Resolución número 728/2019, de 6 de junio, de la Consejería de Administración Pública y Hacienda, por la que se propone el abono del segundo trimestre, de las Ayudas Sociales y al Estudio para el curso académico 2018/2019
Vista la Orden APH84/2018, de la Consejería de Administración Pública y Hacienda, de fecha 30 de noviembre, por la que se establecen las bases y se anuncia el procedimiento para la concesión de Ayudas Sociales y al Estudio para el curso académico 2018/2019.
Una vez presentada la documentación justificativa dentro del plazo establecido en el artículo 19.8 de la citada Orden, por los beneficiarios de los Grupos 1, 5, 6, 8, 9 y B, correspondiente al segundo trimestre del curso académico 2018/2019.
Considerando la documentación presentada por aquellos beneficiarios que, habiendo solicitado ayudas al estudio en otros organismos, han optado por las ayudas sociales y al estudio de esta Administración Pública, de conformidad con lo establecido en el artículo 29 de la Orden.
Esta Consejería de Administración Pública y Hacienda, en uso de las atribuciones conferidas,
RESUELVE
1º.- Conceder y proponer el abono correspondiente de las ayudas solicitadas por el personal que figura en el Anexo I, correspondiente al segundo trimestre del curso académico 2018/2019, por un importe global de 188.762,26 euros.
2º.- Conceder y proponer el abono correspondiente de las ayudas solicitadas por el personal que figura en el Anexo II, por un importe global de 5.348,50 euros.
3º.- Excluir a las personas relacionadas en el Anexo III por los motivos que se detallan, de las ayudas solicitadas.
Los citados Anexos quedarán expuestos en el Tablón de Anuncios Virtual del Gobierno de La Rioja y a través de la página web: (www.larioja.org/empleados.)
La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse, en el caso de personal funcionario, recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien interponer recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con los artículos 8.2 a), 46.1 y 78 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Si se trata de personal laboral demanda ante el Juzgado de lo Social en el plazo de dos meses a contar desde el día de su publicación o notificación, de conformidad con el artículo 69 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social.
Logroño a 6 de junio de 2019.- El Consejero de Administración Pública y Hacienda, Alfonso Domínguez Simón.