Gobierno de La Rioja

Núm. 152
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Viernes 27 de diciembre de 2019
UNIVERSIDAD DE LA RIOJA
II.B.473

Resolución 1221/2019, de 19 de diciembre, del Rector de la Universidad de La Rioja, por la que se ordena la publicación del acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de La Rioja, de 19 de diciembre de 2019, aprobando la Oferta de Empleo Público de Personal Docente e Investigador para el año 2019, adicional para estabilización de empleo temporal y promoción interna

Visto el acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de La Rioja, de fecha 19 de diciembre de 2019, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de Personal Docente e Investigador para el año 2019, adicional para estabilización de empleo temporal y promoción interna.

Este Rectorado, en uso de las atribuciones que tiene conferidas por el artículo 53 de los Estatutos de la Universidad de La Rioja, ha resuelto ordenar la publicación de dicho acuerdo, cuyo texto se incorpora como Anexo.

Contra el acuerdo de Consejo de Gobierno, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja, ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Logroño.

No obstante, los interesados podrán optar por interponer contra dicho acuerdo un recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el órgano que lo dictó, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto no recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Logroño a 19 de diciembre de 2019.- El Rector, Julio Rubio García.


ANEXO

Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de La Rioja, de 19 de diciembre de 2019, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de Personal Docente e Investigador para el año 2019, adicional para estabilización de empleo temporal y promoción interna.

Primero.- El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), establece en su artículo 70 que las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso serán objeto de la Oferta de empleo público, debiendo ser aprobada anualmente por los órganos de Gobierno de las Administraciones Públicas y publicada en el Diario oficial correspondiente.

Por otra parte, la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017 (en adelante, LPGE2017) reguló en el Capítulo I del Título III los gastos del personal al servicio del sector público, incluyendo expresamente en el artículo 18, apartado Uno.b) a las Administraciones de las Comunidades Autónomas, los Organismos de ellas dependientes y las Universidades de su competencia.

En el artículo 19.Uno.6 de la LPGE2017 establece que 'Las Administraciones y sectores señalados en las letras A), B), G), O) y P) y Policía Local, regulados en el apartado Uno.2 anterior, el personal docente e investigador comprendido en la letra J) del apartado Uno.2 anterior,..., además de la tasa resultante del apartado Uno.2 y 3, podrán disponer de una tasa adicional para estabilización de empleo temporal que incluirá hasta el 90 por ciento de las plazas que, estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2016'.

Igualmente dispone el citado artículo que: 'Las ofertas de empleo que articulen estos procesos de estabilización, deberán aprobarse y publicarse en los respectivos Diarios Oficiales en los ejercicios 2017 a 2019 y serán coordinados por los Departamentos ministeriales competentes.'

Las plazas que cumplen con dicho requisito, haber estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpida con anterioridad al 1 de enero de 2014 así como que la totalidad de las mismas se encuentren en dicha situación a fecha 31 de diciembre de 2016, ascienden a 34, de las que nueve (9) fueron incluidas en la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2017, aprobada mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de La Rioja de 5 de julio de 2017 (Boletín Oficial de La Rioja 148 de 27 de diciembre de 2017) y otras dos (2) en la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2019, aprobada mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de La Rioja de 4 de julio de 2019 (Boletín Oficial de La Rioja 82 de 10 de julio de 2019).

Dentro de las indicadas treinta y cuatro plazas, se encuentran las diecinueve (19) que se indican a continuación, hasta completar el límite de hasta el 90 por ciento, equivalente a treinta plazas.

