Aprobación definitiva de modificación de la Ordenanza reguladora de la tasa por suministro de agua potable
Aprobado por este Ayuntamiento el acuerdo de aprobación provisional de la modificación de Ordenanza reguladora de la tasa de agua potable, con exposición al público por plazo de 30 días, efectuada mediante anuncio en el Tablón de Anuncios y boletín Oficial de La Rioja número 146, de fecha 11 de diciembre de 2019, y no habiéndose presentado reclamaciones, queda elevado a definitivo el referido acuerdo de Modificación, de conformidad con el artículo 49 b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril y la propia resolución corporativa. En cumplimiento del artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, a continuación se inserta el texto extractado del acuerdo y de las modificaciones operadas a todos los efectos legales.
Contra dicho acuerdo podrá interponerse, de conformidad con el artículo 52.2 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Recurso Contencioso Administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de La Rioja, en la forma y plazos que establecen las normas reguladoras de dicha jurisdicción.
Ocón a 27 de enero de 2020.- El Alcalde-Presidente, Ernesto Viguera Blanco.
Examinado el expediente seguido para la modificación de la ordenanza reguladora de la Tasa de Suministro de agua potable
En armonía con el informe técnico, jurídico y económico de la Secretaria Interventora, que sirve de base para fijar las modificaciones a introducir en la Ordenanza.
Vista la legislación aplicable al caso se acuerda por unanimidad de los presentes,
Primero.- Modificar la Tasa suministro de agua potable de Ocón.
Segundo.- Modificar el artículo 3.2 de la ordenanza actualmente vigente que quedará redactado del siguiente modo:
Artículo 3.2 º.- Cuota Variable
Uso Domicilio Particulares: 0,18 euros/m3
Uso Industrial: 0,18 euros/m3
Suministro de Ganado: 0,18 euros/m3
Tercero.- Exponer el expediente a información pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de La Rioja durante treinta días, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Cuarto.- Si no se producen reclamaciones el acuerdo se considerará aprobado definitivamente, Entrando en vigor al día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.