Gobierno de La Rioja

Núm. 62
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Lunes 25 de mayo de 2020
AYUNTAMIENTO DE CALAHORRA
III..1332

Bases de la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para actividades de juventud para 2020 (extracto)

BDNS 506622

La Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento de Calahorra en sesión celebrada el 18 de mayo de 2020 aprobó las Bases reguladoras y convocatoria de subvención en régimen de concurrencia competitiva para actividades de juventud para 2020

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/506622).

Primero. Objeto.

Constituye el objeto de estas subvenciones la promoción, fomento y apoyo de las actividades dirigidas a la infancia y juventud del municipio de Calahorra, mediante la financiación parcial de los gastos corrientes ocasionados por la realización de las mismas. En términos de edad, las actividades estarán dirigidas directa y necesariamente a niños y jóvenes entre 0 y 30 años.

El Ayuntamiento de Calahorra podrá subvencionar tanto la totalidad de la actividad, como los diferentes conceptos de la misma.

Las actividades para las que se solicite subvención no pertenecerán, por su naturaleza, objetivos y destinatarios, a ningún otro Área o Servicio municipal (festejos, cultura, deportes, prevención de adicciones) ni estarán incluidas en algún convenio de colaboración con el Ayuntamiento de Calahorra.

Segundo. Beneficiarios.

Podrán solicitar las subvenciones objeto de la presente convocatoria las Asociaciones inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Calahorra.

Tercero. Crédito presupuestario.

El límite presupuestario para la concesión de estas subvenciones en el ejercicio económico del año 2020 será de 11.500 euros, imputables a la partida 3371/483. Juventud. Subvenciones.

Cuarto. Solicitudes y documentación.

Las solicitudes se presentarán, de forma obligatoria y tal como señala el artículo14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la Sede Electrónica del Excmo. Ayuntamiento de Calahorra.

Quinto. Plazo de solicitud.

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja. Dicho plazo se computará desde el día siguiente a la fecha de finalización del estado de alarma, por aplicación de lo previsto en la DA tercera del RD463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. No obstante lo anterior, podrán presentarse solicitudes desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.

Sexto. Criterios objetivos de Otorgamiento y su ponderación.

La valoración de las solicitudes presentadas se realizará conforme al Artículo 6 de las Bases Reguladoras. La puntuación final será el resultado de sumar los puntos obtenidos en la aplicación de cada criterio. Será necesario conseguir una puntuación mínima de 50 puntos para poder obtener la subvención.

Séptimo. Plazo de realización de las actividades.

El plazo de realización de las actividades que pueden ser subvencionadas será el comprendido entre el 1 de diciembre de 2019 y el 15 de noviembre de 2020.

Octavo. Justificación. Plazo y forma.

La justificación se realizará conforme al Artículo 8 de las Bases Reguladoras. La documentación justificativa de la actividad deberá presentarse en los 3 meses siguientes a la finalización de la última de las actividades realizadas y, como máximo, antes del 1 de diciembre de 2020.

Noveno. Normativa aplicable.

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y real Decreto 887/2006, de 21 de julio, las bases de ejecución del Presupuesto municipal de 2020 y resto de legislación de Régimen Local reguladora de subvenciones públicas y procedimiento administrativo.

Calahorra a 21 de mayo de 2020.- La Alcaldesa-Presidenta, Elisa Garrido Jiménez.

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