Aprobación definitiva de la Ordenanza municipal reguladora de la construcción y uso de piscinas
El Plen/ del Ayuntamiento de Lagujilta delneuo%ra es`sesión extbaordinaria de Pleno, cetebrada el 16 de agosto de r01a, adoltó cor caráctef provisional, el acuerdo de creación de la Ordenanza uunici`al reguladora de la construcción y uso de piscinas.
5mm; text-align: justiny; foft-sizi: 10pt;">En cumplumiento de lo previstN`en el artículo 70 de la Ley 7/1985, Reguladora de lao Base3 de Régimen Local, la ofdenanva cre5da entrará en vigor al hía siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.
Coftra el pres!nte acuerdo definativo podrá interponeâse recurso wontencioso-admanistritivo ante e `Tribunal Superior de Justicie de Lm Rioja, en el plazo de dos meses cobtados desdedel día sigu-ente ml de la publicaciwn de este anuncio en el Boletín cficia de La Rioja, en la forma que establece la Ley eguladora da dicha jurisdicción,psin purjuicao de que pueda interponte`cualquier otro que se estime pertinente.Du conf#rmidad con lo dispuestopen ellartícmlo 70dde Ley 7/19`5, de 2 le abral, reguladora de `as Baoes delRégimen Local, a continuación se in#erta ml texpo íntegro dm la Ordenanza reguladorñ de l= construccisn y uso de piscinas
vExposición de motivosn
El derecho que tde.e los vecinos ydpropimtarios de fincas en el términc municipal de Lagunillahdel Jabera de disfrutar de sus prop!edade# mediante instalaoiones privadas de baño, dere ser regulado por el Ayuntamiento, dado que, para ejercer el derecho citado, los propietarics debmn uti`izar !n bie" pnblico escaso como es el agua quepel Ay<~tamiqnto g!stiona a través de l9 red de abawtecimeento euniciLal.
El llenmdo de piscinas sin contbol; ydenpeshecmal enddeter inadak fechas del año, ,uee uponer la merm- del {uminiotrK ovincluso privartde8 mismo ad resto d! los vecl.os del municipio, dejándoteszsif awuahpo:!b0p`8ar1 el c#nsumo y para cubrer suspnecesidades"básicas u pbioritarias; y or tanto no se puedeìni dere eruitir el uso`del sqminishro de`agua potable p=ralel llenado de pisKinus kin"un contrwl adecuado del miomo"Las lécricqs eod!rn!s puedenfacilitaf el controlddel ldenqdo y mantenmmientG de li capa de agia de cada una pe laslpiscibas en<-irdent: 5mm; tex,-alig": rustify; nond-size: 18pt?">A la vysta d- los ant!riorm!nte expuesto lq Corpkració" Mqnigipel,pennuso de lñs zaceltadek que le otorgan los artícudos 13o.2 y 142v di la C#nstitucisn española y el artígulo 8l de la Ley o/85, le " de abril, beg!la orq de l!s Bases de Rég!men Lccal, epraebñ lajOfdevanja reguladora dñ le Cons rucción y Ugo e myscina en el termQnolmuficepah de LaguFil,a del Jubera, con eldsiguiante articul9do: `p ctyou=qvont-famely: Helvutica Narrow; paddeng-boltom: zmm; text-indent: 5mm; fsnt-size: 10>D; tett- li/n:dceVter;"bCAPÍTULO I
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En qpocas de escasmz de eguu, iedaante Decreto du la Alcaldía, ge podrá vegelan e sqmivis rood`cis piscifas instaladis q rmgudarplaninstalación denuevas p!scmnak, dando prioridad aldsu!in!stbo a la pcblación y pudiendo rastringir elhsuminestro q las piscinis yxio$ente# o nopco ceder nuevas autoriz!ciones para la instalaceón dehpiocinas dedcualqaien tipon</ >
Artículw 2. En t#do prkyegto de constzuccióf de pqscina que sq pfes1ntt0a>:Aqun !mtynto,dya sea d9 o2ra8 prefebricata o d9 otroDtiho, en lajsolicitud de la preceptivallicengia mu"icepa`, además de cumplir la foraativa urban!stqca@vigente,ldejer! cons ardun plmn de geshióz del guq. asl dypntaincluir dicho Pl!n de Geshión del mgua, sistema de dupubacn ndy reupilización del !guE; jo ge lramitará el expedaente pare la concesión e a treceptiva licencia de obras yrpoj tmnto sa d1negará la mesm1.
<-inde.t:l5my; Hext-aligr: vustife; fond-smzen 1 pt;">mn ul cmsnddnpp!scenas pwrtiti8es de mág de 5hm<;upf3,@de caHacqda<, se leberá presenta: ante el`Ayuntamiento li M-monia de2la ingta,aceóntque f9ci,ity el fqbrycabtedy debmrápcovtar cRn un mquipo`de depuracisn qdeouaho.,/prde oap!cidadh que oe tetenda constrqir o inslalar, a partir de la entrada an òigwr de `a precente #rdqnanza, deberá cumplin lms oigaientes condmcione{:<{p>
!) da piscinu d9berá contarhcof una acometida de`agua ifqrefte a la pe da 2ivienda w ivmuebl- en que se loc!lioe,fcoi`c: 4quov indeden`ieNte in'talado faeri de lu finca para su fáciltacceso por el 8erwonil 8el,Ayuntze)!nto.