Resolución de 22 de julio de 2019, de la Dirección General de Desarrollo Rural, definitiva para la selección de usuarios del servicio de asesoramiento de explotaciones agrarias previstas para el año 2020, convocada mediante Resolución 676/2018 de la Dirección General de Desarrollo Rural
Vistos los expedientes tramitados por las entidades de asesoramiento seleccionadas para la selección de usuarios del sistema de asesoramiento.
En consideración a los siguientes hechos:
Primero.- Vistos los 3.094 titulares de explotación agraria presentados por las entidades de asesoramiento seleccionadas para la prestación del servicio de asesoramiento, acogiéndose a lo dispuesto en el Decreto 37/2016 de 30 de septiembre, y la Resolución número 676/2018 del Director General de Desarrollo Rural por la que se realiza la convocatoria para la selección de usuarios del sistema de asesoramiento de las explotaciones agrarias para el año 2020.
Segundo.- La autorización de gasto aprobado para la convocatoria de 1.000.000 euros en la partida presupuestaria 05.03.4121.227.11 del proyecto de gasto 80500.2 para el ejercicio 2020 y publicado en la Resolución número 676/2018.
Tercero.- La publicación en el Boletín Oficial de La Rioja de fecha 3 de junio de 2019 de la Propuesta de Resolución Provisional de la convocatoria, con la relación de usuarios asignados a cada entidad de asesoramiento, los titulares denegados y la repercusión económica por entidad y en su conjunto, abriendo un plazo de alegaciones a las misma de 15 días.
Cuarto.- Durante el periodo de alegaciones todas las Entidades de Asesoramiento reconocidas han presentado alegaciones a la propuesta provisional de resolución, afectando a 107 titulares de explotación:
| Entidad | N.I.F. | Alegaciones Presentadas |
| ARAG | G26022434 | 32 |
| Asegar 2020 UTE | U26547141 | 21 |
| UAGR | G26027920 | 40 |
| UPA | G26228692 | 11 |
| Servicoopr UTE | U26547257 | 3 |
| TOTAL | 107 |
Quinto.- Que de acuerdo a lo previsto en el Programa de Desarrollo Rural de La Rioja para el periodo 201/2020, las ayudas reguladas en el decreto 37/2016 de 30 de septiembre, podrán ser cofinanciadas con el 50% por el Feader, el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente financiará, con cargo a su presupuesto anual, el 3,75% de la cofinanciación pública y de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias, y la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente complementará con el 46,25% restante de la cofinanciación pública.
Sexto.- El informe del Centro Gestor en el que se expone:
''Que en la convocatoria de 2020, las cinco entidades de asesoramiento reconocidas han presentado en conjunto 3.094 peticiones, para asesorar a otros tantos titulares de explotaciones agrarias. Todas las peticiones han sido valoradas, obteniendo la puntuación que figura en los Anexos de la Propuesta de Resolución provisional de la convocatoria por la que se seleccionan los usuarios del sistema de asesoramiento a las explotaciones agrarias para el año 2020, publicada en fecha 3 de junio de 2019.
De entre los potenciales usuarios presentados, y teniendo en cuenta las limitaciones presupuestarias, los criterios de valoración recogidos en la resolución de convocatoria y la puntuación mínima requerida, se ha propuesto como usuarios del sistema de asesoramiento en el ejercicio 2020 a 1.937 titulares, totalizando inicialmente un presupuesto aprobado 860.705,31 euros. El resumen es el siguiente:
| Entidad | N.I.F. | Coste Neto | IVA (21%) | Total Coste | Concedidos | Importe |
| ARAG | G26022434 | 365,00 | 76,65 | 441,65 | 880 | 388.652,00 |
| Asegar 2020 UTE | U26547141 | 372,50 | 78,23 | 450,73 | 291 | 131.162,43 |
| UAGR | G26027920 | 367,00 | 77,07 | 444,07 | 564 | 250.455,48 |
| UPA Rioja | G26228692 | 370,00 | 77,70 | 447,70 | 127 | 56.857,90 |
| Servicoopr UTE | U26547257 | 370,00 | 77,70 | 447,70 | 75 | 33.577,50 |
| 1.937 | 860.705,31 | |||||
La propuesta de resolución fue publicitada en el Boletín Oficial de La Rioja abriendo un periodo de alegaciones, durante el cual las entidades de Asesoramiento reconocidas, han presentado un total de 107 alegaciones.
