Resolución de 17 de abril de 2018, de la Consejería de Políticas Sociales, Familia, Igualdad y Justicia, por la que se convocan becas para deportistas riojanos discapacitados (extracto)
BDNS: 395184
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/es/index)
Primero.- Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios aquellos deportistas, que teniendo una discapacidad reconocida oficialmente, mantengan una dedicación especial al deporte y cumplan los siguientes requisitos:
a) Permanecer empadronado en cualquier municipio o municipios de la Comunidad Autónoma de La Rioja con una antigüedad total de al menos 2 años en el momento de la solicitud.
b) Disponer de documento oficial acreditativo del grado de discapacidad.
c) Haber obtenido resultados destacados en las dos temporadas anteriores a la convocatoria de la beca en cuantas competiciones de carácter nacional hayan participado.
Serán beneficiarios aquellos que, reuniendo todos los requisitos expresados en este artículo obtengan al menos el 5% del total de los puntos posible, siempre y cuando hubiese crédito suficiente autorizado.
Segundo.- Objeto:
Estas subvenciones tienen por objeto la financiación de gastos corrientes para fomentar la progresión e integración en la sociedad de los deportistas discapacitados.
Tercero.- Bases reguladoras:
Orden 5/2007, de 9 de febrero, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establecen las Bases Reguladoras para la concesión de subvenciones en materia deportiva, de 8 de marzo, (BOR nº 25, de 22 de febrero de 2007).
Cuarto.- Cuantía:
Un importe total de cinco mil euros (5.000 euros) que se imputarán a la partida presupuestaria 20187 20.03 3411 480.00.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la Resolución de convocatoria de esta subvención en el Boletín Oficial de La Rioja, de conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) 20.8.a) y 23.2.g) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones.
Sexto.- Otros datos de interés:
Convocatoria: El texto íntegro de la Resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección de la página web del Gobierno de La Rioja
(http://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=000&proc=10233)
Solicitudes: El modelo oficial de solicitud está disponible en la Dirección General del Deporte y del Instituto Riojano de la Juventud de la Consejería de Políticas Sociales, Familia, Igualdad y Justicia, calle Muro de la Mata nº 8, en el Servicio de Atención al Ciudadano, calle Capitán Cortés, 1 de Logroño o a través de la página web del Gobierno de La Rioja (http://www.larioja.org/deporte/es/becas-subvenciones).
Documentación: La prevista en el apartado noveno de la resolución de 17 de abril de 2018, por la que se convocan becas para deportistas riojanos discapacitados.
Procedimiento de concesión: Línea de subvención en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios recogidos en el artículo 8.3 del Decreto 14/2006, del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Justificación: En lo referente a la justificación de la subvención, se estará a lo dispuesto en el apartado duodécimo de la resolución de 17 de abril de 2018, por la que se convocan becas para deportistas riojanos discapacitados.
Logroño a 17 de abril de 2018.- El Consejero de Políticas Sociales, Familia, Igualdad y Justicia, Conrado Escobar Las Heras.