Gobierno de La Rioja

Núm. 77
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Viernes 17 de junio de 2011
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE
III.A.7

Resolución número 2314, de fecha 2 de junio de 2011, del Consejero de Educación, Cultura y Deporte por la que se renuevan los apoyos educativos y se modifican, y prorrogan los Conciertos Educativos de los Centros a partir del curso 2011/2012

Vistos:

Primero. Las solicitudes de modificación, renovación y prórroga de conciertos educativos presentadas por los interesados en el plazo correspondiente (hasta el 31 de enero de 2011).

Segundo. Informe del Servicio de Formación Profesional y Participación Educativa de la Dirección General de Universidades y Formación Permanente, de fecha 28 de febrero de 2011.

Tercero. Informe del Servicio de Planificación y Alumnos, de fecha 1 de marzo de 2011.

Cuarto. Validación del Servicio de Atención a la Diversidad, de los alumnos con necesidades educativas especiales, y de compensación educativa, relacionados por parte de los Centros Docentes.

Quinto. Informe Propuesta de concertación priorizada, por niveles educativos realizada por la Comisión de Conciertos Educativos de fecha 4 de marzo de 2011.

Sexto. Propuesta de Resolución Provisional de la Dirección General de Personal y Centros Docentes, de fecha 17 de marzo de 2011.

Séptimo. Presentadas las alegaciones pertinentes por los Centros Concertados que se relacionan a continuación: La Salle-el Pilar de Alfaro, Sagrado Corazón de Arnedo, San Andrés de Calahorra, Escuelas Pías de Logroño, Purísima Concepción y Santa María Micaela de Logroño, Santa María de Logroño y Sagrados Corazones de Santo Domingo de la Calzada.

Octavo. Informe del Servicio de Planificación y Alumnos, de fecha 11 de abril de 2011.

Noveno. Informe del Servicio de Atención a la Diversidad, de fecha 18 de abril de 2011.

Décimo. Informe favorable de la Dirección General de Planificación y Presupuestos de la Consejería de Hacienda, de fecha 18 de mayo de 2011.

Undécimo. Informe Propuesta de Resolución Definitiva de la Dirección General de Personal y Centros Docentes, de fecha 23 de mayo de 2011.

Duodécimo. Informe favorable de la Intervención Delegada de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, de fecha 2 de junio de 2011.

Fundamentos de Derecho

- Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

- Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos, modificada por la Disposición Adicional Primera.2 por el Real Decreto 139/1989, de 10 de febrero.

- Orden 2/2009, de 15 de enero, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se dictan normas para el desarrollo del régimen de conciertos educativos a partir del curso 2009/2010 en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

- Resolución de 31 de enero de 2011, de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa, por la que se determina la relación media alumnos/profesor por unidad escolar en los centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el curso escolar 2011/2012.

- Resolución nº 1214, de 6 de marzo de 2009, de la Dirección General de Personal y Centros Docentes, por la que se aprueban y publican los documentos administrativos en los que se formalizarán los conciertos educativos a partir del curso escolar 2009/2010 en la Comunidad Autónoma de la Rioja.

- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999.

- Decreto 1/2008, de 1 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

- Resolución de 8 de febrero de 2008, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de delegación de competencias y asignación de funciones.

- Ley 9/2010, de 16 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2011.

- Ley 4/2005 de 1 de junio, de Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

- Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

El Consejero de Educación, Cultura y Deporte, en uso de las atribuciones legalmente conferidas,

Resuelve

1. Aprobar, en unidad de acto, los expedientes de renovación de apoyos educativos y modificación y prórroga de conciertos educativos, suscritos por los centros docentes privados,para Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Educación Especial, Ciclos Formativos de Grado Medio, Ciclos Formativos de Grado Superior y Programas de Cualificación Profesional Inicial a partir del curso 2011/2012, según se recoge en el Anexo I.

2. Autorizar y disponer los créditos correspondientes a la renovación de apoyos educativos y modificación y prórroga de conciertos educativos realizada para el curso 2011/2012, y 2012/2013, para los centros que se recoge en el Anexo I de la presente resolución. El gasto se imputará a la partida 2011.GG.08.04.4221.482.00, y a las equivalentes en los ejercicios 2012 y 2013 por el importe de 1.334.664,05 euros, según se detalla en el Anexo II.

3. Autorizar la expedición de los documentos AD del ejercicio corriente y de futuros necesarios.

4. La Dirección General de Personal y Centros Docentes fijará la fecha, lugar y hora en que deben personarse para firmar los documentos administrativos a que se refiere el punto siguiente. Entre la notificación y la firma de la diligencia deberá mediar un plazo mínimo de cuarenta y ocho horas.

5. La renovación de apoyos educativos y modificación y prórroga de los conciertos educativos aprobados por esta Resolución, se formalizarán mediante diligencia firmada, por una parte, el Director General de Personal y Centros Docentes y por otra parte, los titulares de los correspondientes centros o persona con representación legal debidamente acreditada.

6. Si el titular del centro concertado, sin causa justificada, no suscribiere el documento de formalización de la modificación y prórroga en la fecha establecida, la Administración procederá a realizarlo de oficio, sin perjuicio de la posible aplicación al Centro de lo dispuesto en los artículo 61 y 62 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación y el 52 del Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos.

7. Se podrá proceder a reducir el número de unidades concertadas de un Centro cuando, finalizado el plazo de matrícula, el número de alumnos por unidad escolar sea inferior a la relación media alumnos por unidad escolar establecida y, en el caso de que la proporción de alumnos por unidad escolar permita concentrar grupos, se tomará como base las ratios máximas establecidas en la normativa que le es de aplicación.

8. Las renovaciones, modificaciones y prórroga de los Conciertos Educativos establecidas en la presente Resolución tendrán su entrada en vigor a comienzo del curso 2011/2012.

9. La presente Resolución pone fin a la vía administrativa. Contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante este mismo órgano en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o, alternativamente, recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Logroño, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su notificación, de conformidad con lo previsto en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

En Logroño a 2 de junio de 2011.- El Consejero de Educación, Cultura y Deporte, Luis Ángel Alegre Galilea.

