Gobierno de La Rioja

Núm. 50
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Viernes 15 de abril de 2011
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE
III.A.38

Resolución número 1.462, de 31 de marzo de 2011, por la que se modifica el concierto educativo suscrito con el centro Alcaste de Logroño

Vistos:

Primero.- Resolución número 2458, de 15 de junio de 2010, del Consejero de Educación, Cultura y Deporte por la que se modifican, suscriben y prorrogan los conciertos educativos a partir del curso 2010/2011.

Segundo.- Acuerdo de Consejo de Gobierno, de fecha 29 de mayo de 2009, por el que se acuerda autorizar al Consejero de Educación, Cultura y Deporte la aprobación del gasto relativo a la suscripción, renovación y prórroga de los conciertos educativos en el período 2009/2013.

Tercero.- Solicitud del centro docente privado "Alcaste" de Logroño, de fecha 9 de febrero de 2011, de modificación del concierto educativo, en período extraordinario, relativo a los apoyos para la integración de alumnos con necesidades educativas especiales en infantil, primaria y secundaria.

Cuarto.- Informe del servicio de atención a la diversidad, de fecha 21 de febrero de 2011.

Quinto.- Informe del servicio de presupuestos, de la Dirección General de Planificación y Presupuestos, de la Consejería de Hacienda, de fecha 1 de marzo 2011.

Sexto.- Informe propuesta de la Dirección General de Personal y Centros Docentes, de fecha 4 de marzo de 2011.

Séptimo.- Informe favorable de la Intervención Delegada de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, de fecha 31 de marzo 2011.

Fundamentos de derecho

1.- Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación.

2.- Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

3.- Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos, modificada por la Disposición Adicional Primera.2 por el Real Decreto 139/1989, de 10 de febrero.

4.- Orden 2/2009, de 15 de enero, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se dictan normas para el desarrollo del régimen de conciertos educativos a partir del curso 2009/2010 en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

5.- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999.

6.- Ley 4/2005 de 1 de junio, de Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

7.- Decreto 1/2008, de 1 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

8.- Resolución de 8 de febrero de 2008, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de delegación de competencias y asignación de funciones.

9.- Ley 9/2010, de 16 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2011.

El Consejero de Educación, Cultura y Deporte, en uso de las atribuciones legalmente conferidas,

Resuelve

1.- Modificar el concierto educativo suscrito con el centro "Alcaste" de Logroño (La Rioja) por incremento de los apoyos para la integración de alumnos con necesidades educativas especiales en infantil, primaria y secundaria y para la atención de alumnos con necesidades de compensación educativa en primaria y secundaria, quedando establecido de la siguiente forma:

C.P.C. Alcaste de Logroño

- 6 unidades de Educación Infantil

- 12 unidades de Educación Primaria

- 2 unidades de 1º de ESO

- 2 unidades de 2º de ESO

- 2 unidades de 3º de ESO

- 1 unidad de 4º de ESO

- 0,44 apoyos para la integración de alumnos con necesidades educativas especiales en infantil, primaria y secundaria y para la atención de alumnos con necesidades de compensación educativa en primaria y secundaria

2.- Autorizar y disponer el crédito correspondiente a la modificación realizada para el curso 2010/2011 del centro "Alcaste" de Logroño. El gasto total de 11.029,85 euros, se imputará a la partida 2011.GG.08.04.4221.482.00, y a la equivalente en los ejercicios siguientes hasta 2013 por importe de, en 2011, 3.755,41 euros, en 2012, 4.411,94 euros, y en 2013, 2.862,50 euros.

3.- Autorizar la expedición de los documentos AD necesarios.

4.- La Dirección General de Personal y Centros Docentes fijará la fecha, lugar y hora en que deben personarse para firmar los documentos de formalización de las modificaciones de los conciertos a que se refiere el punto siguiente. Entre la notificación y la firma de la diligencia deberá mediar un plazo mínimo de cuarenta y ocho horas.

5.- Las modificaciones aprobadas por esta resolución, se formalizarán mediante diligencia firmada, por una parte por el Director General de Personal y Centros Docentes y por otra parte, los titulares de los correspondientes centros o persona con representación legal debidamente acreditada.

6.- Si el titular del centro concertado, sin causa justificada, no suscribiere el documento de formalización de la modificación en la fecha establecida, la Administración procederá a realizarlo de oficio, sin perjuicio de la posible aplicación al centro de lo dispuesto en los artículo 61 y 62 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación y el 52 del Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos.

7.- La presente resolución surtirá efectos a partir del 1 de marzo de 2011.

8.- La presente resolución pone fin a la vía administrativa. Contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante este mismo órgano en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o, alternativamente, recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Logroño, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su notificación, de conformidad con lo previsto en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

En Logroño, a 31 de marzo de 2011.- El Consejero de Educación, Cultura y Deporte, Luis Ángel Alegre Galilea.

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