Resolución 107/2024, de 13 de noviembre, de la Consejería de Educación y Empleo, de aprobación de gasto y convocatoria, para el año 2024, de ayudas destinadas a financiar los costes laborales y de Seguridad Social derivados de la contratación indefinida de los trabajadores de las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional en los Centros Especiales de Empleo, en aplicación de la Orden de 30 de octubre de 2006, de la Consejería de Hacienda y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de dichas ayudas (extracto)
BDNS: 796945.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).
Primero. Beneficiarios.
Podrán acogerse a las subvenciones objeto de esta convocatoria, las entidades titulares de los Centros Especiales de Empleo y dichos centros, cuando tengan personalidad jurídica propia, que cumplan los requisitos establecidos en la Orden de 30 de octubre de 2006.
Segundo. Objeto.
Financiar los costes laborales y de Seguridad Social derivados de la contratación indefinida de los trabajadores de las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los Centros Especiales de Empleo.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden de 30 de octubre de 2006, de la Consejería de Hacienda y Empleo por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de dichas ayudas. Boletín Oficial de La Rioja número 147, de 7 de noviembre de 2006.
Cuarto. Cuantía.
En la presente convocatoria se aprueba el gasto, de doscientos mil euros (200.000,00 euros), para hacer frente a la convocatoria pública de 2024 de las subvenciones destinadas a financiar los costes laborales y de Seguridad Social derivados de la contratación indefinida de los trabajadores de las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los Centros Especiales de Empleo.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de cinco días a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria.
Sexto. Otros datos de interés.
Convocatoria: El texto íntegro de la Resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección (https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=&proc=14447) de la página web del Gobierno de La Rioja.
Solicitudes. Los solicitantes de las ayudas están obligados a presentar la solicitud a través de medios electrónicos en el modelo que se encuentra disponible en la oficina electrónica de la sede electrónica del Gobierno de La Rioja (https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=&proc=14447) en el área temática Empleo y Formación.
Obligaciones. El artículo 10.2 de la Orden establece que los beneficiarios vendrán obligados a justificar, dentro de los tres meses siguientes al periodo anual para el que se concedió la subvención, los gastos objeto de la misma, que deberá acreditarse mediante la aportación de las nóminas debidamente cumplimentadas y firmadas, correspondientes a los meses para los que se solicitó la subvención y documentos de cotización a la Seguridad Social correspondientes. A efectos de finalizar el proceso de ejecución presupuestaria dentro del propio ejercicio 2024, la justificación establecida en el artículo 10.2 de la Orden de 30 de octubre de 2006 a los efectos de la presente convocatoria, deberá aportarse antes de día 13 de diciembre de 2024.
Logroño a 13 de noviembre de 2024.- El Consejero de Educación y Empleo, Alberto Galiana García.