ANEXO I

MODIFICACIÓN, SUSCRIPCIÓN, RENOVACIÓN Y PRÓRROGA DE CONCIERTOS EDUCATIVOS

CURSO 2011/2012

1.- C.P.C. SAN AGUSTÍN DE CALAHORRA

El concierto educativo queda establecido como sigue:

- 6 unidades de Educación Infantil

- 8 unidades de Educación Primaria

- 1 unidad de 1º de ESO

- 1 unidad de 2º de ESO

- 1 unidad de 3º de ESO

- 1 unidad de 4º de ESO

- 1 apoyo para la integración de alumnos con necesidades educativas especiales en Infantil, Primaria y Secundaria

- 1,12 apoyos para la atención de alumnos con necesidades de compensación educativa en Primaria y Secundaria

No procede el acceso a régimen de concierto en Bachillerato.

Es preciso señalar que la Ley 9/2010, de 16 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja, recoge un módulo específico para el concierto de Bachillerato, si bien debe especificarse que la incorporación del mismo en el Anexo de la Ley no implica necesariamente que en el estado de gastos de la misma se contemple la financiación de todas las unidades de Bachillerato en centros privados de La Rioja.

De hecho, la incorporación de dicho módulo a la vigente Ley de Presupuestos autonómica responde exclusivamente a la concertación para el presente curso de las unidades de Bachillerato del centro «Sagrado Corazón» de Logroño, como consecuencia de la jurisprudencia establecida al efecto por el Tribunal Supremo.

En este sentido y por imperativo legal, en el estado de gastos existe una dotación presupuestaria para la concertación de las unidades de bachillerato tan sólo de este centro.

Esta situación sin embargo, no es extensible a las unidades de bachillerato solicitadas por el resto de centros, para cuya concertación no existe consignación presupuestaria, dado que la misma no resultaba exigible en dichos términos.

Respecto a las unidades la Administración Educativa estima lo siguiente:

- Educación Primaria: Es necesaria una unidad más en 2º por evolución de unidades.

Respecto a los apoyos:

Se ha tenido en cuenta la validación efectuada por el Servicio de Atención a la Diversidad, y el número de alumnos existentes en el centro y la previsión de los que puedan escolarizarse a lo largo del curso 2011/2012 con necesidades educativas especiales y de compensación educativa.

Por otra parte, se señala también con carácter general que, en aquellos centros que cuenten con autorización provisional de unidades como consecuencia de obras de adaptación de espacios, el concierto de dichas unidades afectada queda supeditado a la terminación de tales obras en el plazo previsto.

2.- CENTRO LOS ÁNGELES DE LOGROÑO

El concierto educativo queda establecido como sigue:

EDUCACIÓN INFANTIL

- 1 unidad de 2º ciclo

EDUCACIÓN BÁSICA OBLIGATORIA

- 1 Autistas o problemas graves de personalidad

- 3 Plurideficientes

TRANSICIÓN A LA VIDA ADULTA

- 3 Plurideficientes

Respecto a las unidades, la Administración Educativa estima lo siguiente: es necesario el concierto de las unidades solicitadas por el centro.

3.- C.P.C. SAN ANDRÉS DE CALAHORRA

El concierto educativo queda establecido como sigue:

- 3 unidades de Educación Infantil

- 6 unidades de Educación Primaria

- 2 apoyos para la integración de alumnos con necesidades educativas especiales en Infantil y Primaria

- 3 apoyos para la atención de alumnos con necesidades de compensación educativa en Primaria

- Designación como centro de escolarización preferente, en régimen de integración, de alumnos con necesidades educativas permanentes asociadas a condiciones de discapacidad física.

Respecto a los apoyos:

Se ha tenido en cuenta la validación efectuada por el Servicio de Atención a la Diversidad, y el número de alumnos existentes en el centro y la previsión de los que puedan escolarizarse a lo largo del curso 2011/2012 con necesidades educativas especiales y de compensación educativa. Analizadas las alegaciones presentadas por el centro, se realiza una nueva validación del número de alumnos de tales características, cuyo resultado implica que sea procedente la modificación de la propuesta provisional, quedando los apoyos definitivos como se ha expresado anteriormente.

4.- C.P.C. LOS BOSCOS DE LOGROÑO

El concierto educativo queda establecido como sigue:

- 5 unidades de Educación Infantil

- 9 unidades de Educación Primaria

- 1 unidad de 1º de ESO

- 2 unidades de 2º de ESO

- 1 unidad de 3º de ESO

- 1 unidad de 4º de ESO

- 2 unidades de Ciclo de Grado Medio Mecanizado

- 1 unidad de Ciclo de Grado Medio Equipos Electrónicos de Consumo LOGSE

- 1 unidad de Ciclo de Grado Medio Instalaciones de Telecomunicaciones LOE

- 1 Programa de Cualificación Profesional Inicial Auxiliar de Informática (Nivel 1)

- 1 Programa de Cualificación Profesional Inicial Operario de Instalaciones Eléctricas y Comunicaciones (Nivel 1)

- 1 Programa de Cualificación Profesional Inicial Operario de Fabricación Mecánica, Mantenimiento y Mecanizado de Herramientas (Nivel 1)

- 2 apoyos para la integración de alumnos con necesidades educativas especiales en Infantil, Primaria y Secundaria

- 3,52 apoyos para la atención de alumnos con necesidades de compensación educativa en Primaria y Secundaria

Respecto a las unidades la Administración estima lo siguiente:

- Educación Infantil: las dos unidades de primer curso están justificadas para atender la demanda en la zona II de escolarización en que está ubicado el centro.

- Educación Secundaria Obligatoria: la solicitud del centro responde a la evolución de unidades del curso actual.

- Ciclos Formativos: se procede a la sustitución de los títulos de formación profesional por aplicación de la LOE y su implantación para la oferta educativa del curso 2011/2012. Así en lo referido a este centro se sustituye el Ciclo Formativo Equipos electrónicos de consumo por el de Instalaciones de Telecomunicaciones.

- Programas de Cualificación Profesional Inicial: en atención a cubrir las necesidades de escolarización previstas para el curso 2011/2012 no se estima procedente concertar los Programas solicitados por el centro (Nivel 1 y Nivel 2).

Respecto a los apoyos:

Se ha tenido en cuenta la validación efectuada por el Servicio de Atención a la Diversidad, y el número de alumnos existentes en el centro y la previsión de los que puedan escolarizarse a lo largo del curso 2011/2012 con necesidades educativas especiales y de compensación educativa, además de la petición de apoyos realizada por el propio centro.