Todas las alegaciones presentadas inciden en la valoración de los criterios de selección aplicados a determinados titulares de explotación, por lo que hemos procedido a valorar de nuevo los criterios de estos titulares. Una vez revisadas, se han admitido un total de 51 de las cuales suponen nuevas concesiones 51 y por ello incremento de gasto, con respecto a la propuesta provisional, de 22.699,05 euros.
El resumen de las alegaciones y el resultado de las mismas es el siguiente:
| Entidad | Alegaciones | Admitidas | No admitidas | Nuevos Admitidos | Coste | Importe |
| ARAG | 32 | 15 | 17 | 15 | 441,65 | 6.624,75 |
| Asegar 2020 UTE | 21 | 11 | 10 | 11 | 450,73 | 4.958,03 |
| UAGR | 40 | 21 | 19 | 21 | 444,07 | 9.325,47 |
| UPA Rioja | 11 | 4 | 7 | 4 | 447,70 | 1.790,80 |
| Servicoopr UTE | 3 | 0 | 3 | 0 | 447,70 | 0,00 |
| 107 | 51 | 56 | 51 | 22.699,05 |
La propuesta definitiva de las estimadas y la nueva puntuación asignada se recoge en el Anexo I.
Una vez resueltas las alegaciones, el gasto definitivo por entidad, así como el número de titulares a asesorar, es el siguiente:
| Entidad | N.I.F. | Coste Neto | IVA (21%) | Total Coste | Admitidos | Importe |
| ARAG | G26022434 | 365,00 | 76,65 | 441,65 | 895 | 395.276,75 |
| Asegar 2020 UTE | U26547141 | 372,50 | 78,23 | 450,73 | 302 | 136.120,46 |
| UAGR | G26027920 | 367,00 | 77,07 | 444,07 | 585 | 259.780,95 |
| UPA Rioja | G26228692 | 370,00 | 77,70 | 447,70 | 131 | 58.648,70 |
| Servicoopr UTE | U26547257 | 370,00 | 77,70 | 447,70 | 75 | 33.577,50 |
| 1.988 | 883.404,36 | |||||
Los 1.988 titulares seleccionados para participar en el sistema de asesoramiento 2020 cumplen con los criterios de selección del artículo 4 del decreto 37/2016.
Los titulares no seleccionados, una vez resueltas las alegaciones, ascienden a 1.106 (Anexo II)
El balance de la convocatoria en lo relativo a solicitudes, concesiones, denegaciones e importes por entidad es el siguiente:
| Titulares presentados | Admitidos | No Admitidos | Importe subvención |
| ARAG | 895 | 584 | 395.276,75 |
| Asegar 2020 UTE | 302 | 89 | 136.120,46 |
| UAGR | 585 | 365 | 259.780,95 |
| UPA Rioja | 131 | 61 | 58.648,70 |
| Servicoopr UTE | 75 | 7 | 33.577,50 |
| 1.988 | 1.106 | 883.404,36 |
Las contraprestaciones económicas solicitadas se encuentran previstas en el Programa de Desarrollo Rural de La Rioja para el periodo 2014-2020 como Medida 2 'Prestación de servicios de asesoramiento'.
La cuantía correspondiente a cada entidad, será el resultado de multiplicar el número de usuarios seleccionados por el precio ofertado en cada una de ellas.
El objeto del gasto se encuentra entre los contemplados en el Decreto 37/2016 de 30 de septiembre, y la Resolución número 676/2018 del Director General de Desarrollo Rural por la que se realiza la convocatoria para la selección de usuarios del sistema de asesoramiento de las explotaciones agrarias para el año 2020.
