Consulta previa: Modificar el Plan de Gestión del lobo (Canis lupus) en La Rioja y su coexistencia con la ganadería extensiva.
- Fecha de publicación:
- 04/09/2024
- Localización:
- La Rioja
La voluntad de esta administración es modificar la norma que permite la coexistencia del lobo con la realización de actividades sostenibles en el medio rural, con el fin de actualizar los datos en los que se basa el Plan de Gestión del Lobo, una vez que se ha obtenido pronunciamiento favorable judicial de su contenido esencial.
Fases del proceso
Diagnóstico breve
Se propone un amplio Anexo con el contenido del Plan de Gestión del lobo y su coexistencia con la ganadería extensiva, así como un segundo anexo en el que se incorpora el Protocolo para la extracción o captura de ejemplares de lobo de forma excepcional y selectiva.
Propuesta inicial
La ganadería extensiva es una actividad que actúa como pilar esencial para el territorio de La Rioja, ya que contribuye al mantenimiento en buen estado de sus superficies pastables, genera productos de calidad, configura el paisaje, ayuda a controlar los incendios forestales, regula los ciclos del agua y la calidad del suelo, potencia la biodiversidad y ayuda a conservar el patrimonio cultural y la identidad territorial.
El Decreto 12/2023, de 5 de abril de 2023, aprobó el Plan de Gestión del lobo (Canis Lupus) en La Rioja y su coexistencia con la ganadería extensiva, publicado en el Boletín Oficial de La Rioja nº 71, el 12 de abril de 2023.
Contra dicho Decreto, fue interpuesto recurso contencioso-administrativo, que derivó en la suspensión parcial de su vigencia. Finalmente, el 9 de mayo de 2024 se dictó la Sentencia nº 114 por el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, por la que se estima parcialmente el recurso interpuesto, declarando la nulidad del párrafo segundo del criterio 1c) del Protocolo para la extracción del Lobo y desestimando el resto de pretensiones sobre la nulidad del Decreto.
A la anterior sentencia se dio cumplimiento mediante la Resolución 404/2024, de 18 de julio, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente, que ordenó la publicación en el Boletín Oficial de La Rioja del fallo de la sentencia (BOR nº 141 de 22 de julio de 2024).
En este contexto, y una vez firme el fallo judicial sobre la validez del Decreto, se hace urgente su modificación, ya que la demora en la toma de decisiones podría traer consecuencias negativas en cuanto a la coexistencia, provocando un desequilibrio que en muchas zonas conllevaría el abandono de actividades cruciales para nuestro medio rural como es la actividad ganadera.
Dicha modificación tiene como ejemplo, respetando los límites jurisprudenciales marcados, actualizar los datos de los municipios afectados por presencia de lobo y perfeccionar el Anexo II. Protocolo para la extracción o captura de ejemplares de lobo en La Rioja de forma excepcional y selectiva.
En este sentido, se considera necesario tener en cuenta los datos reales que se manejan en cuanto al crecimiento en el número de manadas de lobo establecidas en La Rioja, el incremento en el número de municipios con presencia evidente de lobo y el aumento de daños a la ganadería. La situación está alcanzando niveles insostenibles para la actividad, poniendo en riesgo la viabilidad de muchas explotaciones ganaderas y por tanto, provocando el despoblamiento de los municipios cuya economía depende principalmente de la ganadería.
Objetivos
La finalidad de la modificación del Plan de Gestión del lobo en La Rioja es hacer compatible el desarrollo de actividades rurales, especialmente la ganadería extensiva con la conservación del lobo en un numero de manadas que no desequilibre la coexistencia.
Alternativas
No se contemplan por nuestra parte.
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Recursos
Documentación y Recursos
- Ficha consulta previa modificaci n Decreto Gestion Lobo.pdf: PDF ( Kb)