Gobierno de La Rioja

Núm. 54
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Viernes 8 de mayo de 2020
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
III..1225

Resolución de 5 de mayo de 2020, de la Dirección General de Educación, de aprobación de las relaciones medias alumnos/profesor por unidad escolar concertada para el curso 2020/2021

Vistos:

1) Relaciones medias alumnos/profesor por unidad escolar en las diferentes etapas educativas de los centros públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

2) Resolución de 8 de mayo de 2019, de la Dirección General de Educación, por la que se dictan instrucciones para el desarrollo del Programa de Refuerzo Curricular para alumnos del primer curso de Educación Secundaria Obligatoria en los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja (Boletín Oficial de La Rioja número 62, de 22 de mayo).

3) Resolución de 9 de mayo de 2019, de la Dirección General de Educación, por la que se dictan instrucciones para el desarrollo del Programa de Mejora del Aprendizaje y del Rendimiento para alumnos del segundo y tercer curso de Educación Secundaria Obligatoria en los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja (Boletín Oficial de La Rioja número 62, de 22 de mayo).

4) Propuesta de Resolución del Subdirector General de Gestión Educativa, de fecha 5 de mayo de 2020.

Fundamentos de Derecho:

1. Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la Educación (Boletín Oficial del Estado del 4 de julio).

2. Ley Orgánica 2/2006, de 3  de mayo, de Educación (Boletín Oficial del Estado del 4 de mayo).

3. Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos (Boletín Oficial del Estado de 27 de diciembre).

4. Orden EDU/89/2018, de 20 de diciembre, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, por la que se establecen las normas para la aplicación del régimen de conciertos educativos a los centros docentes privados de la Comunidad Autónoma de La Rioja, así como el procedimiento por el que se regirá la suscripción por primera vez a dicho régimen, la renovación de los conciertos educativos existentes así como sus modificaciones durante los cursos escolares 2019/2020 a 2024/2025.

5. Decreto 40/2019, de 10 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Cultura y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La (Boletín Oficial de La Rioja número 110, de 11 de septiembre).

La Directora General de Educación, en uso de las atribuciones que le han sido conferidas,

RESUELVE

Primero.- Aprobar las relaciones medias alumnos/profesor por unidad escolar en el Segundo Ciclo de Educación Infantil y en las enseñanzas obligatorias que, como mínimo, deben mantener los centros concertados de la Comunidad Autónoma de La Rioja, según se detalla en los Anexos I, II y III que acompañan a esta Resolución.

Las relaciones medias alumnos/profesor por unidad escolar de los centros privados concertados de Educación Especial serán las establecidas en la normativa aplicable a dichos centros.

Segundo.- Aprobar las relaciones medias alumnos/profesor por unidad escolar que, como mínimo, deben mantener los centros concertados en Bachillerato,  conforme a lo establecido en el Anexo IV en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Tercero.- Las ratios medias alumnos/profesor por unidad escolar que se proponen deberán cumplirse en cada uno de los cursos de la etapa educativa para la que haya sido fijada.

Cuarto.- En todo caso, todas las ratios establecidas en la presente Resolución podrán ser adaptadas por la Dirección General de Educación en función de la evolución de la matrícula del centro en los cursos anteriores, posibles escolarizaciones tardías, las características específicas del centro o del alumnado matriculado, entre otras circunstancias que pueda apreciar la Dirección General de Educación.

No será necesaria la autorización de la Dirección General de Educación cuando, aun sin alcanzar en algún curso las relaciones medias mínimas aprobadas por la presente Resolución, no sea posible agrupar unidades en ese curso por superarse las ratios máximas de alumnos por unidad escolar establecidas por la normativa vigente.

Quinto.- Las relaciones que se determinan por la presente Resolución serán de aplicación a los centros docentes privados que hayan mantenido, prorrogado, suscrito o modificado conciertos educativos para el curso 2020/2021.

Sexto.- La presente Resolución surtirá efectos a partir del 1 de septiembre de 2020.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso de alzada ante el Consejero de Educación y Cultura en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con los artículos 121 y 122 siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas.

Logroño a 5 de mayo de 2020.- La Directora General de Educación, María Josefa Iriarte Vañó.






































ANEXO I

Relaciones medias alumnos/profesor por unidad escolar para el curso 2020/2021 en el Segundo Ciclo de Educación Infantil

Localidad Ratio mínima aplicable equivalente
Alfaro 23
Arnedo 24
Calahorra 24
Haro 23
Logroño 21
Nájera 18
Santo Domingo de la Calzada                                  19




ANEXO II

Relaciones medias alumnos/profesor por unidad escolar para el curso 2020/2021 en Educación Primaria

Localidad Ratio mínima aplicable equivalente
Alfaro 23
Arnedo 24
Calahorra 23
Haro 22
Logroño 23
Nájera    22
Santo Domingo de la Calzada                                 21




ANEXO III

Relaciones medias alumnos/profesor por unidad escolar para el curso 2020/2021 en Educación Secundaria Obligatoria

Localidad Ratio mínima aplicable equivalente
Alfaro 22
Arnedo 25
Calahorra 26
Haro 27
Logroño 27
Nájera 24
Santo Domingo de la Calzada 22
Resto de Comunidad Autónoma                               21



ANEXO IV

Relaciones medias alumnos/profesor por unidad escolar para el curso 2020/2021 en Bachillerato.

Localidad                                                             Ratio mínima aplicable equivalente
Logroño 29

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