo del anexo I, podrán recogerse en la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa, Servicio de Innovación Educativa y Formación del Profesorado (C/ Marqués de Murrieta, 76, ala Oeste, 1ª planta, Logroño), en el Servicio de Atención al Ciudadano (C/ Capitán Cortés 1, Logroño), en la Casa de las Ciencias (C/ Ebro 1, Logroño) o en la página web www.educarioja.org

2.- A la solicitud deberá adjuntarse la documentación que establece el citado artículo 7, según el modelo del anexo II.

Noveno.- Lugar y plazo de presentación

1.- Las solicitudes de participación irán dirigidas al Director General de Ordenación e Innovación Educativa y podrán presentarse en:

En el Registro de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte (C/ Marqués de Murrieta número 76, Ala Oeste, 1ª planta, Logroño), o en los registros auxiliares de la Comunidad Autónoma.

En el Registro General de La Rioja (C/ Capitán Cortés número 1, Logroño).

También podrá presentarse la solicitud en cualquiera de las dependencias indicadas en el Artículo 38.4 de la Ley 30/1992. En el caso de que los solicitantes optaran por presentar su solicitud en una oficina de correos, lo harán en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el funcionario de correos antes de ser certificada.

2.- La fecha de presentación de solicitudes estará comprendida entre el día 19 de noviembre y el 20 de diciembre de 2010, ambos inclusive.

Décimo.- Entrega de trabajos

1.- Los trabajos realizados por los diferentes equipos participantes se presentarán en la Casa de las Ciencias (C/ Ebro, 1, Logroño). El plazo de presentación de los trabajos finaliza el día 22 de abril de 2011.

En el caso de que el resultado del trabajo de investigación llevado a cabo por los diferentes equipos de alumnos participantes no pueda presentarse en forma de maqueta, pósteres o similares, se deberá adjuntar un vídeo, presentación electrónica, etc., con objeto de favorecer la difusión de la experiencia en una posible exposición pública.

2.- Los trabajos deberán acompañarse de la documentación siguiente:

a) Una certificación del centro o los centros educativos en la que se haga constar nombre, apellidos, DNI de cada uno de los alumnos miembros del equipo y su grado de participación en el trabajo, con expresión del curso, nivel y etapa de enseñanza en que se encuentren matriculados, así como el nombre, apellidos y DNI de los profesores que lo hayan coordinado, según modelo del anexo III que se publicará en la Resolución de convocatoria. En este anexo no podrá figurar ningún alumno que no se hubiese inscrito previamente en el momento de la solicitud.

b) Una memoria donde se describa la experiencia, el desarrollo del trabajo y las conclusiones obtenidas que deberá presentarse en formato electrónico (Open Office o Word) y en papel.

Undécimo.- Criterios de valoración

El jurado valorará los trabajos presentados según los criterios que figuran en el artículo 11 de la Orden 7/2009, de 16 de enero.

Duodécimo.- Concesión de los premios

El Servicio de Innovación Educativa y Formación del Profesorado, que actuará como órgano instructor, a la vista del informe del Jurado, redactará la propuesta de Resolución provisional, que hará pública en el tablón de anuncios de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa y en la web www.educarioja.org. Así mismo, la propuesta de Resolución provisional será notificada a los interesados que dispondrán de un plazo de diez días hábiles para presentar alegaciones y renuncias. Concluido este plazo, el Servicio de Innovación Educativa y Formación del Profesorado, como órgano instructor del procedimiento, emitirá la propuesta de Resolución definitiva, la cual se elevará al Consejero de Educación, Cultura y Deporte u órgano en quién delegue quién dictará la Resolución de procedimiento conforme al artículo 42 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre. La Resolución de procedimiento se notificará a los profesores coordinadores de los proyectos.

Decimotercero.- Publicación

En virtud de lo dispuesto por el artículo 18 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, no será necesario la publicación en el B.O.R. de la concesión de las presentes ayudas, dado que el importe de éstas, individualmente consideradas, es de cuantía inferior a 3.000 euros.

Decimocuarto.- Producción de efectos

La presente Resolución producirá efectos el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia, en el plazo de dos meses, (Artículos 116 y 117, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999 y Art. 46 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción Contencioso-Administrativa). Con carácter potestativo, se podrá interponer recurso de reposición ante el órgano que haya dictado la Resolución en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación. En este caso, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se haya resuelto expresamente, o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

En Logroño, a 22 de octubre de 2010.- El Consejero de Educación, Cultura y Deporte, Luis A. Alegre Galilea.

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