Por otra parte, se señala también con carácter general que, en aquellos centros que cuenten con autorización provisional de unidades como consecuencia de obras de adaptación de espacios, el concierto de dichas unidades afectada queda supeditado a la terminación de tales obras en el plazo previsto.

5.- C.P.C. SALESIANOS DOMINGO SAVIO DE LOGROÑO

El concierto educativo queda establecido como sigue:

- 3 unidades de Infantil

- 3 unidades de Educación Primaria

- 1 unidad de 1º de ESO

- 1 unidad de 2º de ESO

- 1 unidad de 3º de ESO

- 1 unidad de 4º de ESO

- 2,36 apoyos para la integración de alumnos con necesidades educativas especiales en Infantil, Primaria y Secundaria

- 1 apoyo para la atención de alumnos con necesidades de compensación educativa en Primaria y Secundaria

Respecto a las unidades la Administración Educativa estima lo siguiente:

- Educación Primaria: Es necesario el incremento de una unidad por crecimiento vegetativo.

Respecto a los apoyos:

Se ha tenido en cuenta la validación efectuada por el Servicio de Atención a la Diversidad, y el número de alumnos existentes en el centro y la previsión de los que puedan escolarizarse a lo largo del curso 2011/2012 con necesidades educativas especiales y de compensación educativa.

6.- C.P.C. NTRA. SRA. DE LA PIEDAD DE NÁJERA

El concierto educativo queda establecido como sigue:

- 3 unidades de Educación Infantil

- 6 unidades de Educación Primaria

- Prórroga para 1 unidad de 1º de ESO

- Prórroga para 1 unidad de 2º de ESO

- 1 apoyo para la integración de alumnos con necesidades educativas especiales en Infantil, Primaria y Secundaria

- 1,40 apoyos para la atención de alumnos con necesidades de compensación educativa en Primaria y Secundaria

Respecto a las unidades la Administración Educativa estima lo siguiente:

- Educación Secundaria Obligatoria: la prórroga del concierto para dichas unidades se atribuye a necesidades de escolarización.

Respecto a los apoyos:

Se ha tenido en cuenta la validación efectuada por el Servicio de Atención a la Diversidad, y el número de alumnos existentes en el centro y la previsión de los que puedan escolarizarse a lo largo del curso 2011/2012 con necesidades educativas especiales y de compensación educativa.

7.- C.P.C. SANTA MARÍA DE LOGROÑO

El concierto educativo queda establecido como sigue:

- 2 unidades de 1º de ESO

- 2 unidades de 2º de ESO

- 2 unidades de 3º de ESO

- 2 unidades de 4º de ESO

- 1,24 apoyos para la integración de alumnos con necesidades educativas especiales en Secundaria

- 0,72 apoyos para la atención de alumnos con necesidades de compensación educativa en Secundaria

No procede el acceso a régimen de concierto en Bachillerato.

Es preciso señalar que la Ley 9/2010, de 16 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja, recoge un módulo específico para el concierto de Bachillerato, si bien debe especificarse que la incorporación del mismo en el Anexo de la Ley no implica necesariamente que en el estado de gastos de la misma se contemple la financiación de todas las unidades de Bachillerato en centros privados de La Rioja.

De hecho, la incorporación de dicho módulo a la vigente Ley de Presupuestos autonómica responde exclusivamente a la concertación para el presente curso de las unidades de Bachillerato del centro «Sagrado Corazón» de Logroño, como consecuencia de la jurisprudencia establecida al efecto por el Tribunal Supremo.

En este sentido y por imperativo legal, en el estado de gastos existe una dotación presupuestaria para la concertación de las unidades de bachillerato tan sólo de este centro.

Esta situación sin embargo, no es extensible a las unidades de bachillerato solicitadas por el resto de centros, para cuya concertación no existe consignación presupuestaria, dado que la misma no resultaba exigible en dichos términos.

Respecto a las unidades la Administración Educativa estima lo siguiente:

- Educación Secundaria Obligatoria: Es necesario el incremento de una unidad por crecimiento vegetativo.

Respecto a los apoyos:

Se ha tenido en cuenta la validación efectuada por el Servicio de Atención a la Diversidad, y el número de alumnos existentes en el centro y la previsión de los que puedan escolarizarse a lo largo del curso 2011/2012 con necesidades educativas especiales y de compensación educativa. Analizadas las alegaciones presentadas por el centro, se realiza una nueva validación del número de alumnos de tales características, cuyo resultado implica que sea procedente la modificación de la propuesta provisional, quedando los apoyos definitivos como se ha expresado anteriormente.

8.- C.P.C. LA SALLE- LA ESTRELLA DE SAN ASENSIO

El concierto educativo queda establecido como sigue:

- 1 unidad de 1º de ESO

- 1 unidad de 2º de ESO

- 1 unidad de 3º de ESO

- 1 unidad de 4º de ESO

- 0,68 Apoyos para la integración de alumnos con necesidades educativas especiales y para la atención de alumnos con necesidades de compensación educativa en Secundaria.

Respecto a los apoyos:

Se ha tenido en cuenta la validación efectuada por el Servicio de Atención a la Diversidad, y el número de alumnos existentes en el centro y la previsión de los que puedan escolarizarse a lo largo del curso 2011/2012 con necesidades educativas especiales y de compensación educativa.

9.- C.P.C. LA MILAGROSA DE CALAHORRA

El concierto educativo queda establecido como sigue:

- 3 unidades de Educación Infantil

- 6 unidades de Educación Primaria

- 1 apoyo para la integración de alumnos con necesidades educativas especiales en Infantil y Primaria

- 0,52 apoyos para la atención de alumnos con necesidades de compensación educativa en Primaria

Respecto a los apoyos:

Se ha tenido en cuenta la validación efectuada por el Servicio de Atención a la Diversidad, y el número de alumnos existentes en el centro y la previsión de los que puedan escolarizarse a lo largo del curso 2011/2012 con necesidades educativas especiales y de compensación educativa.

