Gobierno de La Rioja

Núm. 149
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Miércoles 18 de diciembre de 2019
CONSEJERÍA DE SALUD
III..3747

Resolución de 5 de diciembre de 2019, de la Consejería de Salud, por la cual se adapta la cartera de servicios del Servicio Riojano de Salud a la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud, en materia de prestación ortoprotésica

El Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización.

Esta norma dedica su Anexo VI, con varios apartados, a la Cartera común de servicios de prestación ortoprotésica. Este anexo ha sido modificado recientemente por dos normas.

La Orden SCB/45/2019, de 22 de enero, actualiza los tipos de productos de sillas de ruedas, ortesis y ortoprótesis especiales y la denominación y codificación de grupos y subgrupos; regula el procedimiento de inclusión, alteración de las condiciones de uso y exclusión de los productos en la Oferta; fija los importes máximos de financiación y establece los coeficientes de corrección.

La Orden SCB/480/2019, de 26 de abril, actualiza la parte relativa a prótesis distintas a las prótesis de miembros, prótesis auditivas y recambios de componentes externos de implantes auditivos. Determina los tipos de productos incluidos, elaboración, vida media e importe máximo de financiación. A estos productos les son de aplicación el procedimiento de Oferta y demás aspectos que regula la Orden SCB/45/2019, de 22 de enero.

Respecto a las prótesis externas de miembro superior y de miembro inferior, la disposición transitoria única de la Orden SCB/480/2019, establece que en tanto se establece el contenido del catálogo común, no se aplicarán ni los importes máximos de financiación ni el procedimiento de Oferta a los productos correspondientes a estos epígrafes.

En esta Comunidad Autónoma, la prestación ortoprotésica ambulatoria se viene gestionando por el Catálogo General de material ortorpotésico del Insalud, sujeto a sus correspondientes actualizaciones (la última data del año 2000).

Tanto la Orden SCB/45/2019, como la Orden SCB/480/2019, entraron en vigor el día 1 de julio de 2019, y establecen un plazo de seis meses a contar desde su entrada en vigor para que las Comunidades Autónomas adapten sus respectivas carteras de servicios a lo dispuesto en ellas.

El artículo 5.2 apartado 2.1.g) del Decreto 42/2019, de 10 de septiembre, de estructura orgánica y funciones de esta Consejería, otorga al titular la competencia para la aprobación de la cartera de servicios de los centros sanitarios del Servicio Riojano de Salud.

Por cuanto queda expuesto,

RESUELVO

Primero.- Con efectos del 1 de enero de 2020, se aplicará en la Comunidad Autónoma de La Rioja la cartera común de prestación ortoprotésica del Sistema Nacional de Salud, contenida en el Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, en su redacción vigente.

Segundo.- En lo referido a las prótesis externas de miembro superior e inferior, se continuará aplicando el Catálogo General de Material Ortoprotésico del Insalud hasta tanto se dicte la orden ministerial que establezca el contenido del catálogo común de las mismas.

Publíquese en el Boletín Oficial de La Rioja conforme a lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Logroño a 5 de diciembre de 2019.- La Consejera de Salud, Sara Alba Corral.

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