Gobierno de La Rioja

Núm. 175
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Lunes 9 de septiembre de 2024
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, MUNDO RURAL Y MEDIO AMBIENTE
III..3177

Resolución 1998/2024, de 2 de septiembre, de la Dirección General de Medio Natural y Paisaje, por la que se conceden y deniegan ayudas a los solicitantes detallados en las relaciones adjuntas, por importe total de doscientos doce mil dieciocho euros y setenta y cinco céntimos (212.018,75 euros), de ayudas económicas con carácter de subvención para la realización de acciones de fomento en el sector forestal privado en la Comunidad Autónoma de La Rioja correspondiente a la convocatoria del año 2024

Vistos:

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Las solicitudes presentadas y la documentación obrante en los expedientes de ayudas económicas con carácter de subvención para la realización de acciones de fomento en el sector forestal privado en la Comunidad Autónoma de La Rioja, al amparo de la Resolución 589/2024, de 9 de mayo, publicada en el Boletín Oficial de La Rioja número 94, de 15 de mayo de 2024, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente, que aprueba la convocatoria pública para el ejercicio 2024 de las ayudas económicas con carácter de subvención para la realización de acciones de fomento en el sector forestal privado en la Comunidad Autónoma de La Rioja, conforme a la Orden STE/84/2022, de 15 de diciembre, de la Consejería de Sostenibilidad, Transición Ecológica y Portavocía del Gobierno (Boletín Oficial de La Rioja número 242, de 19 de diciembre de 2022), por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para acciones de fomento del sector forestal privado en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Las actas previas e informes técnicos relativos a las ayudas para la realización de acciones de fomento en el sector forestal privado en la Comunidad Autónoma de La Rioja, elaborados por la Dirección General de Medio Natural y Paisaje.

El Informe propuesta provisional de resolución de concesión y denegación de ayudas económicas con carácter de subvención para la realización de acciones de fomento en el sector forestal privado en la Comunidad Autónoma de La Rioja, correspondientes a la convocatoria de 2024, publicado en el Boletín Oficial de La Rioja número 145, de 26 de julio de 2024, durante diez días.

El Informe propuesta definitivo de resolución de concesión y denegación de ayudas económicas con carácter de subvención para la realización de acciones de fomento en el sector forestal privado en la Comunidad Autónoma de La Rioja, correspondiente a la convocatoria del año 2024.

Los beneficiarios cumplen los requisitos y condiciones exigidos en la Orden reguladora para percibir las subvenciones que la misma contempla.

Estas ayudas serán gestionadas por la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente, conforme a su estructura orgánica establecida en el Decreto 56/2023, de 14 de julio, publicado en el Boletín Oficial de La Rioja número 145, de 17 de julio de 2023. Y a lo establecido en la Resolución 34/2023, de 17 de julio, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Medio Rural y Medio Ambiente, sobre delegación de competencias, publicada en el Boletín Oficial de La Rioja número 146, de 18 de julio de 2023.

En uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente,

RESUELVO

Primero. Conceder las ayudas para la eliminación de combustibles leñosos para la prevención de incendios forestales en La Rioja y comprometer el gasto, a favor de los beneficiarios que se relacionan a continuación, por un importe total de doscientos doce mil dieciocho euros y setenta y cinco céntimos (212.018,75 euros), los cuales se cargarán dentro del ejercicio 2024 a la partida presupuestaria que se detalla en el siguiente cuadro:

- Ejercicio presupuestario: Año 2024

- Con cargo a la aplicación: 05.06.4712.761.05. Proyecto 80702.3 78.879,27 euros

- Con cargo a la aplicación: 05.06.4712.771.00. Proyecto 80702.3 133.139,48 euros

- Total 212.018,75 euros

El plazo para que los beneficiarios de las ayudas realicen las actuaciones previstas y aporten la documentación justificativa finalizará el día 15 de noviembre de 2024.

Tabla 1

Segundo. Denegar las subvenciones a los beneficiarios de las ayudas para para la realización de acciones de fomento en el sector forestal privado en la Comunidad Autónoma de La Rioja que se detallan a continuación:

Tabla 2

Tercero. Anular el sobrante generado dentro del proyecto 80702.3 para el ejercicio 2024:

- de la aplicación presupuestaria 05.06.4712.761.05 la cantidad de 38.120,73 euros.

- de la aplicación presupuestaria 05.06.4712.762.05 la cantidad de 500,00 euros.

- de la aplicación presupuestaria 05.06.4712.771.00 la cantidad de 19.360,52 euros.

- de la aplicación presupuestaria 05.06.4712.781.00 la cantidad de 500,00 euros.

Cuarto. El pago de las citadas ayudas queda condicionado a:

a) El cumplimiento de las condiciones establecidas en la Orden STE/84/2022, de 15 de diciembre, de la Consejería de Sostenibilidad, Transición Ecológica y Portavocía del Gobierno.

b) El cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Quinto. Dar traslado de la presente Resolución a Intervención Delegada de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente, Servicio de Defensa de la Naturaleza, Caza y Pesca, Servicio de Coordinación Administrativa, Servicio de Asesoramiento y Cooperación con las Entidades Locales y a los interesados.

Sexto. Publicar en el Boletín Oficial de La Rioja, haciendo saber a los interesados sus derechos de recurso.

La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso de reposición potestativo, ante la Excma. Sra. Consejera de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y con el artículo 9.2.c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o bien interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal de Justicia de La Rioja en el plazo de dos meses a contar desde el siguiente al de su notificación, de conformidad con el artículo 46 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Transcurrido el plazo de interposición del recurso de reposición únicamente podrá interponerse recurso contencioso administrativo.

Logroño a 2 de septiembre de 2024.- El Director General de Medio Natural y Paisaje, Ignacio Sáenz de Urturi Sánchez (P.D. Resolución 34/2023, de 17 de julio, Boletín Oficial de La Rioja número 146).

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