Resolución de 18 de mayo de 2020, de la Consejería de Sostenibilidad y Transición Ecológica, por la que se convoca para el año 2020 la subvención regulada en la Orden 5/2012, de 12 julio de 2012, de la Consejería de Obras Públicas, Política Local y Territorial, por la que se regula el procedimiento para la obtención del carné de transporte de las personas mayores de 65 años y de otros colectivos prioritarios, y se establecen las bases para la concesión de subvenciones como compensación a las reducciones tarifarias que se establecen a los mismos (extracto)
BDNS : 506382
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index)
Primero. Beneficiarios.
Empresas concesionarias de los servicios de transporte público regular permanente de viajeros de uso general por carretera cuyos itinerarios discurran total o parcialmente por la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Segundo. Objeto.
Convocar para el año 2020 la subvención regulada por la Orden 5/2012, de 12 de julio de 2012, de la Consejería de Obras Públicas, Política Local y Territorial, por la que se regula el procedimiento para la obtención del carné de transporte de las personas mayores de 65 años y de otros colectivos prioritarios, y se establecen las bases para la concesión de subvenciones como compensación a las reducciones tarifarias que se establecen a los mismos.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden 5/2012, de 12 de julio de 2012, de la Consejería de Obras Públicas, Política Local y Territorial, por la que se regula el procedimiento para la obtención del carné de transporte de las personas mayores de 65 años y de otros colectivos prioritarios, y se establecen las bases para la concesión de subvenciones como compensación a las reducciones tarifarias que se establecen a los mismos (Boletín Oficial de La Rioja de 18 de julio de 2012, 6 de mayo de 2015, 21 de octubre de 2016 y 15 de febrero de 2019).
Cuarto. Cuantía.
El gasto aprobado es de 130.000 euros. Si esta cantidad resultara insuficiente se arbitrarán los mecanismos necesarios para cubrir la totalidad del gasto.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.
Sexto. Otros datos de interés.
Convocatoria. El texto íntegro de la Resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección de la página web del Gobierno de La Rioja: (http://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=000&proc=14727)
Solicitudes: El modelo oficial de solicitud está disponible a través de la página web del Gobierno de La Rioja (http://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=000&proc=14727)
Documentación: La prevista en el apartado 2 del artículo 11 de la Orden 5/2012, de 12 de julio de 2012.
Periodo a subvencionar por las reducciones tarifarias efectuadas: Desde el 1 de octubre del año 2019 hasta el 30 de septiembre del año 2020.
Procedimiento de concesión: Concesión directa.
Plazos para presentar la documentación relativa a la justificación:
Junto con la solicitud de subvención se presentará la documentación relativa al último trimestre del 2019 y primer trimestre del año 2020.
Hasta el día 31 de julio de 2020 la documentación relativa al segundo trimestre del 2020.
Hasta el día 31 de octubre de 2020 la documentación relativa al tercer trimestre del 2020.
Logroño a 18 de mayo de 2020.- El Consejero de Sostenibilidad y Transición Ecológica, José Luis Rubio Rodríguez.