Resolución 2009/2024, de 9 de septiembre, de la Dirección General de Medio Natural y Paisaje, para la concesión de ayudas para inversiones en la corrección de líneas eléctricas para la protección de la avifauna en la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2024
Vistos:
- Que han sido presentadas solicitudes al amparo de la Orden STE/40/2022, de 15 de julio, de la Consejería de Sostenibilidad, Transición Ecológica y Portavocía del Gobierno, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para inversiones en la corrección de líneas eléctricas para la protección de la avifauna en la Comunidad Autónoma de La Rioja y su convocatoria mediante Resolución 587/2024, de 8 de mayo, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente.
- Que con fecha 18 de julio fue emitido el Informe propuesta de la Comisión de Evaluación para la concesión y denegación de ayudas para inversiones en la corrección de líneas eléctricas para la protección de la avifauna en la Comunidad Autónoma de La Rioja, convocatoria del año 2024, con cargo al presupuesto ordinario para 2025.
- Que con fecha 19 de julio de 2024, el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Planificación emitió la correspondiente Propuesta de Resolución provisional para la concesión de las subvenciones citadas que se publicó en el Boletín Oficial de La Rioja número 142 de 23 de julio de 2024.
- La propuesta de resolución definitiva para la concesión y denegación de las citadas ayudas de fecha 29 de agosto de 2024.
- El informe favorable de la Intervención Delegada de fecha 30 de agosto de 2024.
- El Real Decreto 1432/2008 de 29 de agosto, de la Administración General del Estado, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión; y en el Decreto 32/1998 de 30 de abril de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja, por el que se establecen normas de carácter técnico para las instalaciones eléctricas con objeto de proteger la avifauna.
Considerando:
- Que los adjudicatarios cumplen los requisitos y condiciones exigidos en la Orden reguladora para ser beneficiarios de las ayudas que la misma contempla.
- Que las ayudas se conceden en cumplimiento de la siguiente normativa:
1º.- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del Régimen Jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
2º - El Decreto 56/2023, de 14 de julio, modificado por el Decreto 157/2023, de 21 de noviembre por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
En uso de las facultades conferidas según Resolución 34/2023, de 17 de julio, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente, sobre delegación de competencias de esta Consejería,
RESUELVE
a) Redistribuir la cantidad de 104,10 euros dentro del Proyecto 80702.2 para el ejercicio 2025, de la siguiente forma:
Partidas presupuestarias | Importes convocatoria | Redistribuido | Importes finales | |
05.06.4711.761.03 | 5.000 | + 104,10 | 5.104,10 | |
05.06.4711.774.00 | 55.000 | - 104,10 | 54.895,90 | |
Importes totales | 60.000 | 104,10 | 60.000,00 |
Transferir de la aplicación presupuestaria 05.06.4711.774.00 a la 05.06.4711.761.03 la cantidad de ciento cuatro euros con diez céntimos (104,10 euros).
b) Anular el gasto de 104,10 euros de la aplicación presupuestaria 05.06.4711.774.00 del ejercicio 2025.
c) Aprobar el gasto de 104,10 euros en la aplicación presupuestaria 05.06.4711.761.03 del ejercicio 2025.
d) Conceder las ayudas que se recogen en las siguientes tablas por un importe total de veinte mil noventa y ocho euros con ochenta y tres céntimos (20.098,83 euros) con cargo a los Conceptos presupuestarios 05.06.4711.761.03 y 05.06.4711.774.00.del Proyecto 80702.2 del ejercicio 2025:
- Concepto presupuestario 05.06.4711.774.00 del Proyecto 80702.2
* En el expediente ELEC/3/2024 Subsanación deficiencias avifauna en LAAT. Ojacastro (La Rioja) al existir dos beneficiarios se dividirá la subvención en dos partes iguales correspondiendo un importe de 1.791,82 euros a cada uno de los beneficiarios.
Expediente | Solicitante | NIF | Actuación | Presupuesto presentado | Importe subvención |
ELEC/2/2024 | Marqués de Murrieta S.A. | A28681393 | Adecuación de apoyo existente en Marqués de Murrieta, S.A. para reducir el riesgo de electrocución de la avifauna, situado en la carretera N232a, km. 402, en el término municipal de Logroño (La Rioja) | 3.592,09 | 2.873,67 |
ELEC/3/2024 | David Palacios Manzanos | ***8591** | Subsanación deficiencias avifauna en LAAT. Ojacastro (La Rioja) | 4.479,55 | 1.791,82 * |
Iñigo Bergara Arrillaga | ***5543** | 1.791,82 * | |||
ELEC/4/2024 | Riverfresh Iregua S.L. | B26499814 | Adecuación avifauna línea aérea 13,2 kV propiedad de Riverfresh Iregua, S.L.U. que suministra energía a piscifactoría, en Viguera (La Rioja) | 10.671,77 | 8.537,42 |
Importe total | 14.994,73 |
- Concepto presupuestario 05.06.4711.761.03 del Proyecto 80702.2
Expediente | Solicitante | NIF | Actuación | Presupuesto presentado | Importe subvención |
ELEC/1/2024 | Ayuntamiento de Santo Domingo de la Calzada | P2613800 | Memoria valorada sobre reforma de instalaciones de alta tensión para protección de la avifauna correspondientes al expediente PrevRM_477. Santo Domingo de la Calzada (La Rioja) | 6.380,13 | 5.104,10 |
| Importe total | 5.104,10 |
e) Comprometer el gasto a favor de los beneficiarios citados en las anteriores tablas por los importes relacionados, con cargo a los conceptos presupuestarios 05.06.4711.761.03 y 05.06.4711.774.00 del Proyecto 80702.2 del ejercicio 2025.
f) Anular el sobrante de 39.901,17 euros del concepto presupuestario 05.06.4711.774.00 del Proyecto 80702.2 del ejercicio 2025.
g) Condicionar el abono de la subvención al cumplimiento de los requisitos establecidos en la STE/40/2022, de 15 de julio, de la Consejería de Sostenibilidad, Transición Ecológica y Portavocía del Gobierno.
h) El plazo para la realización y acreditación de las actuaciones subvencionadas finalizará el 31 de octubre de 2025.
i) Publicar en el Boletín Oficial de La Rioja la presente Resolución.
La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse Recurso potestativo de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y con el artículo 9.2.c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o bien interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal de Justicia de La Rioja en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con el artículo 46 y siguientes de la Ley 20/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Transcurrido el plazo de interposición del recurso de reposición únicamente podrá interponerse recurso contencioso administrativo.
Logroño a 3 de septiembre de 2024.- El Director General de Medio Natural y Paisaje, Ignacio Sáenz de Urturi Sánchez.