Resolución de 20 de junio de 2019, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, por la que se convocan Ayudas del Programa de Bono Infantil, curso 2019-2020 (extracto)
BDNS: 463127
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/es/index):
Primero.- Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las escuelas infantiles municipales y los centros docentes privados autorizados para impartir el primer ciclo de educación infantil de la Comunidad Autónoma de La Rioja. El destinatario último de estas ayudas será el alumnado matriculado que tendrá financiado el coste de su escolarización, en los términos que se fijan en la orden reguladora de las bases y en los que se determinan en esta convocatoria.
Segundo.- Objeto.
Implantación del programa de ayudas Bono Infantil en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Tercero.- Bases reguladoras.
Orden EDU/23/2019, de 24 de mayo, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras del programa de ayudas Bono Infantil, destinado a la escolarización del alumnado en el primer ciclo de educación infantil en la Comunidad Autónoma de La Rioja
Cuarto.- Importe.
Cuantía total de las subvenciones: 10.021.200 euros.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes se presentarán en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja para los alumnos que hayan formalizado matrícula en algún centro o escuela para el curso 2019/2020, autorizados para impartir el primer ciclo de educación infantil.
Sexto.- Otros datos de interés:
- Solicitudes: se presentarán en el modelo normalizado, Anexo I.y en la dirección electrónica (https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=&proc=24555)
- Documentación: la prevista en el apartado undécimo de la convocatoria.
- Forma de pago: conforme a lo establecido en el artículo 13.2.a de la Orden.
- Justificación: conforme a lo establecido en el artículo 12 de la Orden.
Logroño a 20 de junio de 2019.- El Consejero de Educación, Formación y Empleo, Alberto Galiana García.