10.- C.P.C. PURÍSIMA CONCEPCIÓN Y STA. Mª MICAELA DE LOGROÑO

El concierto educativo queda establecido como sigue:

- 6 unidades de Educación Infantil

- 12 unidades de Educación Primaria

- 1 unidad de 1º de ESO

- 1 unidades de 2º de ESO

- 1 unidades de 3º de ESO

- 1 unidades de 4º de ESO

- 2 unidades de Ciclo Formativo de Grado Medio Peluquería

- 1 unidad de Ciclo Formativo de Grado Medio Estética Personal Decorativa

- 2,44 apoyos para la integración de alumnos con necesidades educativas especiales en Infantil, Primaria y Secundaria

- 2,04 apoyos para la atención de alumnos con necesidades de compensación educativa en Primaria y Secundaria

Respecto a las unidades la Administración Educativa estima lo siguiente:

- Educación Primaria: es necesario el incremento de una unidad por crecimiento vegetativo.

- Programas de Cualificación Profesional Inicial: se estima la solicitud de supresión del PCPI realizada por el centro debido a que no va a formar parte de su oferta educativa para el curso 2011/2012

Respecto a los apoyos:

Se ha tenido en cuenta la validación efectuada por el Servicio de Atención a la Diversidad, y el número de alumnos existentes en el centro y la previsión de los que puedan escolarizarse a lo largo del curso 2011/2012 con necesidades educativas especiales y de compensación educativa.

Según lo dispuesto en el Art. 13.5 de la Orden 2/2009, de 15 de enero, la Comisión de Conciertos Educativos emite una propuesta de modificación de conciertos educativos con carácter preceptivo, pero no vinculante (art 83.1 de la Ley 30/1992).

En lo referido a este Centro, esta Dirección General se separa de la propuesta de la Comisión de Conciertos educativos, en lo referido a los apoyos educativos, basándose en la aplicación de las ratios que se aplican a los centros educativos públicos y que son las siguientes: 9 alumnos con necesidades educativas especiales, 1 apoyo, y 20 alumnos con necesidades de compensación educativa, 1 apoyo, una vez efectuada la validación por parte del Servicio de Atención a la Diversidad. Analizadas las alegaciones presentadas por el centro, se realiza una nueva validación del número de alumnos de tales características, cuyo resultado implica que sea procedente la modificación de la propuesta provisional, quedando los apoyos definitivos como se ha expresado anteriormente.

11.- C.P.C. DIVINO MAESTRO DE LOGROÑO

El concierto educativo queda establecido como sigue:

- 3 unidades de Educación Infantil

- 6 unidades de Educación Primaria

- 1 unidad de 1º de ESO

- 1 unidad de 2º de ESO

- 1 unidad de 3º de ESO

- 1 unidad de 4º de ESO

- 1 apoyo para la integración de alumnos con necesidades educativas especiales en Infantil, Primaria y Secundaria

- 1apoyo para la atención de alumnos con necesidades de compensación educativa en Primaria y Secundaria

Respecto a los apoyos:

Se ha tenido en cuenta la validación efectuada por el Servicio de Atención a la Diversidad, y el número de alumnos existentes en el centro y la previsión de los que puedan escolarizarse a lo largo del curso 2011/2012 con necesidades educativas especiales y de compensación educativa.

12.- C.P.C. SANTA TERESA DE CALAHORRA

El concierto educativo queda establecido como sigue:

- 6 unidades de Educación Infantil

- 13 unidades de Educación Primaria

- 2 unidades de 1º de ESO

- 2 unidades de 2º de ESO

- 2 unidades de 3º de ESO

- 2 unidades de 4º de ESO

- 1 unidad de PCPI Auxiliar de Oficina (Nivel 1)

- 2 apoyos para la integración de alumnos con necesidades educativas especiales en Infantil, Primaria y Secundaria

- 2 apoyos para la atención de alumnos con necesidades de compensación educativa en Primaria y Secundaria

No procede el acceso a régimen de concierto en Bachillerato.

Es preciso señalar que la Ley 9/2010, de 16 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja, recoge un módulo específico para el concierto de Bachillerato, si bien debe especificarse que la incorporación del mismo en el Anexo de la Ley no implica necesariamente que en el estado de gastos de la misma se contemple la financiación de todas las unidades de Bachillerato en centros privados de La Rioja.

De hecho, la incorporación de dicho módulo a la vigente Ley de Presupuestos autonómica responde exclusivamente a la concertación para el presente curso de las unidades de Bachillerato del centro «Sagrado Corazón» de Logroño, como consecuencia de la jurisprudencia establecida al efecto por el Tribunal Supremo.

En este sentido y por imperativo legal, en el estado de gastos existe una dotación presupuestaria para la concertación de las unidades de bachillerato tan sólo de este centro.

Esta situación sin embargo, no es extensible a las unidades de bachillerato solicitadas por el resto de centros, para cuya concertación no existe consignación presupuestaria, dado que la misma no resultaba exigible en dichos términos.

Respecto a los apoyos:

Se ha tenido en cuenta la validación efectuada por el Servicio de Atención a la Diversidad, y el número de alumnos existentes en el centro y la previsión de los que puedan escolarizarse a lo largo del curso 2011/2012 con necesidades educativas especiales y de compensación educativa.

13.- C.P.C. COMPAÑÍA DE MARÍA DE LOGROÑO

El concierto educativo queda establecido como sigue:

- 9 unidades de Educación Infantil

- 18 unidades de Educación Primaria

- 3 unidades de 1º de ESO

- 3 unidades de 2º de ESO

- 3 unidades de 3º de ESO

- 3 unidades de 4º de ESO

- 3 apoyos para la integración de alumnos con necesidades educativas especiales en Infantil, Primaria y Secundaria

- 3,24 apoyos para la atención de alumnos con necesidades de compensación educativa en Primaria y Secundaria

Respecto a los apoyos:

Se ha tenido en cuenta la validación efectuada por el Servicio de Atención a la Diversidad, y el número de alumnos existentes en el centro y la previsión de los que puedan escolarizarse a lo largo del curso 2011/2012 con necesidades educativas especiales y de compensación educativa.

