Gobierno de La Rioja

Núm. 15
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Viernes 7 de febrero de 2020
AYUNTAMIENTO DE BERGASA
III..406

Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa de suministro de agua potable

Transcurrido el plazo de treinta días establecido en el artículo 17 de la Ley 39/88 de 28 de diciembre reguladora de las Haciendas Locales, para efectuar reclamaciones contra el acuerdo provisional de aprobación de la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora sobre la tasa de suministro de agua potable adoptado por mayoría por este Ayuntamiento en la sesión de fecha 18 de Octubre de 2019 y no habiéndose presentado reclamaciones contra dicho Acuerdo provisional durante el plazo de exposición al público del expediente, efectuándose mediante anuncio en el Boletín Oficial de La Rioja número 143, de fecha 29 de noviembre 2019, quedan definitivamente aprobado el acuerdo de referencia, de conformidad con el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y la propia Resolución Corporativa.

Contra este acuerdo y Ordenanza que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer de conformidad con los artículos 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y 113 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, por lo legitimado para ello, recurso Contencioso-Administrativo ante la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, en plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución.

En cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y los artículos 65 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril se insertan los textos íntegros del acuerdo de aprobación provisional y de la modificación de las Ordenanzas mencionadas, elevados a definitivos, a todos los efectos.

Bergasa a 4 de febrero de 2020.- El Alcalde-Presidente, Ángel Ferrero Chimeno.


Primero. Certificado de acuerdo provisional.

Jesús García Lafuente, Secretario del Ayuntamiento de Bergasa, La Rioja. Certifico:

Que el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el 18 de octubre de 2019, adoptó entre otros el acuerdo que transcribo literalmente:

El Sr. Alcalde da cuenta de la ordenanza de suministro de agua a domicilio y manifiesta que considera necesario el incremento del precio mínimo del agua en 12 euros anuales, dado que este año es necesario llevar a cabo mejoras en el suministro referidas a la renovación de los contenedores de tratamiento de la depuradora y la limpieza de las balsas.

Los asistentes debaten el asunto, y aprueban por mayoría, votan a favor el Sr. Alcalde, Emiliano Eguizabal, Natividad Sainz Argaiz y Pedro Sanz Eguizabal, vota en contra  Jesús Araiz Araiz y

ACUERDAN

Primero.- Aprobar inicialmente la modificación de tipos impositivos contenidos en Ordenanza Reguladora del suministro de agua a domicilio en los términos recogidos en la propuesta que antecede, modificando el precio mínimo de contrato incrementándolo en doce euros anuales.

Segundo.- Someter el expediente a información pública por término de 30 días, con inserción de anuncio en el boletín Oficial de La Rioja, durante los cuales podrán los interesados presentar alegaciones y sugerencias.

Tercero.- En el caso de que no presenten alegación alguna el acuerdo se entenderá elevado a definitivo, sin necesidad de nuevo acuerdo, conforme a lo previsto en el art. 17 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Segundo. La entrada en vígor de estas modificaciones será a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de La Rioja.

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