Gobierno de La Rioja

Núm. 38
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Viernes 27 de marzo de 2020
AGENCIA DE DESARROLLO ECONÓMICO DE LA RIOJA
III..1018

Resolución de 25 de marzo de 2020, de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja, por la que se aprueba la primera convocatoria 2020 de las subvenciones para el apoyo a la financiación de las empresas, en régimen de concesión directa (extracto)

BDNS 501065, 501066

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/es/index).

Primero. Beneficiarios.

Empresas industriales, extractivas, transformadoras y de servicios, así como el comercio mayorista y minorista.

No serán subvencionables las actividades económicas incluidas en la CNAE-2009 (Real Decreto 475/2007, de 13 de abril) siguientes: Sección D (Suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado), F 41.1 (Promoción inmobiliaria), Sección K (Actividades financieras y de seguros) y Sección L (Actividades inmobiliarias).

Segundo. Objeto.

Facilitar a las empresas el acceso a préstamos bancarios y operaciones de arrendamiento financiero mediante alguno de los programas siguientes:

a) Programa 1: Préstamos y arrendamientos financieros para inversiones.

b) Programa 2: Préstamos de apoyo a circulante.

Se subvencionará exclusivamente el coste de la comisión de estudio y de la comisión anual, correspondientes a la sociedad de garantía recíproca que avale la operación de préstamo.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden DEI/7/2018, de 19 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja para el apoyo a la financiación de las empresas, en régimen de concesión directa (Boletín Oficial de La Rioja nº 17, de 9 de febrero de 2018).

Cuarto. Cuantía.

Importe del crédito disponible: 555.500,00 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 30 de junio de 2020, incluido. No obstante, en el caso inversiones iniciadas y gastos efectuados a partir del 30 de noviembre de 2019 y hasta la fecha de publicación de este extracto en el Boletín Oficial de La Rioja, el plazo de presentación de solicitudes finalizará el 30 de abril de 2020.

Sexto. Tramitación telemática de los expedientes de subvención (obligatoria).

- Presentación de solicitudes: De acuerdo con lo dispuesto en el apartado primero, punto 7, de la convocatoria.

- Medio de notificación: De acuerdo con lo dispuesto en el apartado primero, punto 9, de la convocatoria.

Séptimo. Otros datos de interés.

- Convocatoria.- Los interesados podrán acceder también al texto íntegro de la Resolución de convocatoria y a la Orden reguladora de las ayudas a través de la página web de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (www.ader.es)

- Procedimiento de concesión.- La concesión de subvenciones se efectuará en régimen de concesión directa.

- Los códigos asignados por la BDNS corresponden a un mismo texto de convocatoria.

Logroño a 25 de marzo de 2020.- El Gerente, Fernando San José Martínez.

¿Te ha resultado útil el contenido de esta página?
¡Gracias por tu valoración!
Al 63% de las personas esto les resultó útil.
Subir