14.- C.P.C. SAGRADO CORAZÓN DE LOGROÑO

El concierto educativo queda establecido como sigue:

- 9 unidades de Educación Infantil

- 21 unidades de Educación Primaria

- 4 unidades de 1º de ESO

- 4 unidades de 2º de ESO

- 4 unidades de 3º de ESO

- 4 unidades de 4º de ESO

- 2,12 apoyos para la integración de alumnos con necesidades educativas especiales enInfantil, Primaria y Secundaria

- 3 apoyos para la atención de alumnos con necesidades de compensación educativa en Primaria y Secundaria

- 1 unidad de Ciclo de Grado Medio Gestión Administrativa LOE

- 1 unidad de Ciclo de Grado Medio Electromecánica de Vehículos LOGSE

- 1 unidad de Ciclo de Grado Medio Electromecánica de Vehículos y automóviles LOE

- 2 unidades de Ciclo de Grado Medio Instalaciones y Mantenimiento Electromecánico de Maquinaria y Conducción de Líneas

- 2 unidades de Ciclo de Grado Medio Instalaciones Eléctricas y Automáticas

- 2 unidad de ciclo de Grado Medio Sistemas Microinformáticos y Redes

- 2 unidades de Ciclo de Grado Superior Administración y Finanzas

- 2 unidades de Ciclo de Grado Superior Mantenimiento de Equipo Industrial

- 1 Programa de Cualificación Profesional Inicial Auxiliar de Informática (Nivel 1)

- 1 Programa de Cualificación Profesional Inicial Operario Instalaciones Eléctricas y Comunicaciones (Nivel 1)

- 2 Programas de Cualificación Profesional Inicial Operario de Mantenimiento de Vehículos (Nivel 1)

- 1 Programa de Cualificación Profesional Inicial Operario Fabricación Mecánica, Mantenimiento y Mecanizado de Herramientas (Nivel 1)

- 2 unidades de 1º curso de Bachillerato de Ciencias y Tecnología

- 1 unidad de 1º curso de Bachillerato de Humanidades y Ciencias Sociales

- 2 unidades de 2º curso de Bachillerato de Ciencias y Tecnología

- 1 unidad de 2º curso de Bachillerato de Humanidades y Ciencias Sociales

Respecto a los apoyos:

Se ha tenido en cuenta la validación efectuada por el Servicio de Atención a la Diversidad, y el número de alumnos existentes en el centro y la previsión de los que puedan escolarizarse a lo largo del curso 2011/2012 con necesidades educativas especiales y de compensación educativa.

Respecto a las unidades de Ciclos Formativos, la Administración Educativa estima lo siguiente:

- De oficio, se propone la concertación de 1 unidad de Ciclo Formativo de Grado Medio de Gestión Administrativa, por el cambio de enseñanza de LOGSE a LOE, y por lo tanto la supresión de la unidad de dicho ciclo LOGSE

- De oficio, se propone la concertación de 1 unidad de Ciclo Formativo de Grado Medio de Electromecánica Vehículo y Automóviles, por el cambio de enseñanza de LOGSE a LOE, y por lo tanto la supresión de 1 unidad de dicho ciclo LOGSE

15.- C.P.C. SAGRADO CORAZÓN DE JESÚS DE ARNEDO

El concierto educativo queda establecido como sigue:

- 6 unidades de Educación Infantil

- 12 unidades de Educación Primaria

- 2 unidades de 1º de ESO

- 2 unidades de 2º de ESO

- 2 unidades de 3º de ESO

- 2 unidades de 4º de ESO

- 1,24 apoyos para la integración de alumnos con necesidades educativas especiales en Infantil, Primaria y Secundaria

- 2,68 apoyos para la atención de alumnos con necesidades de compensación educativa en Primaria y Secundaria

Respecto a los apoyos:

Se ha tenido en cuenta la validación efectuada por el Servicio de Atención a la Diversidad, y el número de alumnos existentes en el centro y la previsión de los que puedan escolarizarse a lo largo del curso 2011/2012 con necesidades educativas especiales y de compensación educativa. Analizadas las alegaciones presentadas por el centro, se realiza una nueva validación del número de alumnos de tales características, cuyo resultado implica que sea procedente la modificaciónde la propuesta provisional, quedando los apoyos definitivos como se ha expresado anteriormente.

16.- C.P.C. REY PASTOR DE LOGROÑO

El concierto educativo queda establecido como sigue:

- 6 unidades de Educación Infantil

- 12 unidades de Educación Primaria

- 2 unidades de 1º de ESO

- 2 unidades de 2º de ESO

- 2 unidades de 3º de ESO

- 2 unidades de 4º de ESO

- 1 apoyo para la integración de alumnos con necesidades educativas especiales en Infantil, Primaria y Secundaria

- 1,88 apoyos para la atención de alumnos con necesidades de compensación educativa en Primaria y Secundaria

Respecto a los apoyos:

Se ha tenido en cuenta la validación efectuada por el Servicio de Atención a la Diversidad, y el número de alumnos existentes en el centro y la previsión de los que puedan escolarizarse a lo largo del curso 2011/2012 con necesidades educativas especiales y de compensación educativa.

17.- C.P.C. AMOR MISERICORDIOSO DE ALFARO

El concierto educativo queda establecido como sigue:

- 3 unidades de Educación Infantil

- 7 unidades de Educación Primaria

- 1 unidad de 1º de ESO

- 1 unidad de 2º de ESO

- 2 unidades de 3º de ESO

- 1 unidad de 4º de ESO

- Designación como centro de escolarización preferente, en régimen de integración, de alumnos con necesidades educativas permanentes asociadas a condiciones de discapacidad física

- 1,48 apoyos para la integración de alumnos con necesidades educativas especiales en Infantil, Primaria y Secundaria

- 0,52 apoyos para la atención de alumnos con necesidades de compensación educativa en Primaria y Secundaria

Respecto a las unidades la Administración Educativa estima lo siguiente:

- Educación Infantil: según los datos existentes es suficiente con una unidad de 1º para satisfacer la demanda de la localidad (98 alumnos).

- Educación Secundaria Obligatoria: es necesaria la modificación por crecimiento vegetativo de las unidades.

Respecto a los apoyos:

Se ha tenido en cuenta la validación efectuada por el Servicio de Atención a la Diversidad, y el número de alumnos existentes en el centro y la previsión de los que puedan escolarizarse a lo largo del curso 2011/2012 con necesidades educativas especiales y de compensación educativa.

