Gobierno de La Rioja

Subvenciones para el fomento de la actividad cultural en áreas rurales

Plazo: Próximo plazo
Modo: Electrónico
Acceso: Electrónico con certificado


Fomento de la actividad cultural en áreas rurales de la Comunidad Autónoma de La Rioja, es especial, en los pequeños municipios, financiando una tipología muy variada de proyectos y actividades, con objeto social cultural.

Requisitos

Entidades beneficiarias

Entidades privadas con ánimo de lucro, incluyendo las entidades dependientes de entidades locales, autonómicas o estatales, así como los profesionales inscritos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

Actividades subvencionadas

Se subvencionarán proyectos y actividades que supongan una contribución relevante y significativa al ecosistema cultural en el ámbito rural de la Comunidad Autónoma de La Rioja, y en particular las siguientes:

- Proyectos que, mediante la participación multiagente -laboratorios de ideas, prototipados de proyectos, iniciativas transdisciplinares o alianzas transectoriales-, favorezcan la experimentación, la investigación y la innovación cultural y tengan una concreción práctica en el territorio.

- Proyectos y actividades de educación, transferencia y mediación artística, cultural y patrimonial, incluyendo el uso de las nuevas tecnologías.

- Actividades de difusión, transmisión, revalorización y socialización del patrimonio inmaterial, incluyendo aquellas que promuevan su hibridación con la cultura y las prácticas contemporáneas.

- Actividades y eventos artísticos o culturales, festivales, exposiciones y otros proyectos culturales similares dentro de los siguientes ámbitos: artes visuales, cine y artes audiovisuales, teatro, danza, circo, música, literatura y palabra, arquitectura, diseño y artesanía, incluyendo las actividades artísticas multidisciplinares y aquellas que relacionan la cultura y las artes con la ciencia y/o los saberes tradicionales.

- Proyectos destinados a la formación, acompañamiento, cooperación y refuerzo de capacidades de los agentes culturales públicos y privados que operan en el medio rural.

 Cuantía

La cuantía de estas subvenciones, que se concederán en régimen de concurrencia competitiva, no podrá ser inferior a 10.000 euros, ni superar el equivalente al 80% del presupuesto de aquello a lo que se destinan, pudiendo alcanzar una cuantía máxima de 25.000 euros.

Independientemente del coste total de la propuesta presentada, el importe mínimo de los gastos subvencionables deberá ascender a 25.000 euros y el máximo a tener en cuenta será de 31.250 euros.

Documentación

Solicitud

Cada solicitante solo podrá presentar una solicitud, que deberá incluir la siguiente documentación:

  1. Solicitud ajustada al modelo oficial. Hay un modelo si se utiliza firma electrónica de representante de persona jurídica y otro modelo si se utiliza firma electrónica de persona física.
  2. Memoria de la intervención para la que se solicita la subvención.
  3. Presupuestos detallados, tanto de los ingresos previstos para financiar las intervenciones, como de los gastos que dichas intervenciones generen.
  4. Compromiso del peticionario de cubrir la diferencia entre el coste de las actividades que se subvencionan y la cantidad que, en su caso, se conceda.
  5. Declaración responsable en los términos previstos en los artículos 25 y 26 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  6. Declaración responsable de los impuestos indirectos que sean susceptibles de recuperación o compensación.

Cómo tramitarlo

La presentación de solicitudes se realizará exclusivamente de forma electrónica a través de la sede electrónica del Gobierno de La Rioja (desde el botón Tramitar)

 

 

Plazos

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes es de cinco días hábiles, a contar a partir del día siguiente a la fecha de publicación del extracto de la resolución de convocatoria de esta subvención en el Boletín Oficial de La Rioja (Fecha de publicación: 5 de diciembre de 2025).

El plazo comienza el 9 de diciembre de 2025 y finaliza el 15 de diciembre de 2025 (ambos incluidos).

 

Plazo de resolución y notificación

antes del 31 de diciembre de 2025. De no recaer en dicho plazo, la solicitud se entenderá desestimada.

Otros plazos

El plazo de realización de las intervenciones culturales que podrán ser subvencionadas, será el comprendido entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de agosto de 2026.

El plazo para la presentación de la documentación justificativa finalizará el 15 de septiembre de 2026.

Tasas

No tiene tasa

Notificaciones

La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de  1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Téngase en cuenta que para acceder  a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.

Contacto

Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.

Servicio competente

Alberto Alonso Marrón

Sara San Andrés Sagredo

Asistencia técnica

Organismo

Normativa

Orden CTD/71/2025, de 11 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones destinadas al fomento de la actividad cultural en áreas rurales de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Resolución 237/2025, de 5 de diciembre, de la Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el fomento de la actividad cultural en áreas rurales, destinadas a entidades privadas con ánimo de lucro y profesionales (Texto íntegro).

Extracto BOR de la convocatoria 2025

Más información

Sentido de silencio (silencio administrativo):

Negativo

Recurso que procede:

Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo

¿Te ha resultado útil el contenido de esta página?
¡Gracias por tu valoración!
Al 47% de las personas esto les resultó útil.
Subir