Resolución de 31 de julio de 2019, de la Consejera de Salud, de convocatoria para el año 2019, de ayudas sociales dirigidas a personas con hemofilia y otras coagulopatías congénitas que hayan sido contaminadas con el virus de la hepatitis C como consecuencia de haber recibido transfusiones sanguíneas o tratamiento con concentrados de factores de coagulación en el ámbito del Sistema de Salud en La Rioja. (extracto)
BDNS: 470829
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index.
Primero. Beneficiarios: Personas hemofílicas o con otras coagulopatías congénitas que hayan desarrollado la hepatitis C a consecuencia de haber recibido tratamientos con concentrados de factores de coagulación en el ámbito del sistema sanitario público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, que residan en la misma y que estén incluidas en el censo definitivo previsto en el artículo 80 de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social. En el caso de fallecimiento de las personas referidas anteriormente podrán ser beneficiarios: los hijos menores de edad y los mayores incapacitados, por partes iguales; en defecto de ellos, el cónyuge no separado legalmente o, en su caso, la persona que hubiera venido conviviendo con el fallecido de forma permanente durante al menos dos años anteriores al momento del fallecimiento; a falta de los anteriores, los padres de las personas fallecidas.
Segundo. Objeto: convocar para el año 2019 ayudas sociales dirigidas a personas con hemofilia y otras coagulopatías congénitas que hayan sido contaminadas con el virus de la hepatitis C como consecuencia de haber recibido transfusiones sanguíneas o tratamiento con concentrados de factores de coagulación en el ámbito del Sistema de Salud de La Rioja.
Tercero. Bases reguladoras: Orden 4/2015, de 1 de abril, de la Consejería de Salud, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas sociales dirigidas a personas con hemofilia y otras coagulopatías congénitas que hayan sido contaminadas con el virus de la hepatitis C como consecuencia de haber recibido transfusiones sanguíneas o tratamiento con concentrados de factores de coagulación en el ámbito del Sistema de Salud de La Rioja.
Cuarto. Cuantía: Importe total de 24.040,48 euros, anualidad 2019, partida presupuestaria 06.01.3131.480.04.
Cuantía individualizada de cada subvención: 12.020,24 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: 50 días hábiles a contar a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.
Sexto. Otros datos de interés:
Convocatoria: El texto íntegro de la resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección de la página web del Gobierno de La Rioja: www.larioja.org/oficina-electronica, área temática salud.
Procedimiento de concesión: Se tramitará en régimen de concesión directa conforme a los previsto en los artículos 9, 10 y 11 de la Orden 4/2015, de 1 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas sociales dirigidas a personas con hemofilia y otras coagulopatías congénitas que hayan sido contaminadas con el virus de la hepatitis C como consecuencia de haber recibido transfusiones sanguíneas o tratamiento con concentrados de factores de coagulación en el ámbito del Sistema de Salud de La Rioja.
Solicitudes: Los impresos se pueden obtener accediendo a la página web del Gobierno de La Rioja: www.larioja.org/oficina-electronica
Documentación: Junto con la solicitud los interesados deberán presentar la documentación establecida por el artículo ocho de las bases reguladoras.
Instrucción y tramitación: De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 10 de las bases reguladoras.
Resolución: Se dictará conforme al artículo 11 de las bases reguladoras.
Forma de pago: Según lo previsto en el artículo trece de las bases reguladoras.
Plazo de justificación: Conforme el artículo trece de las bases reguladoras.
Logroño a 31 de julio de 2019.- La Consejera de Salud, María Martín Díez de Baldeón.