18.- C.P.C. LA SALLE- EL PILAR DE ALFARO

El concierto educativo queda establecido como sigue:

- 3 unidades de Educación Infantil

- 7 unidades de Educación Primaria

- 1 unidad de 1º de ESO

- 1 unidad de 2º de ESO

- 1 unidad de 3º de ESO

- 1 unidad de 4º de ESO

- 2 apoyos para la integración de alumnos con necesidades educativas especiales enInfantil, Primaria y Secundaria

- 0,52 apoyos para la atención de alumnos con necesidades de compensación educativa en Primaria y Secundaria

Respecto a las unidades la Administración Educativa estima lo siguiente:

- Educación Infantil: A la vista de las alegaciones presentadas por el centro, según los datos existentes en el momento en el que se presentan las mismas, se estima suficiente con una unidad de 1º para satisfacer la demanda de la localidad (98 alumnos) y por ello no procede la modificación de la propuesta provisional en relación a dichas unidades de Educación Infantil.

Respecto a los apoyos:

Se ha tenido en cuenta la validación efectuada por el Servicio de Atención a la Diversidad, y el número de alumnos existentes en el centro y la previsión de los que puedan escolarizarse a lo largo del curso 2011/2012 con necesidades educativas especiales y de compensación educativa. Analizadas las alegaciones presentadas por el centro, referidas a los apoyos, se estima procedente la modificación de la propuesta provisional, quedando los apoyos definitivos como se ha expresado anteriormente.

19.- C.P.C. SAGRADO CORAZÓN DE HARO

El concierto educativo queda establecido como sigue:

- 6 unidades de Educación Infantil

- 6 unidades de Educación Primaria

- 2 unidades de 1º de ESO

- 2 unidades de 2º de ESO

- 1 unidad de 3º de ESO

- 1 unidad de 4º de ESO

- 1,12 apoyos para la integración de alumnos con necesidades educativas especiales en Infantil, Primaria y Secundaria

- 1 apoyos para la atención de alumnos con necesidades de compensación educativa en Primaria y Secundaria

Respecto a las unidades la Administración Educativa estima lo siguiente:

- Educación Infantil: según los datos existentes son necesarias dos unidades en 1º para satisfacer la demanda en ambas redes tanto de la localidad como de otras que no cuentan con centro escolar.

Respecto a los apoyos:

Se ha tenido en cuenta la validación efectuada por el Servicio de Atención a la Diversidad, y el número de alumnos existentes en el centro y la previsión de los que puedan escolarizarse a lo largo del curso 2011/2012 con necesidades educativas especiales y de compensación educativa.

Por otra parte, se señala también con carácter general que, en aquellos centros que cuenten con autorización provisional de unidades como consecuencia de obras de adaptación de espacios, el concierto de dichas unidades afectada queda supeditado a la terminación de tales obras en el plazo previsto.

20.- C.P.C. SAGRADOS CORAZONES DE SANTO DOMINGO DE LA CALZADA

El concierto educativo queda establecido como sigue:

- 3 unidades de Educación Infantil

- 6 unidades de Educación Primaria

- 0,96 apoyos para la integración de alumnos con necesidades educativas especiales y para la atención de alumnos con necesidades de compensación educativa en Infantil y Primaria.

Respecto a los apoyos:

Se ha tenido en cuenta la validación efectuada por el Servicio de Atención a la Diversidad, y el número de alumnos existentes en el centro y la previsión de los que puedan escolarizarse a lo largo del curso 2011/2012 con necesidades educativas especiales y de compensación educativa. Analizadas las alegaciones presentadas por el centro, se realiza una nueva validación del número de alumnos de tales características, cuyo resultado implica que sea procedente la modificaciónde la propuesta provisional, quedando los apoyos definitivos como se ha expresado anteriormente.

21.- C.P.C. ESCUELAS PÍAS DE LOGROÑO

El concierto educativo queda establecido como sigue:

- 6 unidades de Educación Infantil

- 19 unidades de Educación Primaria

- 3 unidades de 1º de ESO

- 3 unidades de 2º de ESO

- 3 unidades de 3º de ESO

- 3 unidades de 4º de ESO

- 1 Programa de Diversificación Curricular en 3º de ESO

- 1 Programa de Diversificación Curricular en 4º de ESO

- 1 apoyo para la integración de alumnos con necesidades educativas especiales en Infantil, Primaria y Secundaria

- 2 apoyos para la atención de alumnos con necesidades de compensación educativa en Primaria y Secundaria

Respecto a las unidades la Administración Educativa estima lo siguiente:

- Programas de Cualificación Profesional Inicial: en Logroño se ofertan 3 grupos de este perfil, dos en diurno y el otro en vespertino, haciendo referencia a la demanda del presente curso, haciendo referencia a la demanda del presente curso académico no es necesario incrementar la oferta, ya que quedaron plazas vacantes en primera opción.

Respecto a los apoyos:

Se ha tenido en cuenta la validación efectuada por el Servicio de Atención a la Diversidad, y el número de alumnos existentes en el centro y la previsión de los que puedan escolarizarse a lo largo del curso 2011/2012 con necesidades educativas especiales y de compensación educativa.

Según lo dispuesto en el Art. 13.5 de la Orden 2/2009, de 15 de enero, la Comisión de Conciertos Educativos emite una propuesta de modificación de conciertos educativos con carácter preceptivo, pero no vinculante (art 83.1 de la Ley 30/1992).

En lo referido a este Centro, esta Dirección General se separa de la propuesta de la Comisión de Conciertos educativos, en lo referido a:

- los apoyos educativos, basándose en la aplicación de las ratios que se aplican a los centros educativos públicos y que son las siguientes: 9 alumnos con necesidades educativas especiales, 1 apoyo, y 20 alumnos con necesidades de compensación educativa, 1 apoyo, una vez efectuada la validación por parte del Servicio de Atención a la Diversidad.

Analizadas las alegaciones presentadas por el centro, se realiza una nueva validación del número de alumnos de tales características, cuyo resultado implica que sea procedente la modificación de la propuesta provisional, quedando los apoyos definitivos como se ha expresado anteriormente.

- el Programa de Cualificación Profesional Inicial Auxiliar de Informática, Nivel 1, basándose en el Informe de Formación Profesional, de fecha 28 de febrero de 2011, donde se establece, en relación a este PCPI, la ausencia de necesidad de su implantación debido a que en Logroño se ofertan 3 grupos de este perfil, dos en diurno y el otro en vespertino, por lo que haciendo referencia a la demanda del presente curso académico no es necesario incrementar la oferta, contando también con el precedente del curso anterior en el que ya que quedaron plazas vacantes en primera opción.

