Gobierno de La Rioja

Núm. 9
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Viernes 20 de enero de 2012
CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y HACIENDA
III.A.11

Resolución nº 36, de 10 de enero de 2012, del Secretario General Técnico de Administración Pública y Hacienda, por la que se convoca la concesión de las subvenciones reguladas en la Orden 1/2009, de 8 de enero, de la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a los centros educativos concertados de La Rioja, seleccionados en las Convocatorias anuales de proyectos de calidad educativa basados en el modelo EFQM de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes para la asistencia en la aplicación del modelo de calidad europeo, EFQM

Vistos:

La Orden 1/2009, de 8 de enero, de la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local, modificada por la Orden 5/2011, de 14 de febrero que establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a los centros educativos concertados de La Rioja, seleccionados en las Convocatorias anuales de proyectos de calidad educativa basados en el modelo EFQM de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes para la asistencia en la aplicación del modelo de calidad europeo, EFQM.

El informe propuesta del Servicio de Organización, Calidad y Evaluación.

El Secretario General Técnico de Administración Pública y Hacienda, como órgano competente, resuelve:

Primero: Autorizar para el ejercicio 2012 el gasto de 14.280 euros, que se imputarán a la partida presupuestaria 12.01.6111.481.00 de acuerdo con el artículo 3 de la Orden 1/2009, de 8 de enero. El importe máximo por hora de consultoría IVA incluido será de 59,5 euros (cincuenta y nueve euros con cincuenta céntimos).

Segundo: Convocar la concesión de las subvenciones reguladas en la Orden 1/2009, de 8 de enero, de la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a los centros educativos concertados de La Rioja, a favor de los beneficiarios comprendidos en el artículo 2 de dicha Orden 1/2009, de 8 de enero, para el año 2012.

Tercero: Las solicitudes se presentarán a través del registro telemático al que podrán acceder a través de la dirección de Internet: http://www.larioja.org/npRioja/defaultpage.jspidtab=394919. Para la presentación de las solicitudes, los representantes de los distintos centros concertados podrán utilizar los sistemas de firma electrónica avanzada, incluyendo los basados en certificado electrónico reconocido, admitidos por la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja. El plazo para la presentación de solicitudes será de quince días hábiles, a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de La Rioja.

Cuarto: El órgano competente para la instrucción es el Servicio de Organización, Calidad y Evaluación, dependiente de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Administración Pública y Hacienda.

La concesión de la subvención se realizará por Resolución motivada de la Consejera de Administración Pública y Hacienda, de acuerdo con lo previsto en la Orden 1/2009, de 8 de enero, de la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local

La Resolución se dictará y notificará en el plazo máximo de tres meses a contar desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado la resolución de convocatoria.

Quinto: Las entidades beneficiarias de las subvenciones están exoneradas de acreditar estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, de conformidad con el apartado i) del artículo 14.2 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero.

Sexto: La presente Resolución producirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.

En Logroño, a 10 de enero de 2012.- El Secretario General Técnico (por delegación: Resolución nº 1188 de 28/07/2011 (BOR. 03/08/2011), Ezequiel Fernández Navajas.

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