Gobierno de La Rioja

Núm. 64
BOLETIN OFICIAL DE LA RIOJA
Miércoles 27 de mayo de 2020
AYUNTAMIENTO DE CALAHORRA
III..1348

Bases de la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas a proyectos del Servicio de Adicciones 2020 (extracto)

BDNS 506633

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Calahorra en sesión celebrada el 18 de mayo de 2020 aprobó las Bases reguladoras y convocatoria de subvención en régimen de concurrencia competitiva para proyectos del Servicio de Adicciones para 2020.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/506633)

Primero. Objeto.

El objeto de la convocatoria actual es establecer vías de colaboración entre la iniciativa social y el ayuntamiento de Calahorra, en el ámbito de la prevención selectiva e indicada de las adicciones o en la reducción de daños de personas con consumos activos, que faciliten la optimización de los recursos existentes; así como el desarrollo de proyectos que complementen las competencias y actividades municipales según las prioridades establecidas en la presente convocatoria.

Las ayudas establecidas en las presentes bases tienen la finalidad de desarrollar programas y/o actuaciones de prevención selectiva o indicada y de reducción de riesgos con las siguientes especificaciones:

-Se dirigirán a personas o grupos de población especialmente vulnerables, o que reúnan un mayor número de factores de riesgo .

-Contaran para su supervisión y/o desarrollo con personal cualificado en esta materia.

- Complementaran, sin solapar ni duplicar, las actuaciones o proyectos que se vienen desarrollando en Calahorra con habitualidad por entidades u organismos públicos de diferente ámbito territorial de actuación.

Segundo: Beneficiarios.

Podrán solicitar las subvenciones objeto de la presente convocatoria las Asociaciones inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Calahorra.

Los requisitos que deberán reunir a la finalización del plazo de presentación de solicitudes las entidades que soliciten subvención con cargo a la presente convocatoria serán:

a) Tener personalidad jurídica y carecer de ánimo de lucro.

b) Acreditar que sus fines y actividades sociales coinciden con la finalidad de la convocatoria y el contenido del proyecto presentado.

c) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de seguridad social.

d) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y fiscales con la Hacienda Municipal , así como no tener pendiente de reintegro ni justificación alguna , de subvenciones percibidas con anterioridad de esta Administración.

Tercero. Crédito presupuestario.

La cantidad prevista para subvenciones en el ámbito prevención e intervención en adicciones para el año 2020 es de 5.500 euros, que se financiarán a cargo de la partida 2313/483 subvenciones libre concurrencia, del Presupuesto General vigente.





Cuarto. Solicitudes y documentación.

Las solicitudes se presentarán, de forma obligatoria y tal como señala el artículo14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Calahorra.

Quinto. Plazo de solicitud.

El plazo de presentación será de un mes. Dicho plazo se computará desde el día siguiente a la fecha de finalización del estado de alarma, por aplicación de lo previsto en la Disposición Adicional Tercera del estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

No obstante lo anterior podrán presentarse solicitudes desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.

Sexto. Criterios objetivos de Otorgamiento y su ponderación.

La valoración de las solicitudes presentadas se realizará conforme al Artículo 8 de las Bases Reguladoras.

Para tener derecho a la subvención, las entidades deberán obtener, tras la valoración de los criterios establecidos una puntuación mínima de 50 puntos.

La puntuación final será el resultado de sumar los puntos obtenidos en la aplicación de cada criterio.

Séptimo: Plazo de realización de las actividades.

El plazo de realización de las actividades que pueden ser subvencionadas será el comprendido entre el 1 de enero del 2020 y el 30 de noviembre del 2020.

Octavo. Justificación. Plazo y forma.

La justificación se realizará conforme al Artículo 10 de las Bases Reguladoras.

Los beneficiarios de las subvenciones deberán presentar en los 3 meses siguientes a la finalización de las actividades realizadas y , como máximo , antes del 01 de diciembre del 2020, a través de la sede electrónica de la web municipal. (https://sede.calahorra.es/portal/sede/se_principal1.jsp?codResi=1)

Noveno. Normativa aplicable.

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y real Decreto 887/2006, de 21 de julio, las bases de ejecución del Presupuesto municipal de 2020 y resto de legislación de Régimen Local reguladora de subvenciones públicas y procedimiento administrativo.

Calahorra a 25 de mayo de 2020.- La Alcaldesa-Presidenta, Elisa Garrido Jiménez.

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