22.- C.P.C. INMACULADO CORAZÓN DE MARÍA DE LOGROÑO

El concierto educativo queda establecido como sigue:

- 7 unidades de Educación Infantil

- 14 unidades de Educación Primaria

- 3 unidades de 1º de ESO

- 2 unidades de 2º de ESO

- 3 unidades de 3º de ESO

- 2 unidades de 4º de ESO

- 1 Programa de Diversificación Curricular en 3º de ESO

- 1 Programa de Diversificación Curricular en 4º de ESO

- 1,88 apoyos para la integración de alumnos con necesidades educativas especiales en Infantil, Primaria y Secundaria

- 0,48 apoyos para la atención de alumnos con necesidades de compensación educativa en Primaria y Secundaria

- Designación como centro de escolarización preferente, en régimen de integración, de alumnos con necesidades educativas permanentes asociadas a condiciones de discapacidad física.

Respecto a las unidades la Administración Educativa estima lo siguiente:

- Educación Secundaria Obligatoria: por evolución de unidades se considera más adecuada la distribución de unidades que se consigna.

Respecto a los apoyos:

Se ha tenido en cuenta la validación efectuada por el Servicio de Atención a la Diversidad, y el número de alumnos existentes en el centro y la previsión de los que puedan escolarizarse a lo largo del curso 2011/2012 con necesidades educativas especiales y de compensación educativa. En este Centro se produce una modificación de oficio, con respecto a los apoyos, por los nuevos datos que han obrado en la Administración de forma sobrevenida, quedando los mismos tal y como se han establecido anteriormente.

23.- C.P.C. SAN JOSÉ DE LOGROÑO

El concierto educativo queda establecido como sigue:

- 12 unidades de Educación Infantil

- 22 unidades de Educación Primaria

- 3 unidades de 1º de ESO

- 4 unidades de 2º de ESO

- 4 unidades de 3º de ESO

- 3 unidades de 4º de ESO

- 1,44 apoyos para la integración de alumnos con necesidades educativas especiales en Infantil, Primaria y Secundaria

- 1 apoyo para la atención de alumnos con necesidades de compensación educativa en Primaria y Secundaria.

Respecto a las unidades la Administración Educativa estima lo siguiente:

- Educación Primaria: se estima necesario 1 unidad más por evolución de unidades (de Infantil a Primaria).

Respecto a los apoyos:

Se ha tenido en cuenta la validación efectuada por el Servicio de Atención a la Diversidad, y el número de alumnos existentes en el centro y la previsión de los que puedan escolarizarse a lo largo del curso 2011/2012 con necesidades educativas especiales y de compensación educativa. En este Centro se produce una modificación de oficio, con respecto a los apoyos, por los nuevos datos obrantes en la Administración de forma sobrevenida, quedando los mismos tal y como se han establecido anteriormente.

24- C.P.C. NTRA. SRA. DEL BUEN CONSEJO DE LOGROÑO

El concierto educativo queda establecido como sigue:

- 9 unidades de Educación Infantil

- 18 unidades de Educación Primaria

- 3 unidades de 1º de ESO

- 3 unidades de 2º de ESO

- 3 unidades de 3º de ESO

- 3 unidades de 4º de ESO

- 1,48 apoyos para la integración de alumnos con necesidades educativas especiales enInfantil, Primaria y Secundaria

- 0,52 apoyos para la atención de alumnos con necesidades de compensación educativa en Primaria y Secundaria

No procede el acceso a régimen de concierto en Bachillerato.

Es preciso señalar que la Ley 9/2010, de 16 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja, recoge un módulo específico para el concierto de Bachillerato, si bien debe especificarse que la incorporación del mismo en el Anexo de la Ley no implica necesariamente que en el estado de gastos de la misma se contemple la financiación de todas las unidades de Bachillerato en centros privados de La Rioja.

De hecho, la incorporación de dicho módulo a la vigente Ley de Presupuestos autonómica responde exclusivamente a la concertación para el presente curso de las unidades de Bachillerato del centro «Sagrado Corazón» de Logroño, como consecuencia de la jurisprudencia establecida al efecto por el Tribunal Supremo.

En este sentido y por imperativo legal, en el estado de gastos existe una dotación presupuestaria para la concertación de las unidades de bachillerato tan sólo de este centro.

Esta situación sin embargo, no es extensible a las unidades de bachillerato solicitadas por el resto de centros, para cuya concertación no existe consignación presupuestaria, dado que la misma no resultaba exigible en dichos términos.

Respecto a los apoyos:

Se ha tenido en cuenta la validación efectuada por el Servicio de Atención a la Diversidad, y el número de alumnos existentes en el centro y la previsión de los que puedan escolarizarse a lo largo del curso 2011/2012 con necesidades educativas especiales y de compensación educativa.

25.- C.P.C. PAULA MONTAL DE LOGROÑO

El concierto educativo queda establecido como sigue:

- 3 unidades de Educación Infantil

- 6 unidades de Educación Primaria

- 1 unidad de 1º de ESO

- 1 unidad de 2º de ESO

- 1 unidad de 3º de ESO

- 1 unidad de 4º de ESO

- 1 unidad de Ciclo de Grado Medio Gestión Administrativa LOE

- 2 unidades de Ciclo de Grado Medio Farmacia y Parafarmacia

- 2 unidades de Ciclo de Grado Medio Cuidados Auxiliares de Enfermería

- 2 Programas de Cualificación Profesional Inicial Auxiliar de Oficina (Nivel 1)

- 0,60 apoyos para la integración de alumnos con necesidades educativas especiales en Infantil, Primaria y Secundaria y para la atención de alumnos con necesidades de compensación educativa en Primaria y Secundaria.

Respecto a las unidades de Ciclos Formativos, la Administración Educativa estima lo siguiente:

- De oficio, se propone la concertación de 1 unidad de Ciclo Formativo de Grado Medio de Gestión Administrativa, por el cambio de enseñanza de LOGSE a LOE, y por lo tanto la supresión de la unidad de dicho ciclo LOGSE

Respecto a los apoyos:

Se ha tenido en cuenta la validación efectuada por el Servicio de Atención a la Diversidad, y el número de alumnos existentes en el centro y la previsión de los que puedan escolarizarse a lo largo del curso 2011/2012 con necesidades educativas especiales y de compensación educativa.

