Gobierno de La Rioja

Núm. 81
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Lunes 8 de julio de 2019
CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y HACIENDA
II.B.296

Resolución de 2 de julio de 2019, de la Dirección General de Función Pública, por la que se hace pública la relación definitiva de aprobados y la relación de vacantes a elegir por los aspirantes seleccionados en las pruebas selectivas para la provisión de plazas laborales de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, correspondientes a la categoría profesional de Operario Especializado (Cocina) (L.02/17)

Vista la relación definitiva de aprobados, formulada el 9 de abril de 2019, por el Tribunal Calificador de las

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pruebas selectivas para la provisión de plazas laborales de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, correspondientes a la categoría profesional de Operario Especializado (Cocina) (L.02/17), la relación de vacantes a elegir por los aspirantes incluidos en la relación definitiva de aprobados de dichas pruebas selectivas, y de conformidad con las bases 8.2, 8.3, 9.1 y 9.2 de la resolución de 15 de octubre de 2018, de la Consejería de Administración Pública y Hacienda, por la que se convocan las referidas pruebas selectivas.

Esta Dirección General de Función Pública, en uso de las facultades conferidas Resuelve:

Primero.- Hacer pública la relación definitiva de aprobados de las pruebas selectivas para la provisión de plazas laborales de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, correspondientes a la categoría profesional de Operario Especializado (Cocina) (L.02/17), que figura como anexo I a la presente resolución.

Segundo.- Hacer pública la relación de vacantes a elegir por los aspirantes incluidos en la relación definitiva de aprobados de las pruebas selectivas para la provisión de plazas laborales de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, correspondientes a la categoría profesional de Operario Especializado (Cocina) (L.02/17), que figura como anexo II de la presente resolución.

Tercero.- Los aspirantes incluidos en la relación definitiva de aprobados deberán presentar en el plazo de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente resolución, la siguiente documentación:

a) Copia del Documento Nacional de Identidad o del Número de Identificación de extranjeros. En el supuesto de cónyuge y descendientes de españoles o de nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, deberán presentar documento expedido por las autoridades competentes que acredite el vínculo de parentesco y, en su caso, declaración jurada o promesa del español o del nacional de la Unión Europea con el que existe ese vínculo, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo. En el caso de que el aspirante hubiera autorizado al órgano gestor a la comprobación del documento nacional de identidad en la solicitud de participación al proceso selectivo, a través de la plataforma de intermediación de datos, no será necesario aportar la copia auténtica del mismo.

b) Copia del documento de afiliación al Sistema de la Seguridad Social en caso de ser titular del mismo.

c) Copia del certificado exigido en la base 2.1c) de esta convocatoria o de la titulación académica que posea el aspirante. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o credencial que acredite, en su caso, la homologación del título. Sólo para titulaciones obtenidas en España y, en el caso, de haber autorizado la verificación de las mismas, no será necesario aportar esta documentación.

d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna de las administraciones públicas o de órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse inhabilitado para empleos o cargos públicos. El modelo de declaración jurada al que hace referencia este apartado aparecerá publicado en la dirección de internet www.larioja.org/empleopublico.

e) El servicio de prevención de riesgos laborales de la Dirección General de Función Pública expedirá de oficio certificado médico y certificación acreditativa de la compatibilidad para el ejercicio de las funciones correspondientes a las plazas convocadas. A estos efectos, los aspirantes seleccionados deberán personarse en dicho servicio, situado en la calle General Sanjurjo, nº 2 de Logroño, en la fecha y hora que se les comunique para la realización del correspondiente reconocimiento médico.

f) En el caso de los aspirantes con discapacidad, certificación de los órganos competentes en materia de servicios sociales que acredite el reconocimiento del grado de discapacidad, así como certificación de dichos órganos o del servicio de prevención de riesgos laborales, acreditativa de la compatibilidad para el ejercicio de las funciones correspondientes a las plazas convocadas.

g) Ante la posibilidad de que pueda desempeñar algún puesto de trabajo que implique contacto habitual con menores se deberá aportar certificado negativo expedido por el Registro Central de delincuentes sexuales. En el caso de que el aspirante, hubiera autorizado al órgano gestor a la comprobación del citado certificado negativo, en la solicitud de participación al proceso selectivo, a través de la plataforma de intermediación de datos, no será necesario aportar la copia auténtica del mismo

Asimismo, aunque los aspirantes hubieran autorizado al órgano gestor para la comprobación de la información necesaria para la verificación del cumplimiento de los requisitos, también deberán aportar la documentación indicada en los apartados a) y c), cuando no pueda recabarse la misma del organismo competente, por no estar disponible en las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos que se habiliten al efecto o por otras circunstancias debidamente justificadas.

La presentación de la documentación deberá efectuarse de forma electrónica a través de la siguiente dirección de internet (www.larioja.org/empleopublico), siguiendo la siguiente secuencia: 'Oposiciones', 'Administración General', 'Procesos Selectivos OEP 2017'.

Quienes tuvieran la condición de funcionario de carrera, funcionario interino o personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja no precisarán aportar aquellos documentos señalados en el punto anterior que fueron ya presentados para obtener tal condición.

Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos expresados en los apartados anteriores, podrán acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria, mediante cualquier medio de prueba admisible en derecho.

La no presentación de la referida documentación en el plazo señalado así como la falsedad en los datos consignados en la solicitud inicial, podrá dar lugar a la no contratación del aspirante seleccionado o, en su caso, al despido.

Cuarto.- Los aspirantes deberán realizar la petición de destino en el modelo de solicitud que aparece publicado en la dirección de internet (www.larioja.org/empleopublico), siguiendo la siguiente secuencia: 'Oposiciones', 'Administración General', 'Procesos Selectivos OEP 2017', indicando por orden de preferencia las vacantes a las que desean ser adscritos. Dicho orden será el que determine la posibilidad de optar a la plaza de laboral o a la plaza de laboral fijo discontinuo.

Quinto.- La adjudicación de destinos se efectuará, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1.2 del Decreto 78/1991, de 28 de noviembre, por el que se regula la provisión de puestos de trabajo del personal funcionario al servicio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, de acuerdo con las peticiones de los aspirantes seleccionados, por orden de la puntuación que figura en la relación definitiva de aprobados publicada en la presente resolución. Los destinos adjudicados tendrán carácter definitivo, equivalente a todos los efectos a los obtenidos por concurso.

En caso de que alguno de los aspirantes no resulte adjudicatario de los destinos solicitados o no hubiera solicitado destino alguno en el plazo señalado, se le adjudicará uno de los que resulten vacantes, una vez atendidas las peticiones de los demás aspirantes, siguiendo el orden numérico que figura en el anexo II a esta Resolución y la puntuación total obtenida en las correspondientes pruebas selectivas.

Sexto.- Transcurrido el plazo de presentación de documentos y petición de vacantes, se procederá a la contratación de los aspirantes que hayan presentado en tiempo y forma la documentación exigida, con indicación del destino adjudicado.

La presente resolución no pone fin a la vía administrativa, contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejería de Administración Pública y Hacienda, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 45 de la Ley 4/2005, de 1 de junio, de Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja, y de los artículos 112.1, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Logroño a 2 de julio de 2019.- La Directora General de Función Pública, María Begoña Lema de Pablo.

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