Que los solicitantes han declarado no haber solicitado otro tipo de financiación para el mismo objeto''.
Séptimo.- La fiscalización favorable de la Intervención General de fecha 18 de julio de 2019.
Fundamentos de Derecho:
Primero.- Reglamento (UE) número 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) y el Reglamento de Ejecución número 808/2014 de la Comisión de 17 de julio de 2014 por el que se establece n disposiciones de aplicación del reglamento anterior.
Segundo.- Decreto 37/2016 de 30 de septiembre, y la Resolución número 676/2018 del Director General de Desarrollo Rural por la que se realiza la convocatoria para la selección de usuarios del sistema de asesoramiento a las explotaciones agrarias para el año 2020.
Tercero.- Decreto 28/2015 de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003 de 3 de marzo de organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Cuarto.- Decreto 16/2007, de 13 de abril, por el que se constituye el Organismo Pagador de los gastos imputables al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (Feaga) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en la Comunidad Autónoma de La Rioja y se establece su organización y su funcionamiento.
Quinto.- Ley 1/2018 de 30 de enero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2018.
Sexto.- Resolución 830/2018, de 27 de diciembre, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Administración Pública y Hacienda, por la que se dispone la publicación en el Boletín Oficial de La Rioja del Acuerdo de Consejo de Gobierno por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Rioja de 2018 durante el ejercicio 2019 Publicada 31 de diciembre.
Séptimo.- Resolución 969/2015 de 4 de agosto del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se delegan competencias en gastos imputables al Feader.
El Director General de Desarrollo Rural, en virtud de las funciones atribuidas por la resolución número 969/2015 de 4 de agosto del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente,
RESUELVE
Primero.- Adjudicar los contratos derivados, de conformidad con lo establecido en el artículo 8.1 del Decreto 37/2016 a las entidades de asesoramiento, por la prestación del servicio a los 1.988 titulares por una cuantía global de 883.404,36 euros, cuya vigencia será entre el 1 de noviembre de 2019 y el 31 de octubre de 2020, siendo el desglose por entidad el que se detalla en la siguiente tabla:
| Entidad | N.I.F. | Coste Neto | IVA (21%) | Total Coste | Admitidos | Importe |
| ARAG | G26022434 | 365,00 | 76,65 | 441,65 | 895 | 395.276,75 |
| Asegar 2020 UTE | U26547141 | 372,50 | 78,23 | 450,73 | 302 | 136.120,46 |
| UAGR | G26027920 | 367,00 | 77,07 | 444,07 | 585 | 259.780,95 |
| UPA Rioja | G26228692 | 370,00 | 77,70 | 447,70 | 131 | 58.648,70 |
| Servicoopr UTE | U26547257 | 370,00 | 77,70 | 447,70 | 75 | 33.577,50 |
| 1.988 | 883.404,36 |
Segundo.- Comprometer el gasto de 883.404,36 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 05.03.4121.227.11 del proyecto de gasto 80500.2 del presupuesto para 2020 de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Tercero.- Anular el exceso de gasto aprobado en la resolución de convocatoria pública 2019, por la cuantía y con cargo a la partida que se detalla para el ejercicio 2020:
05.03.4121.227.11.....116.595,64 euros
Cuarto.- Desestimar los potenciales usuarios de las distintas solicitudes que conforman el Anexo II, por los motivos que en él se indican.
Quinto.- La justificación de las actividades asesoramiento a los titulares de explotaciones agrarias deberá presentarse antes del 31 de octubre de 2020 y constará de los documentos detallados en los contratos derivados firmados con cada entidad.
La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso de reposición potestativo, ante el Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación, de acuerdo los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y con el artículo 9.2 c de la Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público, o bien interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Justifica de La Rioja en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de esta Resolución, de conformidad con el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Transcurrido el plazo de interposición del recurso de reposición únicamente podrá interponerse recurso contencioso administrativo.
Logroño a 22 de julio de 2019.- El Director General de Desarrollo Rural, Daniel del Río de Pablo.