Por otra parte, se señala también con carácter general que, en aquellos centros que cuenten con autorización provisional de unidades como consecuencia de obras de adaptación de espacios, el concierto de dichas unidades afectada queda supeditado a la terminación de tales obras en el plazo previsto.

26.- C.P.C. ALCASTE DE LOGROÑO

El concierto educativo queda establecido como sigue:

- 6 unidades de Educación Infantil

- 12 unidades de Educación Primaria

- 2 unidades de 1º de ESO

- 2 unidades de 2º de ESO

- 2 unidades de 3º de ESO

- 2 unidades de 4º de ESO

- 0,44 apoyos para la integración de alumnos con necesidades educativas especiales en Infantil, Primaria y Secundaria y para la atención de alumnos con necesidades de compensación educativa en Primaria y Secundaria

Respecto a las unidades la Administración Educativa estima lo siguiente:

- Educación Secundaria Obligatoria: se estima necesaria una unidad más por crecimiento vegetativo.

Respecto a los apoyos:

Se ha tenido en cuenta la validación efectuada por el Servicio de Atención a la Diversidad, y el número de alumnos existentes en el centro y la previsión de los que puedan escolarizarse a lo largo del curso 2011/2012 con necesidades educativas especiales y de compensación educativa.

27.- C.P.C. MENESIANO DE SANTO DOMINGO DE LA CALZADA

El concierto educativo queda establecido como sigue:

- 1 unidad de 1º de ESO

- 1 unidad de 2º de ESO

- 2 unidades de 3º de ESO

- 2 unidades de 4º de ESO

- 0,24 apoyos para la integración de alumnos con necesidades educativas especiales y para la atención de alumnos con necesidades de compensación educativa en Secundaria.

No procede el acceso a régimen de concierto en Bachillerato.

Es preciso señalar que la Ley 9/2010, de 16 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja, recoge un módulo específico para el concierto de Bachillerato, si bien debe especificarse que la incorporación del mismo en el Anexo de la Ley no implica necesariamente que en el estado de gastos de la misma se contemple la financiación de todas las unidades de Bachillerato en centros privados de La Rioja.

De hecho, la incorporación de dicho módulo a la vigente Ley de Presupuestos autonómica responde exclusivamente a la concertación para el presente curso de las unidades de Bachillerato del centro «Sagrado Corazón» de Logroño, como consecuencia de la jurisprudencia establecida al efecto por el Tribunal Supremo.

En este sentido y por imperativo legal, en el estado de gastos existe una dotación presupuestaria para la concertación de las unidades de bachillerato tan sólo de este centro.

Esta situación sin embargo, no es extensible a las unidades de bachillerato solicitadas por el resto de centros, para cuya concertación no existe consignación presupuestaria, dado que la misma no resultaba exigible en dichos términos.

Respecto a los apoyos:

Se ha tenido en cuenta la validación efectuada por el Servicio de Atención a la Diversidad, y el número de alumnos existentes en el centro y la previsión de los que puedan escolarizarse a lo largo del curso 2011/2012 con necesidades educativas especiales y de compensación educativa. En este Centro se produce una modificación de oficio, con respecto a los apoyos, por los nuevos datos obrantes en la Administración de forma sobrevenida, quedando los mismos tal y como se han establecido anteriormente.

En Logroño, a 2 de junio de 2011.- El Consejero de Educación, Cultura y Deporte; Luis Ángel Alegre Galilea.

Anexo II



NIF Centro Septiembre/diciembre 2011 Año 2012 Enero/agosto 2013 Previsión total de gasto hasta ejercicio 2013
R 2600064 F Amor Misericordioso - Alfaro 6.494,88 18.526,55 12.031,67 37.053,10
R 2600066 A Sagrado Corazón - Arnedo - 3.098,88 - 8.823,89 - 5.725,01 - 17.647,78
F 26013078 San Agustín - Calahorra 21.728,37 61.638,62 39.910,25 123.277,24
R 2600384 H Sagrado Corazón - Haro 14.299,38 40.516,31 26.216,93 81.032,62
G 26023515 Los Boscos - Logroño 18.511,64 52.562,14 34.050,50 105.124,28
R 2600043 J Inst. Hijas Mª Esc. Pías - Logroño - 7.747,20 - 22.059,70 - 14.312,50 - 44.119,40
Q 2668002 E Rey Pastor - Logroño 15.553,73 44.061,00 28.507,27 88.122,00
G 26013748 Asoc. Rioj. Pers. Defi. Psiqui. 28.683,71 83.399,62 54.715,91 166.799,24
R 2600007 E Sagrado Corazón - Logroño 2.527,35 7.227,49 4.700,14 14.454,98
R 2600097 F San José - Logroño 17.922,51 50.811,97 32.889,46 101.623,94
R 2600042 B Inmac. Corazón de María - Logroño 49.495,94 140.929,49 91.433,55 281.858,98
R 2600048 I Adoratrices - Logroño - 26.862,29 - 76.105,33 - 49.243,05 - 152.210,67
R 2600085 A Seminario Sto. Domingo Savio 35.673,34 101.346,09 65.672,75 202.692,18
R 2600067 I Santa María - Logroño 35.309,70 100.380,04 65.070,34 200.760,08
R 2600061 B Ntra Sra de la Piedad - Nájera - 2.120,96 - 6.008,31 - 3.887,35 - 12.016,62
R 2600096 H La Salle- La Estrella - San Asensio 3.873,60 11.029,85 7.156,25 22.059,70
R 2600079 D Sagrados Corazones - Sto Domingo - 842,45 - 2.409,16 - 1.566,71 - 4.818,32
R 2600060 D Apostólico Menesiano - Sto. Domingo 1.549,44 4.411,94 2.862,50 8.823,88
G26307090 Asoc. Centros Rioj. Educ. - Logroño 31.668,97 89.930,59 58.261,62 179.861,18
R 2600381 D La Salle- El Pilar - Alfaro - 8.483,86 - 24.033,28 - 15.549,42 - 48.066,56
Total conciertos por ejercicio 234.136,92 667.332,03 433.195,10 1.334.664,05

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