Gobierno de La Rioja

El Repertorio de Normativa Autonómica de La Rioja contiene las disposiciones legislativas VIGENTES en la Comunidad Autónoma de La Rioja, así como aquellas que se encuentran EN TRAMITACIÓN. Desde la IX Legislatura, a partir del 18 de junio de 2015, incluye también las disposiciones DEROGADAS. Los textos están CONSOLIDADOS, es decir, integran en el original las modificaciones y las correcciones que han tenido desde su origen.

La información que ofrece el Repertorio no sustituye a la publicidad legal de las leyes, disposiciones normativas u otros actos que deban ser objeto de publicación en el Boletín Oficial de La Rioja, cuya edición es la única versión oficial y auténtica.

ÚLTIMO BOLETÍN ANALIZADO: nº 155, de 13 de agosto de 2025
Rango:
Ley
Estado:
No Modificada
Fecha de creación:
08/10/2024
Última actualización:
30/05/2025

Resumen

Modifica la Ley 2/2023, de 31 de enero, de Biodiversidad y patrimonio Natural de La Rioja

Oportunidad

Se ha revisado la Ley para mejorar su redacción y evitar cualquier tipo de conflicto de competencias entre órganos y unidades administrativas. En ese sentido, se deja sin contenido todo el título I de la ley para evitar esas colisiones, como las que pueden causar, a modo de ejemplo, los planes y programas de desarrollo rural del artículo 7, los instrumentos de planificación urbana y ordenación del territorio del artículo 10, los deberes genéricos de las entidades locales del artículo 14, la actividad agraria del artículo 16, la concentración y reestructuración parcelaria del artículo 17 o las actividades extractivas del artículo 20.

La ley contiene algunas deficiencias que deben ser subsanadas, como puede ser todo lo relacionado con el glifosato o N(fosfonometil) glicina, cuya definición figura en el apartado 15 del artículo 3 de esta ley, que la define como 'sustancia química contenida en numerosos herbicidas no selectivos desarrollados para eliminar plantas no deseadas'. Unida a dicha definición, varios artículos de esta ley pretenden regular su uso con distintas fórmulas en forma de prohibición. El Reglamento de Ejecución (UE) 2023/2660 de la Comisión, de 28 de noviembre de 2023, por el que se renueva la aprobación de la sustancia activa glifosato con arreglo al Reglamento (CE) n.º 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, y por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) n.º 540/2011 de la Comisión, amplía su uso hasta el 15 de diciembre de 2033. Por tanto, hasta dicha fecha, la Administración pública de La Rioja no puede prohibir su uso ni a otras administraciones públicas (Administración General del Estado ni Administración local), ni a las entidades titulares de las infraestructuras, debido a que no se les puede limitar la adquisición de esta materia activa que se comercializa, a día de hoy, en el mercado por estar permitida y que cumple con todos los controles ambientales y de salud exigidos para dicha comercialización.

Número de disposición

2/2025

Publicación

  • BOR nº 99, de 26 de mayo de 2025: PDF

Fecha de la disposición

23/05/2025

Entrada en vigor

27/05/2025

Expediente normativo

Expediente normativo

Texto actualmente vigente

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