Decreto 37/2011, de 20 de mayo, por el que se crea la Escuela Infantil de Primer Ciclo "El Arco" en Logroño
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, dedica su Título I Capítulo I a la regulación de la ordenación de las enseñanzas de educación infantil y en consonancia con ello dispone en su artículo 15.1 que las Administraciones públicas promoverán un incremento progresivo de la oferta de plazas públicas en el primer ciclo de estas enseñanzas. Asimismo coordinarán las políticas de cooperación entre ellas y con otras entidades para asegurar la oferta educativa en este ciclo. A tal fin, determinarán las condiciones en las que podrán establecerse convenios con las corporaciones locales, otras administraciones y entidades privadas sin fines de lucro.
Por otro lado, la disposición adicional segunda apartado 1 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, dispone que las Corporaciones Locales cooperarán con las Administraciones educativas competentes, en el marco de lo establecido en la legislación vigente y, en su caso, en los términos que se acuerden con ellas en la creación, construcción y mantenimiento de centros públicos docentes. Asimismo establece que la creación de centros públicos cuyos titulares sean las Corporaciones Locales, se realizará por convenio entre estas y la Administración educativa competente.
En cumplimiento de los citados preceptos, y de lo dispuesto en el artículo 2.3 del Decreto 49/2008, de 31 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las escuelas infantiles, de los colegios de educación primaria y de los colegios de educación infantil y primaria, la Consejería de Educación, Cultura y Deporte y el Ayuntamiento de Logroño han suscrito un convenio de colaboración para la creación de una escuela infantil de primer ciclo de titularidad municipal que se detalla en el artículo primero del presente decreto, para atender la demanda de escolarización en el primer ciclo de la Educación Infantil, en la citada localidad.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 19.1 del Decreto 49/2009, de 3 de julio, por el que se regula la organización del primer ciclo de Educación Infantil, se fijan sus contenidos educativos y se establecen los requisitos de los centros que imparten dicho ciclo en la Comunidad Autónoma de La Rioja: "La apertura y funcionamiento de los centros que imparten el primer ciclo de la Educación Infantil se realizará de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente relativa a la creación de centros públicos y autorización de centros privados".
De conformidad con el artículo 17 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, y el Art. 2.1 Decreto 49/2008, de 31 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las escuelas infantiles, de los colegios de educación primaria y de los colegios de educación infantil y primaria, le compete al Gobierno de La Rioja la creación y supresión de centros docentes públicos, correspondiendo al titular de la Consejería competente en materia de educación, hacer la oportuna propuesta.
Así mismo la denominación de los citados centros tanto especifica como genérica viene regulada entre otros en los artículos 16 y 17 del referenciado decreto 49/2009, de 3 de julio.
La programación de las enseñanzas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja exige que la administración educativa adopte las medidas conducentes a adecuar la oferta educativa a la demanda de puestos escolares, determinando las modificaciones necesarias en la estructura de la red pública de centros docentes, al objeto de conseguir la máxima rentabilidad y eficacia de los recursos existentes en la Comunidad. La escuela infantil de primer ciclo se crea con el fin de atender las nuevas necesidades de escolarización surgidas en Logroño.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación, Cultura y Deporte y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 20 de mayo de 2011, acuerda aprobar el siguiente,
Decreto
Artículo 1. Creación de una Escuela Infantil de primer ciclo en Logroño.
Se crea la Escuela Infantil de primer ciclo que se describe a continuación:
Denominación genérica: Escuela Infantil de Primer Ciclo.
Denominación específica: "El Arco"
Código: 26008244
Naturaleza: Pública.
Domicilio: C/ Joaquín Turina, 2
Localidad: Logroño
Provincia: La Rioja
Titular: Ayuntamiento de Logroño
Enseñanzas: Educación Infantil, de primer ciclo
Capacidad: 7 unidades con un máximo de 102 puestos escolares distribuidos de la siguiente manera:
Dos unidades para niños de 0-1 año, con 16 puestos escolares
Dos unidades para niños de 1-2 años, con 26 puestos escolares
Tres unidades para niños de 2-3 años, con 60 puestos escolares.
Artículo 2. Puesta en funcionamiento.
La puesta en funcionamiento de las actividades docentes en dicho centro se producirá con el inicio del curso académico 2011/2012.
Disposición adicional única. Inscripción del centro.
Lo establecido en este Decreto se inscribirá en el registro de centros docentes no universitarios de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Disposición final primera. Desarrollo y ejecución.
Se autoriza a la Consejería competente en materia de educación para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo de lo establecido en el presente decreto, así como para adoptar cuantas medidas se deriven de su aplicación.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
El presente Decreto entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.
En Logroño, a 20 de mayo de 2011.- El Presidente, Pedro Sanz Alonso.- El Consejero de Educación, Cultura y Deporte, Luis Alegre Galilea.