Registro de Titularidad Compartida: baja
La Ley 35/2011, de 4 de octubre, sobre Titularidad Compartida de las Explotaciones Agrarias tiene la finalidad de promover y favorecer la igualdad real y efectiva de las mujeres en el medio rural, a través del reconocimiento jurídico y económico de su participación en la actividad agraria.
Requisitos
La Titularidad Compartida de las explotaciones agrarias de la Comunidad Autónoma de La Rioja se extinguirá:
- Por nulidad, separación o disolución del matrimonio.
- Por ruptura de la pareja de hecho.
- Por el fallecimiento de uno de sus miembros.
- Por pérdida de la titularidad de la explotación agraria por cualquier causa legalmente establecida.
- Por transmisión de la titularidad de la explotación a terceros.
- Cuando por alguna de las dos personas titulares dejen de cumplirse los requisitos previstos en el artículo 3 de la Ley 35/2011, de 4 de octubre.
- Por acuerdo entre las personas titulares de la explotación agraria de titularidad compartida.
La concurrencia de alguna de las causas establecidas será comunicada al Registro de Titularidad Compartida de la Comunidad Autónoma de La Rioja por alguna de las partes interesadas, por ambas o por los herederos, según el caso.
Todas las bajas realizadas, se trasladarán de oficio al Registro de Titularidad Compartida del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (RETICOM) y a los registros afectados de ámbito autonómico.
Documentación
Solicitud
Junto a la solicitud de baja se deben aportar: la acreditación de la representación, en su caso, y el certificado de defunción, en caso de fallecimiento de alguno de los miembros, si no se autoriza a su consulta en la solicitud.
- Solicitud de baja (100.9 kb)
- Acreditación de la representación (147.3 kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar de dos formas:
- De forma electrónica desde el botón Tramitar (en la parte superior de esta misma página)
- De forma presencial (persona física) a través de:
- La Oficina de Registro del órgano competente
- Oficinas de registro
Si desea información sobre otros lugares de presentación de solicitudes, póngase en contacto con el Servicio de Atención al Ciudadano
Plazos
Plazo de presentación de solicitudes
Durante todo el año.
Plazo de resolución y notificación
3 mesesTasas
No tiene tasa
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Amaya González González-Cuevas
Ana Belén San Bruno Aguirrebeña
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente
- Órgano competente: Dirección General de Agricultura y Ganadería
- Unidad tramitadora: Servicio de Registros Agrarios
- Cargo que resuelve: Director/a
Normativa
Ley 35/2011, de 4 de octubre, sobre Titularidad Compartida de las Explotaciones Agrarias
Decreto 16/2019, de 10 de mayo, por el que se regula el Registro de Explotaciones Agrarias de la Comunidad Autónoma de La Rioja
Más información
Sentido de silencio (silencio administrativo):
PositivoUtilidades y servicios
Información
Asistencia Técnica
Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test: