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Información pública: Modificación Orden DEA/50/2021 subvenciones a entidades locales en materia turística


La Orden modifica el objeto de la línea 1 (art. 6. 1 a). Dicha modificación mantiene el apoyo a las entidades locales, pero destinando las ayudas a los puntos de información turística, excluyendo a las oficinas de turismo, que directamente se apoyarán a través de subvenciones nominativas. 2025/000331

Fases del proceso

Diagnóstico breve

Se ha observado la existencia de unas necesidades diferenciadas y particulares que atienden a la especificidad de las oficinas de turismo que resulta adecuado promocionar al margen del ámbito concurrencial, que queda abierto al resto de instrumentos de difusión turística promovidos por las entidades locales

Propuesta inicial

Se pretende adaptar la Orden a la realidad de la iniciativa local en materia de información turística, de tal manera que las oficinas de información turística que presten un servicio completo y continuado tengan un apoyo específico y una ayuda directa a través de las subvenciones nominativas, y el resto de instrumentos y acciones de difusión acudan al procedimiento de concurrencia competitiva establecida en la Orden regulador

Objetivos

Los objetivos perseguidos son:
Adecuar estas medidas de fomento para contribuir de manera decidida al impulso de programas de desarrollo turístico en todo el territorio riojano, mediante la realización de actividades e inversiones para la dotación de infraestructuras turísticas que constituyan un mecanismo para fortalecer y mejorar el atractivo y la competitividad turística de La Rioja

Alternativas

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Recursos

Documentación y Recursos

  • Borrador Modificacion Orden DEA 50 .pdf: PDF ( Kb)

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