Departamento

Área

Número de Plazas

Cuerpo

R101

Agricultura y Alimentación

205

Didáctica de las CC. Experimentales

1

Profesor Titular de Universidad

R104

Economía y Empresa

650

Organización de Empresas

1

Profesor Titular de Universidad

R106

Filologías Hispánica y Clásicas

195

Didáctica de la Lengua y de la Literatura

1

Profesor Titular de Universidad

R106

Filologías Hispánica y Clásicas

567

Lengua Española

1

Profesor Titular de Universidad

R107

Filologías Modernas

345

Filología Inglesa

2

Profesor Titular de Universidad

R109

Ingeniería Eléctrica

520

Ingeniería de Sistemas

1

Profesor Titular de Universidad

R109

Ingeniería Eléctrica

535

Ingeniería Eléctrica

1

Profesor Titular de Universidad

R110

Ingeniería Mecánica

590

Máquinas y Motores Térmicos

1

Profesor Titular de Universidad

R110

Ingeniería Mecánica

605

Mecánica de Medios Continuos y Teoría de Estructuras

1

Profesor Titular de Universidad

R111

Matemáticas y Computación

15

Análisis Matemático

1

Profesor Titular de Universidad

R111

Matemáticas y Computación

200

Didáctica de la Matemática

1

Profesor Titular de Universidad

R114

Ciencias Humanas

490

Historia del Arte

1

Profesor Titular de Universidad

R114

Ciencias Humanas

775

Sociología

2

Profesor Titular de Universidad

R115

Ciencias de la Educación

215

Didáctica y Organización Escolar

1

Profesor Titular de Universidad

R115

Ciencias de la Educación

735

Psicología Evolutiva y de la Educación

2

Profesor Titular de Universidad

R115 

Ciencias de la Educación

193

Didáctica de la Expresión Plástica

1

Profesor Titular de Universidad


Por otra parte, la tasa adicional debe ser aprobada por el Consejo de Gobierno de la Universidad de La Rioja y quedando su validez condicionada al cumplimiento de los requisitos siguientes:

a) De la resolución de estos procesos no podrá derivarse, en ningún caso, incremento de gasto ni de efectivos, debiendo ofertarse en estos procesos, necesariamente, plazas de naturaleza estructural que se encuentren desempeñadas por personal con vinculación temporal.

b) Publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.

Por su parte, ha de tenerse en cuenta la previsión contenida en el artículo 81.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, según la cual al estado de gastos corrientes de los presupuestos de las universidades, se acompañará la relación de puestos de trabajo del personal de todas las categorías de la Universidad especificando la totalidad de los costes de la misma e incluyendo un anexo en el que figuren los puestos de nuevo ingreso que se proponen.

El Presupuesto de la Universidad de La Rioja para el año 2019, aprobado por el Consejo Social de la Universidad con fecha 10 de enero de 2019, incluye, en su anexo 4.5.3 la Relación de Puestos de Trabajo del Personal Docente e Investigador, en la que se encuentran las plazas citadas y que, al estar cubiertas en la actualidad, aunque de forma temporal, no suponen incremento de gasto, ni de efectivos.

Segundo.- Igualmente se incluyen en la presente oferta de empleo público cuatro (4) plazas de promoción interna para el acceso al Cuerpo de Catedráticos de Universidad, dentro de los límites establecidos en el artículo 62 de la Ley Orgánica de Universidades, no pudiendo superar el número máximo de plazas que sean objeto de oferta de empleo por el turno libre para el acceso a los cuerpos docentes universitarios.

El Consejo de Gobierno de la Universidad de La Rioja, mediante acuerdo de fecha 15 de mayo de 2019 aprobó la oferta de empleo público del Personal Docente e Investigador para el año 2019, ascendiendo al número de 12 plazas por el turno libre para los Cuerpos Docentes y Profesores Contratados Doctores.

Será requisito para poder convocar las plazas de promoción interna que en el año de la convocatoria se encuentren dotadas en el estado de gastos del presupuesto de la Universidad.

En virtud de lo anterior, el Consejo de Gobierno de la Universidad de La Rioja, en uso de las atribuciones que tiene conferidas por el artículo 50 de los Estatutos de la Universidad de La Rioja, en sesión celebrada el 4 de julio de 2019, adopta el siguiente,

ACUERDO

Primero.- Aprobar la Oferta de Empleo Público de Personal Docente e Investigador para el año 2019, adicional para estabilización de empleo temporal, que estará integrada por las siguientes plazas:

Cuerpo

 Número de plazas   

 Sistema de acceso 

 Requisitos adicionales

Profesor Titular de Universidad  

19

Libre

 

Segundo.- Aprobar la Oferta de Empleo Público de Personal Docente e Investigador para el año 2019, por el sistema de promoción interna, que estará integrada por las siguientes plazas:

Cuerpo

    Número de plazas 

   Sistema de acceso  

 Requisitos adicionales

Catedráticos de Universidad    

4

Promoción Interna

 

Tercero.- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de La Rioja.

Cuarto.- Convocar las plazas, en una o varias convocatorias, mediante publicación de las mismas en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de La Rioja, en el plazo improrrogable de tres años, a contar desde la fecha de publicación de la Oferta de Empleo Público en la que se incluyen. Las convocatorias deberán contar con la previa autorización del Gobierno de La Rioja, así como con la correspondiente dotación presupuestaria.

Quinto.- El presente acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.

Contra el presente acuerdo, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja, ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Logroño.

No obstante, los interesados podrán optar por interponer contra el presente acuerdo un recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el Consejo de Gobierno de la Universidad de La Rioja, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto no recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

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