Gobierno de La Rioja

Núm. 9
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Viernes 24 de enero de 2020
CONSEJERÍA DE GOBERNANZA PÚBLICA
II.B.18

Resolución de 20 de enero de 2020, de la Dirección General de Función Pública, por la que se hace pública la relación definitiva de aprobados y la relación de vacantes a elegir por los aspirantes seleccionados en las pruebas selectivas para la provisión por el sistema de promoción interna vertical y promoción interna horizontal de plazas vacantes del Cuerpo Administrativo de Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja (F.09/17), y de plazas vacantes del Cuerpo Administrativo de Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja (F.10/17)

Vista la relación definitiva de aprobados f

[Aquí aparecen varias imágenes o ficheros anexos en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico]
ormulada el 20 de septiembre de 2019 por el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para la provisión por el sistema de promoción interna vertical y promoción interna horizontal de plazas vacantes del Cuerpo Administrativo de Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, la relación definitiva de aprobados formulada el 18 de diciembre de 2019 por el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para la provisión de plazas vacantes del Cuerpo Administrativo de Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, y de conformidad con las bases 9.2 y 8.2. de las resoluciones de 1 de marzo de 2019 (F.09/17) y (F.10/17), respectivamente, así como las bases 9.3 y 8.3 de las citadas resoluciones, de la Consejería de Administración Pública y Hacienda, por las que se convocan las referidas pruebas selectivas.

Esta Dirección General de Función Pública, en uso de las facultades conferidas,

RESUELVE

Primero.- Hacer pública la relación definitiva de aprobados de las pruebas selectivas para la provisión por el sistema de promoción interna vertical y promoción interna horizontal de plazas vacantes del Cuerpo Administrativo de Administración General, que figura como anexo I a la presente resolución.

Segundo.- Hacer pública la relación definitiva de aprobados de las pruebas selectivas para la provisión de plazas vacantes del Cuerpo Administrativo de Administración General, que figura como anexo II a la presente resolución.

Tercero.- Hacer pública la relación de vacantes a elegir por los aspirantes incluidos en las relaciones definitivas de aprobados de las pruebas selectivas para la provisión por el sistema de promoción interna vertical y horizontal, promoción cruzada y por el turno ordinario de plazas vacantes del Cuerpo Auxiliar de Administración General, que figura como anexo III de la presente resolución.

Cuarto.- Los aspirantes incluidos en la relación definitiva de aprobados deberán presentar en el plazo de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente resolución, la siguiente documentación:

a) Copia del documento nacional de identidad o del documento acreditativo de identidad para extranjeros. En el supuesto de cónyuge y descendientes de españoles o de nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, deberán presentar documento expedido por las autoridades competentes que acredite el vínculo de parentesco y, en su caso, declaración jurada o promesa del español o del nacional de la Unión Europea con el que existe ese vínculo, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo. En el caso de que el aspirante hubiera autorizado al órgano gestor a la comprobación del documento nacional de identidad en la solicitud de participación al proceso selectivo, a través de la plataforma de intermediación de datos, no será necesario aportar la copia del mismo.

b) Copia del documento de afiliación al sistema de la Seguridad Social en caso de ser titular del mismo.

c) Copia de las titulaciones exigidas en las bases 2.1.b) y 2.1.c) de las resoluciones de convocatoria o del documento acreditativo de haber abonado los derechos para la expedición del título. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o credencial que acredite, en su caso, la homologación del título. Sólo para titulaciones obtenidas en España y, en el caso de haber autorizado la verificación de la misma, no será necesario aportar esta documentación.

d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna de las administraciones públicas o de órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse inhabilitado para empleos o cargos públicos ni pertenecer al mismo cuerpo o escala, en la Comunidad Autónoma de La Rioja, a cuyas pruebas selectivas se refieren las presentes convocatorias. En el caso de aspirantes cuya nacionalidad no sea la española, deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso al empleo público.

El modelo de declaración jurada al que hace referencia este apartado aparecerá publicado en la dirección de internet (www.larioja.org/empleopublico) siguiendo la secuencia: 'Oposiciones', 'Administración General', 'Procesos Selectivos OEP 2017'.

e) Certificado médico expedido por el servicio de prevención de riesgos laborales de la Dirección General de Función Pública, calle San Juan Pablo II, número 2 de Logroño. A estos efectos, los aspirantes seleccionados deberán personarse en dicho servicio en la fecha y hora que se les comunique para la realización del correspondiente reconocimiento.

f) Los aspirantes que presenten un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 deberán presentar certificación expedida por los órganos competentes en materia de servicios sociales que acredite tal condición e igualmente deberán presentar certificación de dichos órganos o del citado servicio de prevención de riesgos laborales, acreditativa de la compatibilidad para el ejercicio de las funciones correspondientes a las plazas convocadas.

