Resolución 1422/2019, de 27 de junio, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, sobre aplicación en la Comunidad Autónoma de La Rioja de las medidas urgentes en materia de incendios forestales
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 2 de la Orden AGR/17/2019, de 12 de abril, sobre prevención y lucha contra los incendios forestales en la Comunidad Autónoma de La Rioja para la campaña 2019-2010; vistas la Ley 21/2015, de 20 de julio, por la que se modifica la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes; la Ley 2/1995, de 10 de febrero de Protección y Desarrollo del Patrimonio Forestal de La Rioja y su Reglamento de 30 de octubre de 2003 (Decreto 114/2003), teniendo en cuenta el adelanto producido en las condiciones meteorológicas adversas que han incrementado notablemente el riesgo real de incendios forestales, en la Comunidad Autónoma de La Rioja; en uso de las atribuciones que tengo conferidas de acuerdo al Decreto 28/2015, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente y sus funciones, en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de organización del Sector Público en la Comunidad Autónoma de La Rioja, a propuesta de la Dirección General de Medio Natural, el Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente,
RESUELVE
Modificar el apartado a) del artículo 2 de la Orden AGR/17/2019, de 12 de abril, sobre prevención y lucha contra los incendios forestales en la Comunidad Autónoma de La Rioja para la campaña 2019-2010, que pasa a tener la redacción siguiente:
a) Época de alto riesgo: 1 de julio a 15 de octubre.
La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.
Logroño a 27 de junio de 2019.- El Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, Iñigo Nagore Ferrer.