Resolución de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Salud y Servicios Sociales, de 27 de diciembre de 2011, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Gobierno aprobado en su reunión de 23 de diciembre de 2011, por el que se suspende la aplicación de determinados aspectos del Acuerdo de 27 de julio de 2006 que regula las condiciones de trabajo del personal del Servicio Riojano de Salud
En uso de las atribuciones conferidas, se dispone la publicación del Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno en su reunión celebrada el día 23 de diciembre de 2011, cuyo texto se transcribe a continuación:
"Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se suspende la aplicación de determinados aspectos del Acuerdo de 27 de julio de 2006 que regula las condiciones de trabajo del personal del Servicio Riojano de Salud.
El Consejo de Gobierno acuerda:
Primero. Suspender la aplicación de los párrafos 2º y 3º del apartado 1º del artículo 40 del Acuerdo que regula las condiciones de trabajo del personal del Servicio Riojano de Salud.
Segundo. Suspender los reconocimientos de grados de los sistemas de carrera profesional y desarrollo profesional recogidos en los Capítulos XII y XIII del Acuerdo que regula las condiciones de trabajo del personal del Servicio Riojano de Salud. En consecuencia queda suspendida la vigencia de la Resolución de 30 de julio de 2009, del Presidente del Servicio Riojano de Salud, por la que se regula el procedimiento de reconocimiento del grado I, II y III correspondiente al periodo ordinario, de la carrera profesional para el personal licenciado/a y diplomado/a sanitario de los Centros e Instituciones Sanitarias del Servicio Riojano de Salud (B.O.R de 19.08.2009).
Tercero.- Suspender la aplicación del artículo 71 del Acuerdo que regula las condiciones de trabajo del personal del Servicio Riojano de Salud, respecto a las homologaciones de los grados del sistema de carrera profesional que hayan sido reconocidos en otros Servicios de Salud con efectos posteriores a 26 de mayo de 2007, fecha de efectos de los últimos reconocimientos de carrera profesional realizados por el Servicio Riojano de Salud.
Cuarto.- La suspensión finalizará en la fecha en que determine el Consejo de Gobierno de La Rioja mediante acuerdo.
Quinto.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja."
En Logroño, 27 de diciembre de 2011.- El Secretario General Técnico, José María Corcuera Briones.