g) Ante la posibilidad de que pueda desempeñar algún puesto de trabajo que implique contacto habitual con menores se deberá aportar certificado negativo expedido por el Registro Central de delincuentes sexuales. En el caso de que el aspirante hubiera autorizado al órgano gestor a la comprobación del citado certificado negativo, en la solicitud de participación al proceso selectivo, a través de la plataforma de intermediación de datos, no será necesario aportar la copia del mismo. En el caso de extranjeros no comunitarios o que posean otra nacionalidad, además de la española, de Estados no pertenecientes a la Unión Europea, deberán aportar también una certificación negativa de antecedentes penales de su país de origen o de donde es nacional. En el caso de extranjeros cuyos países no dispongan de un registro de antecedentes penales, deberán presentar una certificación consular de buena conducta. Si la certificación solicitada no se encuentra redactada en lengua castellana deberá acompañarse de su traducción oficial o jurada.

Asimismo, aunque los aspirantes hubieran autorizado al órgano gestor para la comprobación de la información necesaria para la verificación del cumplimiento de los requisitos, también deberán aportar la documentación indicada en los apartados a), c) y g), cuando no pueda recabarse la misma del organismo competente, por no estar disponible en las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos que se habiliten al efecto o por otras circunstancias debidamente justificadas.

La presentación de la documentación deberá efectuarse de forma electrónica a través de la siguiente dirección de internet (www.larioja.org/empleopublico) siguiendo la siguiente secuencia: 'Oposiciones', 'Administración General', 'Procesos Selectivos OEP 2017'.

Quienes tuvieran la condición de funcionario de carrera, funcionario interino o personal laboral de la administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja no precisarán aportar aquellos documentos señalados en el punto anterior que fueron ya presentados para obtener tal condición, a excepción del apartado g).

Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos expresados en los apartados anteriores, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria, mediante cualquier medio de prueba admisible en derecho.

Si dentro del plazo fijado no presentase la documentación exigida, salvo los casos de fuerza mayor, no podrá ser nombrado funcionario de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

Quinto.- Los aspirantes deberán realizar la petición de destino en el modelo de solicitud que aparece publicado en la dirección de internet (www.larioja.org/empleopublico) siguiendo la secuencia: 'Oposiciones', 'Administración General', 'Procesos Selectivos OEP 2017', indicando por orden de preferencia las vacantes a las que desean ser adscritos. La solicitud se efectuará en el plazo señalado en el apartado cuarto de esta resolución y se presentará junto a la documentación señalada en el mismo.

Sexto.- La adjudicación de destinos se efectuará, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1.2 del Decreto 78/1991, de 28 de noviembre, por el que se regula la provisión de puestos de trabajo del personal funcionario al servicio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja y el artículo 35 de la Ley 3/1990, de 29 de junio, de Función Pública de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, de acuerdo con las peticiones de los aspirantes seleccionados por orden de la puntuación que figura en las relaciones definitivas de aprobados publicadas en la presente resolución. Los aspirantes seleccionados por el sistema de promoción interna vertical y promoción interna horizontal tendrán preferencia para cubrir los puestos de trabajo vacantes sobre los aspirantes seleccionados por el turno ordinario. Los destinos adjudicados tendrán carácter definitivo, equivalente a todos los efectos a los obtenidos por concurso.

En caso de igualdad en la puntuación definitiva y petición de igual vacante por varios aspirantes incluidos en la relación definitiva de aprobados se adjudicará la vacante atendiendo, por este orden y hasta obtener el desempate, a la mayor puntuación obtenida en los ejercicios segundo, primero y tercero de la oposición para los aspirantes del turno de promoción interna vertical y promoción interna horizontal y, a la mayor puntuación obtenida en los ejercicios tercero, segundo y primero para los aspirantes del turno libre. En caso de persistir la igualdad en cada turno, se seguirá el orden alfabético de los apellidos, comenzando por la letra resultante del sorteo de la letra que presida las pruebas selectivas para el año correspondiente.

En caso de que alguno de los aspirantes no resulte adjudicatario de los destinos solicitados o no hubiera solicitado destino alguno en el plazo señalado, se le adjudicará uno de los que resulten vacantes, una vez atendidas las peticiones de los demás aspirantes, siguiendo el orden numérico que figura en el anexo III de esta Resolución y la puntuación total obtenida en las correspondientes pruebas selectivas.

Séptimo.- Transcurrido el plazo de presentación de documentos y petición de vacantes, se procederá a la publicación en el Boletín Oficial de La Rioja del nombramiento como funcionario de carrera de los aspirantes que hayan presentado en tiempo y forma la documentación exigida, con indicación del destino adjudicado.

La presente resolución no pone fin a la vía administrativa, contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejería de Gobernanza Pública, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 45 de la Ley 4/2005, de 1 de junio, de Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja, y de los artículos 112.1, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Logroño a 20 de enero de 2020.- El Director General de Función Pública, Carlos Arriazu Antón.

¿Te ha resultado útil el contenido de esta página?
¡Gracias por tu valoración!
Al 62% de las personas esto les resultó útil.
Subir