Resolución de 25 de mayo de 2020, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se convocan subvenciones para iniciativas emblemáticas de emancipación juvenil para el año 2020 (extracto)
BDNS: 507691
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index)
Primero. Beneficiarios.
Podrán presentar solicitudes a la presente convocatoria los beneficiarios señalados en los apartados b), c) y e) del artículo 2 de la Orden 5/2017, de 7 de junio, de la Consejería de Políticas Sociales, Familia, Igualdad y Justicia, por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas.
Segundo. Objeto.
Es objeto de esta convocatoria fomentar el desarrollo de iniciativas emblemáticas de emancipación juvenil destinadas a jóvenes con edades comprendidas entre los 14 a 35 años en el marco de la posibilidad prevista en la disposición final segunda de la Orden 5/2017, de 7 de junio, de la Consejería de Políticas Sociales, Familia, Igualdad y Justicia, por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas.
Son subvencionables los gastos generados del 1 de enero al 15 de diciembre de 2020.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden 5/2017, de 7 de junio, de la Consejería de Políticas Sociales, Familia, Igualdad y Justicia, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en materia de Juventud (Boletín Oficial de La Rioja número 69 de 19 de junio de 2017).
Cuarto. Cuantía.
Un importe total de ciento sesenta y ocho mil euros (168.000 euros) que se imputará a la partida presupuestaria 2020. 08.06.2711.481.13.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la resolución de convocatoria de esta subvención en el Boletín Oficial de La Rioja.
Sexto. Otros datos de interés.
- Convocatoria.- El texto íntegro de la Resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección de la página web del Gobierno de La Rioja (http://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=000&area=JUVENTUD)
- Solicitudes: las solicitudes se presentarán de manera electrónica a través de la oficina electrónica de la sede electrónica del Gobierno de La Rioja (www.larioja.org) utilizando los sistemas de firma empleados en la misma, de conformidad con el artículo 16.4 a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, donde se encontrarán dichos modelos.
- Documentación: La prevista en el Anexo I de la Resolución de 25 de mayo de 2020, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se convocan subvenciones para iniciativas emblemáticas de emancipación juvenil para el año 2020, tal y como establecen los apartados séptimo y octavo de la misma.
- Procedimiento de concesión: Línea de subvención en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios recogidos en el artículo 8.3 del Decreto 14/2006, del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
- Justificación: En lo referente a la justificación de la subvención, se estará a lo dispuesto en el apartado noveno de la Resolución de 25 de mayo de 2020, de la Consejería de Educación y Cultura por la que se convocan subvenciones para iniciativas emblemáticas de emancipación juvenil para el año 2020.
Logroño a 25 de mayo de 2020.- El Consejero de Educación y Cultura, Luis Ignacio Cacho Vicente.