Puedes implicarte en distintos momentos y modalidades de acogimiento, según tu disponibilidad y circunstancias.
• Acogimiento familiar temporal:
Tiene carácter transitorio, bien porque en la situación del niño o de la niña se prevea la reintegración en su propia familia o bien en tanto se adopte una medida de protección que revista un carácter más estable como el Acogimiento Familiar Permanente o la Adopción.
• Acogimiento familiar permanente:
Se constituye, bien al finalizar el plazo de dos años del acogimiento familiar temporal por no ser posible la reintegración familiar, o bien directamente en casos de niños y niñas con necesidades especiales, o cuando las circunstancias del niño o la niña y su familia así lo aconsejen.
Como toda experiencia vital, no está exenta de dificultades, por ello, recibirás apoyo y formación para poder tomar la decisión más adecuada y, si finalmente das el paso, estarás apoyado a nivel técnico y económico durante todo el proceso.
Las familias que deciden acoger a un niño o una niña en sus hogares cuentan, desde el principio y durante todo el proceso, con el asesoramiento, acompañamiento y apoyo del Gobierno de La Rioja. Para ellas, se han diseñado diversos programas de formación, apoyo técnico y económico.
El bienestar del/de la menor, y del resto de miembros de la unidad familiar, es el objetivo prioritario, de forma que las futuras familias de acogida cuentan con formación para optimizar el cuidado y la atención integral de los niños y las niñas de acogida.
En este sentido, se les proporcionan herramientas que les faciliten la superación de dificultades, la tarea educativa, así como mejorar la capacidad educativa y pedagógica; gestionar la relación con la familia de origen del niño o de la niña y, en definitiva, todo el apoyo técnico y económico que puedan precisar a lo largo del proceso.
En lo que respecta a las prestaciones económicas, el Gobierno de La Rioja ofrece una prestación básica de 415 euros al mes; una, por niño o niña con discapacidad superior al 33% de 518 euros al mes; otra prestación complementaria por tratamiento psicológico, de 312 euros al mes. También podrán optar a una prestación para terapia familiar, de 415 euros al mes, así como la financiación del 100% de los gastos extraordinarios que el niño o la niña requiera y no sean cubiertos por otros sistemas públicos.